[Solar-general] es ley la promoción de la industria del software

Beatriz Busaniche busaniche en velocom.com.ar
Jue Ago 19 03:45:01 CEST 2004


El Senado aprobó la promoción de la industria del softwareAgregar a mi
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La finalidad de la ley es atraer inversiones mediante la reducción en el
pago del impuesto a las ganancias y en los aportes patronales



El Senado convirtió esta noche en ley el proyecto de promoción de la
industria del software, cuya finalidad es atraer inversiones en
desarrollo mediante la reducción en el pago de impuesto a las ganancias
y en los aportes patronales, entre otros aspectos. 

El proyecto enviado por la Cámara baja establece para las empresas del
sector un horizonte de diez años de estabilidad fiscal, además de una
reducción del 60 por ciento en el impuesto a las ganancias y del 70 por
ciento en los aportes patronales, a cambio de invertir en Investigación
y Desarrollo, Certificación de Calidad y Exportaciones. 

También prevé la creación del Fonsoft, que desde el ámbito de la
Secretaría de Ciencia y Tecnología se aplicará a la capacitación de
recursos humanos y el apoyo económico a las universidades y a las pymes
para que éstas inviertan en investigación y desarrollo. 

La previsión del sector privado, de acuerdo con los resultados de los
trabajos del foro de competitividad, es que el impacto de esta promoción
generará un crecimiento anual de entre el 20 y el 25 por ciento para el
sector. 

Además duplicará, entre este año y 2007, el empleo del sector que se
caracteriza por ser mano de obra capacitada y lo mismo ocurrirá con las
exportaciones cuyo incremento no dependerá ya del tipo de cambio. 

Posteriormente se aprobó otro proyecto mediante el cual se restituye el
15 por ciento de las compras que realicen con tarjeta magnética aquellos
beneficiarios de planes sociales. 

El texto obliga a los monotributistas a aceptar como medio de pago a las
transferencias bancarias mediante tarjetas de débito y el reintegro
parcial a los contribuyentes del costo que insumirá la implementación
del sistema. 

También establece que los beneficios que el Estado nacional conceda, en
virtud de los planes, programas y acciones de empleo, capacitación y
formación profesional, que se ejecuten en el ámbito nacional y
provincial o municipal no constituyen remuneración ni están sujetos a
gravámenes por ningún concepto y son inembargables con la salvedad de
las cuotas por alimento y litisexpensas. 

El tercer proyecto votado hoy establece cambios a la ley de IVA para que
las exenciones sean taxativas y no genéricas. 

También se aprobó la desgravación del impuesto al Incentivo Docente para
los vehículos pertenecientes al Estado nacional, provincial o municipal.

Fuente:  Télam 



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