Re: [Solar-general] [Por un País Libre de "funcionarios" y "empresarios" Coimeros.] Irregularidad...

Alejandro René Fernández Blanco alejandrorfb en gmail.com
Mar Feb 17 09:41:09 CET 2009


2009/2/17 Diego Saravia:
>> ya van como 30 veces que intento, y el filtro de gmail todavia no
>> aprende a detectarte como spam ...
>>
> pero si usa una direccion de mail constante
>
> de cualquier forma, no me parece spam,
>
> parecen cosas interesantes, o no?
>
De hecho son casi USD 1.900 Millones por medio de fondos nacionales e
internacionales (
http://www.700escuelas.gov.ar/web/subprogramas.swf , dos créditos del
BID [1345/OC-AR y 1.966/OC-AR]) desde 2.001 a la fecha:

Crédito BID 1.345/OC-AR (Cavallo, a tasa variable)[0]
http://www.iadb.org/projects/project.cfm?language=Spanish&project=AR0176

"El costo total del programa es de 1.200 millones de dólares. El
préstamo del BID se otorga a un plazo de 25 años, con un período de
gracia de 5 años, a una tasa de interés anual variable, actualmente de
6,97 por ciento. Los fondos locales de contrapartida totalizan 600
millones de dólares. El proyecto estará a cargo del Ministerio de
Educación mediante la Secretaría de Educación Básica*".
Fuente: http://www.iadb.org/NEWS/detail.cfm?Language=Sp&artType=PR&artid=494&id=494&CFID=2348260&CFTOKEN=48185561



Crédito BID 1.966/OC-AR (Martín Lousteau, tasa basa en LIBOR)[1]
http://www.iadb.org/projects/project.cfm?language=Spanish&project=AR-L1038

{1} "CLÁUSULA 1.02.	Monto del financiamiento. (a) En los términos de
este Contrato, el Banco se compromete a otorgar al Prestatario, y éste
acepta, un financiamiento, hasta la suma de seiscientos treinta
millones de dólares (US$630.000.000) con cargo a los recursos de la
Facilidad Unimonetaria del Capital Ordinario del Banco, en adelante
denominado el "Financiamiento". Las cantidades que se desembolsen con
cargo al Financiamiento constituirán el "Préstamo".

	(b)	El Préstamo será un Préstamo de la Facilidad Unimonetaria con
Tasa de Interés Basada en LIBOR y podrá ser cambiado a un Préstamo de
la Facilidad Unimonetaria con Tasa de Interés Ajustable solamente si
el Prestatario decide realizar dicho cambio de conformidad con lo
estipulado en la Cláusula 2.03 de estas Estipulaciones Especiales y en
el Artículo 4.01(g) de las Normas Generales".

-- 
Alejandro Rene "El Corrector Empedernido" Fernandez Blanco
http://technopolios.blogspot.com/

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