Proyecto Fundave....
No si todos se enteraron pero el martes pasado hemos comenzado con el proyecto de Fundave. Durante el martes que nos juntamos en lo de BUBI delineamos como encarar el proyecto y de hecho ya pudimos seleccionar el HW necesario. Hasta el momento tenemos 1 Server + 3 terminales. Las reuniones de seguiran haciendo en la oficina de BUBI los martes de 6:00 a 8:00 aprox. Bueno espero a todos los que vinieron las semana pasada y a los que se quieran sumar. Cronograma para esta semana: 6:00 llegada (hacer mate, comprar algo de comer) 6:30 Nos ponemos a instalar por un lado un grupo con el server y otros con las maquinas clientes. ... 8:00 Espero que hayamos terminado de instalar o al menos dejaremos instalando lo que falta. A todos los que vengan traigan cds de instalacion de diversas distros, todavia no decidimos que instalar.Pero lo vamos a hacer y calcula que se va a resolver en un lapso de 10min aprox ya que no es algo importante.... pd: Agradezco de todo corazon a todos los que quieren colaborar. Algunos quizas no lo puedan hacer mucho por estar lejos, pero bueno asi se dan las cosas. -- josx <[email protected]>
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas. Es interesante que abogados se interesen del Software Libre . Creo que es un libro interesante , importante para que gente vea el software libre desde la optica de un abogado que fue 5 años presidente de Software legal. Explica muy bien , desde la óptica de un abogado , su teoría de que las premisas de las que parte el movimiento free software son falsas. Explica muy bien que A es distinto de U. autor , usuario.La ley los considera distintos Explica muy bien un programador x 2 años programa , se separa, queda en quiebra y luego se da cuenta que no puede proteger su software. Explica muy bien porque Stallman quiere que se usen bien las palabras y no se cambian, entonces , el las cambia a su interpretación y crea unas galimatías muy interesantes. Explica muy bien porque no debe obligarse a usar Software Libre en el estado. Todo esta muy bien explicado desde su óptica. Esto nos ayuda a comprender como piensan los abogados que defienden , me parece en forma por demas equívoca la posibilidad de desarrollar software desde otro modelo. Poco se de leyes , pero una cosa aprendí de chico , todos somos iguales ante la ley. El usuario y el autor , les guste o no a los profesionales del derecho son iguales ante la ley. Si un autor , en nuestro casos varios autores desean usar una licencia en donde todos , absolutamente todos podemos compartir el codigo y solo nos piden que sigamos compartiendolo , nadie , absolutamente nadie puede cortar esa Libertad. Si no te gusta , no la uses . Sentate , programa vos solo , o contrata gente y listo. Si usamos esta técnica para que no pase a dominio público para que luego una coorporacion se apropie por sus millones de razones , no tiene porque molestarle a nadie . Solo a los que le moleste compartir. Si esta premisa es falsa , desde su óptica , me parece que queda claro que existe un poco de molestia a querer compartir no solo con quien yo quiera , sino con todos , con mas razón si es un usuario . Seria interesante que leer un poco La tercer Ola- ( no es un libro marxista) donde se explica el concepto de Prosumidor. La explicación del programador , es muy primaria , le hubieran dicho que consulte a un abogado antes de empezar. Lo del Software Libre en el estado me parece la parte mas acertada, despues de ver a tantos Directores del estado explicando sus grandes proyectos , y cuando uno le empieza a pedir que tipo de licencias usa, que presupuesto tiene, si publica el Software y empiezan a llorar de los problemas del estado, hay veo algo de razón . La política tiene que ser Global, y si no saben hacer las cosas es preferible que no hagan nada y no le adjudiquen al SL los problemas de su inoperancia. Que llamen a la gente que sabe, que contraten profesionales que sepan y no intenten inventar la rueda. La política del SL la debe definir un estado soberano, no por presiones de un grupito de fanáticos ( sean se SL con el tema de estandares y libertades, o grupos multimillonarios con prácticas mafiosas , esto dicho por el gobierno de los EEUU, cas o microsoft, caso IBM banco nación ,etc ) En resumen el fín de semana 'pude leer otra óptica del software libre , donde se intenta mostranos que la libertad no es tan libre. Lo que mas me gusto: Pagina 198 El lenguaje es un mecanismo de poder, de control . Mediante él se puede hacer que la gente piense,decida y sienta, sin advertirlo siquiera, lo que uno desea que piense decida y sienta. Veamos algunos ejemplos tomados de la cotidianeidad. ? Con que calificativo nos referimos a las personas de stenta años o de mas edad?. Con el de "geronte", que era uno de los términos usados por los griegos, pero a nosotros nos suena feo.De "geronte", nos han quedado,v.gr. "geriatrico", "gerontología"". "Viejo", decíamos cuando eramos chicos pensando que esos individuos estaban ya en "desuso",hasta que nos "enseñaron" que viejo son los trapos."Anciano", dicen quienes se refieren a ellos como personas sabias."adulto mayor"."personas de la tercera edad", dicen hoy la eufemista sociedad del bienestar, material,por cierto.Esta claro , no es lo mismo "viejo "que "persona de la tercera edad". Otro ejemplo. Una persona con síndrome de Down es,? quien lo duda? , un "discapacitado","retrasado", "tonto", "estúpido" según canónicas definiciones del Diccionario de la Lengua Española . Pero la no menos "eufemista" sociedad de la "no descriminación", de la "igualdad de los desiguales", nos enseña a decir , "personas con capacidades diferentes ", y no se entiende bien cuales son las capacidades que tiene una persona con esa enfermedad y de las cuales carece alguien que no tenga ese síndrome. Copie literalmente , me falata los ? de apertura , un detalle. Creo que o no entendi bien o yo y muchos de los que creemos en estas cosas somos eufemistas , no descriminamos y mi abuelo era un sabio saludos bubi publicado en www.linux10.com.ar
On Mon, 27 Sep 2004 11:46:16 -0300, bubi wrote
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
yo vi en su momento partes de ese libro, es facilmente refutable podrias conseguirme una copia? en ese caso podemos preparar una buena refutacion
Es interesante que abogados se interesen del Software Libre . Creo que es un libro interesante , importante para que gente vea el software libre desde la optica de un abogado que fue 5 años presidente de Software legal. Explica muy bien , desde la óptica de un abogado , su teoría de que las premisas de las que parte el movimiento free software son falsas. Explica muy bien que A es distinto de U. autor , usuario.La ley los considera distintos Explica muy bien un programador x 2 años programa , se separa, queda en quiebra y luego se da cuenta que no puede proteger su software. Explica muy bien porque Stallman quiere que se usen bien las palabras y no se cambian, entonces , el las cambia a su interpretación y crea unas galimatías muy interesantes. Explica muy bien porque no debe obligarse a usar Software Libre en el estado.
Todo esta muy bien explicado desde su óptica.
Esto nos ayuda a comprender como piensan los abogados que defienden , me parece en forma por demas equívoca la posibilidad de desarrollar software desde otro modelo.
Poco se de leyes , pero una cosa aprendí de chico , todos somos iguales ante la ley. El usuario y el autor , les guste o no a los profesionales del derecho son iguales ante la ley. Si un autor , en nuestro casos varios autores desean usar una licencia en donde todos , absolutamente todos podemos compartir el codigo y solo nos piden que sigamos compartiendolo , nadie , absolutamente nadie puede cortar esa Libertad. Si no te gusta , no la uses . Sentate , programa vos solo , o contrata gente y listo. Si usamos esta técnica para que no pase a dominio público para que luego una coorporacion se apropie por sus millones de razones , no tiene porque molestarle a nadie . Solo a los que le moleste compartir. Si esta premisa es falsa , desde su óptica , me parece que queda claro que existe un poco de molestia a querer compartir no solo con quien yo quiera , sino con todos , con mas razón si es un usuario . Seria interesante que leer un poco La tercer Ola- ( no es un libro marxista) donde se explica el concepto de Prosumidor. La explicación del programador , es muy primaria , le hubieran dicho que consulte a un abogado antes de empezar. Lo del Software Libre en el estado me parece la parte mas acertada, despues de ver a tantos Directores del estado explicando sus grandes proyectos , y cuando uno le empieza a pedir que tipo de licencias usa, que presupuesto tiene, si publica el Software y empiezan a llorar de los problemas del estado, hay veo algo de razón . La política tiene que ser Global, y si no saben hacer las cosas es preferible que no hagan nada y no le adjudiquen al SL los problemas de su inoperancia. Que llamen a la gente que sabe, que contraten profesionales que sepan y no intenten inventar la rueda. La política del SL la debe definir un estado soberano, no por presiones de un grupito de fanáticos ( sean se SL con el tema de estandares y libertades, o grupos multimillonarios con prácticas mafiosas , esto dicho por el gobierno de los EEUU, cas o microsoft, caso IBM banco nación ,etc )
En resumen el fín de semana 'pude leer otra óptica del software libre , donde se intenta mostranos que la libertad no es tan libre. Lo que mas me gusto: Pagina 198 El lenguaje es un mecanismo de poder, de control . Mediante él se puede hacer que la gente piense,decida y sienta, sin advertirlo siquiera, lo que uno desea que piense decida y sienta. Veamos algunos ejemplos tomados de la cotidianeidad. ? Con que calificativo nos referimos a las personas de stenta años o de mas edad?. Con el de "geronte", que era uno de los términos usados por los griegos, pero a nosotros nos suena feo.De "geronte", nos han quedado,v.gr. "geriatrico", "gerontología"". "Viejo", decíamos cuando eramos chicos pensando que esos individuos estaban ya en "desuso",hasta que nos "enseñaron" que viejo son los trapos."Anciano", dicen quienes se refieren a ellos como personas sabias."adulto mayor"."personas de la tercera edad", dicen hoy la eufemista sociedad del bienestar, material,por cierto.Esta claro , no es lo mismo "viejo "que "persona de la tercera edad". Otro ejemplo. Una persona con síndrome de Down es,? quien lo duda? , un "discapacitado","retrasado", "tonto", "estúpido" según canónicas definiciones del Diccionario de la Lengua Española . Pero la no menos "eufemista" sociedad de la "no descriminación", de la "igualdad de los desiguales", nos enseña a decir , "personas con capacidades diferentes ", y no se entiende bien cuales son las capacidades que tiene una persona con esa enfermedad y de las cuales carece alguien que no tenga ese síndrome.
Copie literalmente , me falata los ? de apertura , un detalle. Creo que o no entendi bien o yo y muchos de los que creemos en estas cosas somos eufemistas , no descriminamos y mi abuelo era un sabio
-- Diego Saravia [email protected]
No deseo hacer una copia , pues me esta prohibido por ley ,si te lo puedo regalar , porque no se si prestarlo tambien esta prohibido. No quisiera que lo comprés porque sería mas piola gastar esa plata en algo un poco mas productivo. Además se despego todo , y eso que lo lei una vez y repase un par de veces algunos conceptos. Sería inteligente decirle que lo vendan a un precio mas razonable 36 pesos , es mucho , para un libro de estos. Si lo publicasen en la web y bajarlo valdria menos plata capaz vendería mas. Quizas mucha gente mas lo leeria , pero no se , no les interesa . Si la gente quiere aprender de Software Libre tienen mucho en la web , a mi parecer mejor fundamentado y libre , es mas , antes lei cultura libre y me pareció un libro muy bueno escrito por un abogado y se puede bajar de la web. El que quisiera comprar es La pastilla roja , pero en argentina por ahora no se vende , vere como puedo hacer saludos bubi ----- Original Message ----- From: "Diego Saravia" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 12:40 PM Subject: Re: [Solar-general] On Mon, 27 Sep 2004 11:46:16 -0300, bubi wrote
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
yo vi en su momento partes de ese libro, es facilmente refutable podrias conseguirme una copia? en ese caso podemos preparar una buena refutacion
Es interesante que abogados se interesen del Software Libre . Creo que es un libro interesante , importante para que gente vea el
software
libre desde la optica de un abogado que fue 5 años presidente de Software legal. Explica muy bien , desde la óptica de un abogado , su teoría de que las premisas de las que parte el movimiento free software son falsas. Explica muy bien que A es distinto de U. autor , usuario.La ley los considera distintos Explica muy bien un programador x 2 años programa , se separa, queda en quiebra y luego se da cuenta que no puede proteger su software. Explica muy bien porque Stallman quiere que se usen bien las palabras y no se cambian, entonces , el las cambia a su interpretación y crea unas galimatías muy interesantes. Explica muy bien porque no debe obligarse a usar Software Libre en el estado.
Todo esta muy bien explicado desde su óptica.
Esto nos ayuda a comprender como piensan los abogados que defienden , me parece en forma por demas equívoca la posibilidad de desarrollar software desde otro modelo.
Poco se de leyes , pero una cosa aprendí de chico , todos somos iguales ante la ley. El usuario y el autor , les guste o no a los profesionales del derecho son iguales ante la ley. Si un autor , en nuestro casos varios autores desean usar una licencia en donde todos , absolutamente todos podemos compartir el codigo y solo nos piden que sigamos compartiendolo , nadie , absolutamente nadie puede cortar esa Libertad. Si no te gusta , no la uses . Sentate , programa vos solo , o contrata gente y listo. Si usamos esta técnica para que no pase a dominio público para que luego una coorporacion se apropie por sus millones de razones , no tiene porque molestarle a nadie . Solo a los que le moleste compartir. Si esta premisa es falsa , desde su óptica , me parece que queda claro que existe un poco de molestia a querer compartir no solo con quien yo quiera , sino con todos , con mas razón si es un usuario . Seria interesante que leer un poco La tercer Ola- ( no es un libro marxista) donde se explica el concepto de Prosumidor. La explicación del programador , es muy primaria , le hubieran dicho que consulte a un abogado antes de empezar. Lo del Software Libre en el estado me parece la parte mas acertada, despues de ver a tantos Directores del estado explicando sus grandes proyectos , y cuando uno le empieza a pedir que tipo de licencias usa, que presupuesto tiene, si publica el Software y empiezan a llorar de los problemas del estado, hay veo algo de razón . La política tiene que ser Global, y si no saben hacer las cosas es preferible que no hagan nada y no le adjudiquen al SL los problemas de su inoperancia. Que llamen a la gente que sabe, que contraten profesionales que sepan y no intenten inventar la rueda. La política del SL la debe definir un estado soberano, no por presiones de un grupito de fanáticos ( sean se SL con el tema de estandares y libertades, o grupos multimillonarios con prácticas mafiosas , esto dicho por el gobierno de los EEUU, cas o microsoft, caso IBM banco nación ,etc )
En resumen el fín de semana 'pude leer otra óptica del software libre , donde se intenta mostranos que la libertad no es tan libre. Lo que mas me gusto: Pagina 198 El lenguaje es un mecanismo de poder, de control . Mediante él se puede hacer que la gente piense,decida y sienta, sin advertirlo siquiera, lo que uno desea que piense decida y sienta. Veamos algunos ejemplos tomados de la cotidianeidad. ? Con que calificativo nos referimos a las personas de stenta años o de mas edad?. Con el de "geronte", que era uno de los términos usados por los griegos, pero a nosotros nos suena feo.De "geronte", nos han quedado,v.gr. "geriatrico", "gerontología"". "Viejo", decíamos cuando eramos chicos pensando que esos individuos estaban ya en "desuso",hasta que nos "enseñaron" que viejo son los trapos."Anciano", dicen quienes se refieren a ellos como personas sabias."adulto mayor"."personas de la tercera edad", dicen hoy la eufemista sociedad del bienestar, material,por cierto.Esta claro , no es lo mismo "viejo "que "persona de la tercera edad". Otro ejemplo. Una persona con síndrome de Down es,? quien lo duda? , un "discapacitado","retrasado", "tonto", "estúpido" según canónicas definiciones del Diccionario de la Lengua Española . Pero la no menos "eufemista" sociedad de la "no descriminación", de la "igualdad de los desiguales", nos enseña a decir , "personas con capacidades diferentes ", y no se entiende bien cuales son las capacidades que tiene una persona con esa enfermedad y de las cuales carece alguien que no tenga ese síndrome.
Copie literalmente , me falata los ? de apertura , un detalle. Creo que o no entendi bien o yo y muchos de los que creemos en estas cosas somos eufemistas , no descriminamos y mi abuelo era un sabio
-- Diego Saravia [email protected] _______________________________________________ Solar-general mailing list [email protected] http://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/solar-general
Intercambio, te presto la pastilla roja vos ese! si no queres prestar lo trocamos, con compromiso futuro de troca inversa no tiene sentido para mi quedarme con una bazofia a cambio de algo interesante :) ademas no quiero sentar ese tipo de precedente de intercambio como hacemos? On Mon, 27 Sep 2004 17:00:00 -0300, bubi <[email protected]> wrote:
No deseo hacer una copia , pues me esta prohibido por ley ,si te lo puedo regalar , porque no se si prestarlo tambien esta prohibido. No quisiera que lo comprés porque sería mas piola gastar esa plata en algo un poco mas productivo. Además se despego todo , y eso que lo lei una vez y repase un par de veces algunos conceptos. Sería inteligente decirle que lo vendan a un precio mas razonable 36 pesos , es mucho , para un libro de estos. Si lo publicasen en la web y bajarlo valdria menos plata capaz vendería mas. Quizas mucha gente mas lo leeria , pero no se , no les interesa . Si la gente quiere aprender de Software Libre tienen mucho en la web , a mi parecer mejor fundamentado y libre , es mas , antes lei cultura libre y me pareció un libro muy bueno escrito por un abogado y se puede bajar de la web. El que quisiera comprar es La pastilla roja , pero en argentina por ahora no se vende , vere como puedo hacer
saludos bubi ----- Original Message ----- From: "Diego Saravia" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 12:40 PM Subject: Re: [Solar-general]
On Mon, 27 Sep 2004 11:46:16 -0300, bubi wrote
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
yo vi en su momento partes de ese libro, es facilmente refutable podrias conseguirme una copia? en ese caso podemos preparar una buena refutacion
Es interesante que abogados se interesen del Software Libre . Creo que es un libro interesante , importante para que gente vea el
software
libre desde la optica de un abogado que fue 5 años presidente de Software legal. Explica muy bien , desde la óptica de un abogado , su teoría de que las premisas de las que parte el movimiento free software son falsas. Explica muy bien que A es distinto de U. autor , usuario.La ley los considera distintos Explica muy bien un programador x 2 años programa , se separa, queda en quiebra y luego se da cuenta que no puede proteger su software. Explica muy bien porque Stallman quiere que se usen bien las palabras y no se cambian, entonces , el las cambia a su interpretación y crea unas galimatías muy interesantes. Explica muy bien porque no debe obligarse a usar Software Libre en el estado.
Todo esta muy bien explicado desde su óptica.
Esto nos ayuda a comprender como piensan los abogados que defienden , me parece en forma por demas equívoca la posibilidad de desarrollar software desde otro modelo.
Poco se de leyes , pero una cosa aprendí de chico , todos somos iguales ante la ley. El usuario y el autor , les guste o no a los profesionales del derecho son iguales ante la ley. Si un autor , en nuestro casos varios autores desean usar una licencia en donde todos , absolutamente todos podemos compartir el codigo y solo nos piden que sigamos compartiendolo , nadie , absolutamente nadie puede cortar esa Libertad. Si no te gusta , no la uses . Sentate , programa vos solo , o contrata gente y listo. Si usamos esta técnica para que no pase a dominio público para que luego una coorporacion se apropie por sus millones de razones , no tiene porque molestarle a nadie . Solo a los que le moleste compartir. Si esta premisa es falsa , desde su óptica , me parece que queda claro que existe un poco de molestia a querer compartir no solo con quien yo quiera , sino con todos , con mas razón si es un usuario . Seria interesante que leer un poco La tercer Ola- ( no es un libro marxista) donde se explica el concepto de Prosumidor. La explicación del programador , es muy primaria , le hubieran dicho que consulte a un abogado antes de empezar. Lo del Software Libre en el estado me parece la parte mas acertada, despues de ver a tantos Directores del estado explicando sus grandes proyectos , y cuando uno le empieza a pedir que tipo de licencias usa, que presupuesto tiene, si publica el Software y empiezan a llorar de los problemas del estado, hay veo algo de razón . La política tiene que ser Global, y si no saben hacer las cosas es preferible que no hagan nada y no le adjudiquen al SL los problemas de su inoperancia. Que llamen a la gente que sabe, que contraten profesionales que sepan y no intenten inventar la rueda. La política del SL la debe definir un estado soberano, no por presiones de un grupito de fanáticos ( sean se SL con el tema de estandares y libertades, o grupos multimillonarios con prácticas mafiosas , esto dicho por el gobierno de los EEUU, cas o microsoft, caso IBM banco nación ,etc )
En resumen el fín de semana 'pude leer otra óptica del software libre , donde se intenta mostranos que la libertad no es tan libre. Lo que mas me gusto: Pagina 198 El lenguaje es un mecanismo de poder, de control . Mediante él se puede hacer que la gente piense,decida y sienta, sin advertirlo siquiera, lo que uno desea que piense decida y sienta. Veamos algunos ejemplos tomados de la cotidianeidad. ? Con que calificativo nos referimos a las personas de stenta años o de mas edad?. Con el de "geronte", que era uno de los términos usados por los griegos, pero a nosotros nos suena feo.De "geronte", nos han quedado,v.gr. "geriatrico", "gerontología"". "Viejo", decíamos cuando eramos chicos pensando que esos individuos estaban ya en "desuso",hasta que nos "enseñaron" que viejo son los trapos."Anciano", dicen quienes se refieren a ellos como personas sabias."adulto mayor"."personas de la tercera edad", dicen hoy la eufemista sociedad del bienestar, material,por cierto.Esta claro , no es lo mismo "viejo "que "persona de la tercera edad". Otro ejemplo. Una persona con síndrome de Down es,? quien lo duda? , un "discapacitado","retrasado", "tonto", "estúpido" según canónicas definiciones del Diccionario de la Lengua Española . Pero la no menos "eufemista" sociedad de la "no descriminación", de la "igualdad de los desiguales", nos enseña a decir , "personas con capacidades diferentes ", y no se entiende bien cuales son las capacidades que tiene una persona con esa enfermedad y de las cuales carece alguien que no tenga ese síndrome.
Copie literalmente , me falata los ? de apertura , un detalle. Creo que o no entendi bien o yo y muchos de los que creemos en estas cosas somos eufemistas , no descriminamos y mi abuelo era un sabio
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Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
Correccion NO es Martin Carranza Lopez, si no Martin Carranza Torres, reconocido abogado cordobes. Saludos
Disculpen el nombre del abogado Martin Carranza Torres no hubo intención alguna , solo me equivoque saludos bubi ----- Original Message ----- From: "marcelo" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 1:36 PM Subject: Re: [Solar-general] Correccion sobre el libro de soft libre
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El 09/27/2004 11:46 AM, escribió:
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Correccion
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Saludos
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No te olvides de tomar el vasodilatador pa la memoria, Bubi. Ja,ja... ;-) JR --- bubi <[email protected]> escribió:
Disculpen el nombre del abogado Martin Carranza Torres no hubo intención alguna , solo me equivoque saludos bubi ----- Original Message ----- From: "marcelo" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 1:36 PM Subject: Re: [Solar-general] Correccion sobre el libro de soft libre
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El 09/27/2004 11:46 AM, escribió:
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NO es Martin Carranza Lopez, si no Martin Carranza Torres, reconocido abogado cordobes.
Saludos
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marcelo escribió:
El 09/27/2004 11:46 AM, escribió:
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
Correccion NO es Martin Carranza Lopez, si no Martin Carranza Torres, reconocido abogado cordobes. Saludos
Asi es. En Grulic, ya nos hicimos eco de los dichos del Dotor este.... :D Verguenza cordobesa si me permiten decirlo; pues solo hay que leer sobre un Informe de Soft Libre de este mismo Dotor. http://www.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00419.html Que facil algunos consiguen un Doctorado, no? salu2 rob
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El Lunes 27 Septiembre 2004 5:45 PM, Roberto G. Puentes Diaz escribió:
RG Que facil algunos consiguen un Doctorado, no? Reformular el concepto del copyright, representa un perjuicio para muchos abogados. ¿Qué harían muchos de ellos si no existieran las patentes y las licencias restrictivas? ¿No provienen muchos juicios del actual paradigma de copyright?
- ------------------------------------------------------------------------ SErgio BELKin Capacitación en Free & Open Source Software - -------------------------------------------------------- -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.4 (GNU/Linux) iD8DBQFBWIRXOPxl5bTbF4ARAvQGAJ9sJnZeMBYCCEIymAjYbUbtUwDzzACeOnDA MMNuDaVd4ZqpJz4j7pC/QPw= =fuK+ -----END PGP SIGNATURE-----
claro hay que elaborar un informe que diga "cual sera el costo de un abogado cuando no exista mas el chori-right y las patentes?" cha channn ... cha channn... El Lun 27 Sep 2004 18:21, Sergio Belkin escribió:
El Lunes 27 Septiembre 2004 5:45 PM, Roberto G. Puentes Diaz escribió:
RG Que facil algunos consiguen un Doctorado, no?
Reformular el concepto del copyright, representa un perjuicio para muchos abogados. ¿Qué harían muchos de ellos si no existieran las patentes y las licencias restrictivas? ¿No provienen muchos juicios del actual paradigma de copyright?
-- Fernando Toledo telnet://bbs.docksud.com.ar http://www.docksud.com.ar icq #2681612 jabber://[email protected]
No quisiera debatir un tema tan poco debatible. No quieren entender, no les gusta. "programas derivados que hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones." del texto Esta explicación es la base de su libro, y el tema es muy facil, nuestros programas no son nuestros , son de un monton de programadores que lo donaron a una comunidad con el fin de mejorar la calidad del software y darle la opción a todos, absolutamente a todos poder ejercer esteas libertades.Si modificaste 1 o 10 lineas pertenecen a todos , por ley. Que pedimos a cambio, segui dandoselo a la comunidad , si no queres no lo uses. por ley de copyrigh , esa que inventaron los abogados para proteger los derechos de los autores, por esa ley nosotros los autores autorizamos a todos los que usen estos programas a seguir compartiendolo. Estamos protegidos por esa ley , les guste o no les guste. Tenemos la libertad no de regalar , visto mi humilde entender , sino de prestar para que sea prestado. Por ejemplo los "mil ladrillos" que eran de mis hijos se la doy a mis sobrinitos, cuando mis sobrinitos crecieron les dije se los pueden dar a sus primitos que son mas chiquitos , ellos lo hicieron. Esa conducta parece muy mala para muchos , la posibilidad de compartir la ven mal, muy mal y no solo eso, a la OSI le pegan porque son lobos con piel de corderos , porque parecen liberales pero son zurditos. Como decia una pensadora contemporanea argentina mirtha legrand, ya basta de zurdaje en la argentina. Me parece que el debate se podría mejorar cambiando que prestar o compartir o como quieran llamarlo es malo. En mi empresa trabajamos con GPL y espero nunca salir de la GPL, cuando uso otra cosa respeto tambien las licencias, si hay que pagar se paga. Yo estuve en la charla de Price con el abogado, y me parecio honesto con sus verdades, no asi el Dr. Mille que dijo literalmente que la GPL no existia. Cuando le reitere la pregunta a Martin Carranza Torres , el explico claramente que es la GPL , protegida por Copyright , y si que era virosica. Me gustaria explicarle como en argentina en nuestra empresa trabajan 20 personas en base a la GPL y otras aberraciones, cuando otras empresas colegas , hacen lo mismo que nosotros, y no quiero nombrar a las grandes que usan mucho GPL. Estan todos equivocados , o hay otro modelo que lleva al fracaso los sistemas de ocultamiento. No podrian ellos asimilar este cambio y con toda su experiencia , compitiendo libremente rompernos bien el .... No podria la super empresa numero uno del mundo con 48.000 millones de dolares hacer un software que no se caiga, que yo sepa hay otros que con mucho menos plata hacen coches que no se clavan. Podrían , pero no lo hacen, es mas facil llenarse de plata haciendo sistemas , inseguros , vulnerables , caros, monopólicos, que hacer las cosas bien . Y todavia no hablamos del codigo abierto, el software libre y un montón de cosas que les produce urticaria. Ni siquiera hace falta , en este libro no existe una puta linea de Microsoft, hablar de software , leyes de software, modelos de negocios sin nombrarlos es como hablar de futbol sin nombrar al diego. saludos y gracias al amigo cordobes , siempre hay buena gente en todos lados bubi ----- Original Message ----- From: "Roberto G. Puentes Diaz" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 5:45 PM Subject: Re: [Solar-general] Correccion sobre el libro de soft libre +referencia
marcelo escribió:
El 09/27/2004 11:46 AM, escribió:
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
Correccion NO es Martin Carranza Lopez, si no Martin Carranza Torres, reconocido abogado cordobes. Saludos
Asi es. En Grulic, ya nos hicimos eco de los dichos del Dotor este.... :D Verguenza cordobesa si me permiten decirlo; pues solo hay que leer sobre un Informe de Soft Libre de este mismo Dotor. http://www.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00419.html Que facil algunos consiguen un Doctorado, no? salu2 rob
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prince escribio en su newsletter: Software libre: salió el libro “Problemática jurídica del software libre” de Martín Carranza Torres. Empezando a hojearlo parece una obra completa y objetiva, aunque un tal “Ketchup” le esté pegando ordinariamente aún antes de leerlo. Estuvimos con Martín, quien expresó que no pretende cubrir todo el tema, ni decir todo lo que puede ser dicho, pero que su obra (y es verdad) cubre en nuestro país una laguna de información. El libro está editado por LexisNexis.com.ar. Además, Martín propone separar el programa fuente del programa objeto y proteger al objeto con patentes y al fuente con propiedad intelectual, haciendo así, no sólo más efectiva la protección sino más dinámico y transparente al programa para la innovación ulterior de terceros. Acepta elogios y “ketchupadas” en [email protected]. On Mon, 2004-09-27 at 18:46, bubi wrote:
No quisiera debatir un tema tan poco debatible. No quieren entender, no les gusta. "programas derivados que hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones." del texto Esta explicación es la base de su libro, y el tema es muy facil, nuestros programas no son nuestros , son de un monton de programadores que lo donaron a una comunidad con el fin de mejorar la calidad del software y darle la opción a todos, absolutamente a todos poder ejercer esteas libertades.Si modificaste 1 o 10 lineas pertenecen a todos , por ley. Que pedimos a cambio, segui dandoselo a la comunidad , si no queres no lo uses. por ley de copyrigh , esa que inventaron los abogados para proteger los derechos de los autores, por esa ley nosotros los autores autorizamos a todos los que usen estos programas a seguir compartiendolo. Estamos protegidos por esa ley , les guste o no les guste. Tenemos la libertad no de regalar , visto mi humilde entender , sino de prestar para que sea prestado. Por ejemplo los "mil ladrillos" que eran de mis hijos se la doy a mis sobrinitos, cuando mis sobrinitos crecieron les dije se los pueden dar a sus primitos que son mas chiquitos , ellos lo hicieron. Esa conducta parece muy mala para muchos , la posibilidad de compartir la ven mal, muy mal y no solo eso, a la OSI le pegan porque son lobos con piel de corderos , porque parecen liberales pero son zurditos. Como decia una pensadora contemporanea argentina mirtha legrand, ya basta de zurdaje en la argentina. Me parece que el debate se podría mejorar cambiando que prestar o compartir o como quieran llamarlo es malo. En mi empresa trabajamos con GPL y espero nunca salir de la GPL, cuando uso otra cosa respeto tambien las licencias, si hay que pagar se paga. Yo estuve en la charla de Price con el abogado, y me parecio honesto con sus verdades, no asi el Dr. Mille que dijo literalmente que la GPL no existia. Cuando le reitere la pregunta a Martin Carranza Torres , el explico claramente que es la GPL , protegida por Copyright , y si que era virosica. Me gustaria explicarle como en argentina en nuestra empresa trabajan 20 personas en base a la GPL y otras aberraciones, cuando otras empresas colegas , hacen lo mismo que nosotros, y no quiero nombrar a las grandes que usan mucho GPL. Estan todos equivocados , o hay otro modelo que lleva al fracaso los sistemas de ocultamiento. No podrian ellos asimilar este cambio y con toda su experiencia , compitiendo libremente rompernos bien el .... No podria la super empresa numero uno del mundo con 48.000 millones de dolares hacer un software que no se caiga, que yo sepa hay otros que con mucho menos plata hacen coches que no se clavan. Podrían , pero no lo hacen, es mas facil llenarse de plata haciendo sistemas , inseguros , vulnerables , caros, monopólicos, que hacer las cosas bien . Y todavia no hablamos del codigo abierto, el software libre y un montón de cosas que les produce urticaria. Ni siquiera hace falta , en este libro no existe una puta linea de Microsoft, hablar de software , leyes de software, modelos de negocios sin nombrarlos es como hablar de futbol sin nombrar al diego.
saludos y gracias al amigo cordobes , siempre hay buena gente en todos lados bubi
----- Original Message ----- From: "Roberto G. Puentes Diaz" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 5:45 PM Subject: Re: [Solar-general] Correccion sobre el libro de soft libre +referencia
marcelo escribió:
El 09/27/2004 11:46 AM, escribió:
Libros PROBLEMATICA JURIDICA DEL SOFTWARE LIBRE de martin carranza lopez . editorial Lexis Nexis Argentina. 259 paginas.
Correccion NO es Martin Carranza Lopez, si no Martin Carranza Torres, reconocido abogado cordobes. Saludos
Asi es. En Grulic, ya nos hicimos eco de los dichos del Dotor este.... :D Verguenza cordobesa si me permiten decirlo; pues solo hay que leer sobre un Informe de Soft Libre de este mismo Dotor. http://www.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00419.html Que facil algunos consiguen un Doctorado, no? salu2 rob
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... que informe mas trucho...
Asi es. En Grulic, ya nos hicimos eco de los dichos del Dotor este.... :D Verguenza cordobesa si me permiten decirlo; pues solo hay que leer sobre un Informe de Soft Libre de este mismo Dotor. http://www.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00419.html Que facil algunos consiguen un Doctorado, no? salu2 rob
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-- Fernando Toledo telnet://bbs.docksud.com.ar http://www.docksud.com.ar icq #2681612 jabber://[email protected]
Fernando Toledo escribió:
... que informe mas trucho...
Asi es. En Grulic, ya nos hicimos eco de los dichos del Dotor este.... :D Verguenza cordobesa si me permiten decirlo; pues solo hay que leer sobre un Informe de Soft Libre de este mismo Dotor. http://www.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00419.html Que facil algunos consiguen un Doctorado, no?
En ese hilo hago una observacion del informe. rob
Creo importante general material para aclarar lo dicho por Carranza Torres los libros suelen fijar escuela, ante la poca cantidad de libros existenes sobre el tema, es importante que al menos existan opinones contrarias. Envio un borrador para la critica comunitaria ----------------------------------------------------------------------- Critica del trabajo de Carranza Torres. Diego Saravia Borrador, se aceptan sugerencias, criticas, aportes y opiniones Bajo la FDL, se consideraran secciones invariantes los textos citados de Carranza Torres, solo pudiendose modificar en la presente si expresan mejor la posicion del mismo. El Dr. Carranza Torres ha escrito un texto sobre el costo del software libre. Discuto aqui sus palabras tomando como base un texto publicado por el Grulic. http://www.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/txt00001.txt Tomo frases del trabajo de CT y las comento. 0) "¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre? Martín Carranza Torres Especialista en Derecho Tecnológico - Carranza Torres Estudio de Abogados " Lamentablemente el texto tiene poco que ver con un analisis comparativo de costos y retorno de inversiones ante algun tipo de proyecto generico. 1) " ... el software (libre) va a ser mejor" Dejo que responda una de las revistas cientificas mas prestigiosas: Nature. La apertura crea mejor software. http://www.nature.com/nsu/030623/030623-6.html 2) "Ahora bien, tanta gratuidad, ... ¿Hay que dar algo a cambio de acceder al código fuente de un programa ajeno?" Ver 6. 3) "Programa ajeno." Esta frase induce a creer que los programas tienen dueño. Lo cual es falso, los programas tienen derecho-habientes, estos derechos no son asimilables al concepto de propiedad ya que las obras intelectuales permiten uso no exclusivo y el fin de su proteccion es eminentemente social, no individual. Que se utilice el desgraciado termino de "Propiedad Intelectual", un oximoron, para referirse a estos derechos es algo que no puede impedir a los analistas serios separar la paja del trigo. Usar la terminologia de la propiedad como "ajeno" y "dueño" para estas cuestiones es una cuestion de propaganda, mas que una contribucion tecnica seria. 4) "licencia de la que poco se habla en estas latitudes," Creo que se habla mucho en estas latitudes, lamentablemente el autor del presente no participa de estas conversaciones. Existen cuestiones mucho mas itnteresantes desde el punto de vista de la doctrina juridica para discutir en relacion al software libre. Lamentablemente el autor las pasa por alto. 5) "sigue siendo un programa con dueño," Ver 3. 6) "No es a cambio de nada porque como contrapartida de las cuatro libertades hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en que debemos permitir que los usuarios de los programas derivados que hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones." Obviamente si alguien permite algo, deja de impedirlo. Lo anterior es obvio. Ahora ese dejar de impedirlo ¿implica tecnicamente una renuncia? Ver 7 y 9. 7) "Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo Linux, va a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa persona descubre que hay un faltante en ese programa y decide solucionarlo, dedicando sus recursos a esto, deberá distribuir su creación, producto de su esfuerzo, concediendo, a cambio de nada, estas cuatro libertades." En el caso propietario ni siquiera podria intentar solucionar el problema. O sea en un caso no se puede, en el otro se puede y como contrapartida de ese poder se alienta a los autores a que permitan que otros tambien disfruten del aporte. ¿Esto parece injusto? Si uno usa software libre, participa de una comunidad y contribuye a la misma. Es totalmente razonable. Sin embargo no es como dice el autor, uno no esta obligado a distribuir sus contribuciones. Ver 9 y especialmente 12. 8) "La respuesta, para quienes somos algo avezados en el tema" Uff, un poco de soberbia injustificada. 9) "el autor conserva todos los derechos que no conceda." Falso, el autor (derecho-habiente) conserva todos sus derechos, puede licenciar su obra de la forma que quiera. Asi se puede dar a Juan el programa en terminos de la GPL (cobrando o no) y a Pedro en terminos privativos, o a Juan en ambos terminos. Al dar a Juan el programa en terminos de la GPL esta dandole a Juan ciertos derechos. Pero no pierde ninguno. Esa es la magia de la Obra Intelectual, no es escasa, no se requiere un uso exclusivo. Muchas personas pueden usarla simultaneamente bajo diversas condiciones. Muchos confunden licenciar algo bajo la GPL con un licenciamiento universal bajo la GPL. Nada obliga a un autor a distribuir su trabajo en forma universal, el hecho de licenciarlo a Juan bajo la GPL, no le obliga a hacerlo con Pedro. Es cierto Juan puede darselo a Pedro, pero solo bajo los terminos de la GPL, en cambio el derecho-habiente puede hacerlo en cualesquiera termino. 10) "Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de contenido patrimonial nos diferencia de los usuarios" (a los autores) Falso los usuarios solo tienen los derechos de la GPL. Los autores conservan todos sus derechos, incluso a distribuir su contribucion en forma privativa. 11) "La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan libre. No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no el software que sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL. " Aqui el autor confunde el software libre en general con el software libre bajo copyleft. La copyleft efectivamente es software libre pero contiene la clausula comunitaria. Si uno goza debe contribuir y participar. Es la clausula que impide el vampirismo. 12) "No es tan libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los derechos patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras derivadas." Cada autor puede seguir teniendo las atribuciones completas sobre sus contribuciones. Puede hacer lo que quiera con sus "parches". Distribuirlos o no. Recordemos que esto es una obra intelectual funcional y se contribuye en el software libre mediante parches. La obra derivada es una combinacion de un parche y la original. Cada parte puede ser independiente desde el punto de vista del derecho. Si se distribuye junto a la obra se aplica la clausula comunitaria del la GPL. Si el autor del parche se lo ofrece al autor original y este acepta y lo incorpora definitivamente, el conjunto se rige por la GPL. ¿No parece tan injusto, no? Si se hace un "fork" y se distribuye como obra derivada tambien queda bajo la GPL. Parece natural. En cada caso el autor de la obra derivada elige que hacer. Algunas cosas no puede hacer, como distribuirla incluyendo las porciones de la obra original en forma privativa. Resulta extraño que simultaneamente Ct indique que esto limita al autor de la obra derivada y al autor original, perdiendo atribuciones. ¿En que quedamos? ¿EL autor pierde permitiendo parches, o el autor de los parches pierde por no poder usarlos en forma privativa? ¿Quien pierde?, ¿No sera que ambos ganan? El software libre es un juego de suma positiva. La GPL redacta el mejor de los mundos, donde todas las partes: autores originales, autores de parches, obras derivadas, usuarios finales retienen el maximo posible de libertad en el marco del la legislacion de Copyright. 13) "No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos termina ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones." Bueno, bueno, si de 10 libertades tienes 9, te falta una. Eso es mas libre que tener 0 libertades. Por otro lado la libertad que te falta es la libertad de permitir a otro que quite las libertades a un tercero. 14) "no sólo se pierden los derechos patrimoniales de autor, sino que también se pueden perder muchos más." Falso, no se pierden estos derechos (Ver 9), ¿pero cuales otros se perderian? 15) "Muéstreme su código y esconda sus estructuras de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y generalmente no necesitaré ver su código; resultará evidente''. Esto poco tiene que ver con el tema en cuestion, tan poco como que en los codigos fuentes se incluyen las estructuras de datos. En el lenguaje c, se suelen incluir como archivos .h Recordemos ademas que el derecho de autor no proteje las ideas sino su expresion. Es decir si por algun motivo veo las estructuras de datos y con eso genero codigo nuevo, este codigo no esta sujeto a derechos del autor de el software original. 16) "Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso." ¿a que? 17) "tenga cuidado en qué software va a elegir" ¿Le esta hablando a un usuario o a un desarrollador?. Para el primero es evidente la conveniencia de usar software libre, ya que tiene acceso total al conocimiento de su funcionamiento y enormes derechos con relacion a su software. Muchas veces, ademas, sin pagar por ello. Para un desarrollador, la desicion es ser parte de una comunidad. En la cual recibe 99 y aporta 1. O trabaja en forma aislada, reinventa cada vez la rueda, y comparte sus ingresos con otros. Imaginemos el caso de un desarrollador independiente de sistemas comerciales. En sus presupuestos tendra que asumir el costo de su trabajo mas las licencias del soft de terceros. En el caso libre asumira el costo de su trabajo y nada mas. Facturara lo que el mercado determine que valga la operacion como servicios y TODO sera para el. Su competidor propietario debera facturar su trabajo como servicios, mas lo que pueda conseguir como licenciamiento de su software y debera descontar en sus ingresos las licencias de otros. El esquema privativo es funcional a unas pocas empresas multinacionales que hacen cajitas de colores y las distribuyen por el planeta, contando con la fuerza policial y represiva del estado, un negocio del tipo del recaudador de impuestos. No es funcional para el pequeño y mediano empresario, que vive de la relacion directa con su cliente. 18) "Ni el software propietario ni el software libre son gratis." De acuerdo. Algun Software Libre puede ser de uso gratuito. 19) "sugerimos que antes de elegir un tipo u otro de software se pregunte ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?" A un empresario usuario yo recomendaria la pregunta, ¿cual es le verdadero costo de cada alternativa?, ¿cual es el retorno de la inversion en cada caso.? y ademas ¿Cuales son los riesgos asumidos en cada caso? ¿A donde va el mercado? Si algo es de calidad similar o mejor y menor precio, ¿que nos dicen las leyes economicas? ¿Que se va a imponer? A un ciudadano, le diria que se pregunte ¿Quiere apostar a una sociedad que cumpla las leyes? ¿Quiere tener leyes razonables? Quiere usar software sin preocuparse de cuestiones legales de licencias, pagos, virus, inestabilidades, reinstalaciones permanentes, etc. Yo le diria ademas que sus opciones tecnologicas son un voto. Un voto que va perfilando el futuro de las sociedades del conocimiento. A un desarrollador le preguntaria ¿Quiere ser empleado de una multinacional cobrando las migajas del festin? ¿O quiere formar parte de una comuidad creciente y recibir 99, aportar 1, y quedarse con todo la ganancia obtenida con los verdaderos servicios que Ud. le da a sus clientes? A un empresario del software le preguntaria ¿Quiere constriur un negocio basado en servicios o basado en licencias de derechos? ¿Quiere partir de una base enorme de conocimiento y poner su granito de arena a cambio de usarla? ¿Quiere apostar al futuro? -- Diego Saravia [email protected]
On Wed, 29 Sep 2004 13:04:18 -0300, Diego Saravia <[email protected]> wrote:
6) "No es a cambio de nada porque como contrapartida de las cuatro libertades hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en que debemos permitir que los usuarios de los programas derivados que hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones."
Obviamente si alguien permite algo, deja de impedirlo. Lo anterior es obvio. Ahora ese dejar de impedirlo ¿implica tecnicamente una renuncia? Ver 7 y 9.
Esto me plantea una duda, no se realmente la respuesta, a ver que opinan: Si una empresa X usa SL, y lo modifica y esa modificación es para uso interno de la empresa. Los empleados (que usan el soft), ¿puede reclamar el codigo fuente?
7) "Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo Linux, va a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa persona descubre que hay un faltante en ese programa y decide solucionarlo, dedicando sus recursos a esto, deberá distribuir su creación, producto de su esfuerzo, concediendo, a cambio de nada, estas cuatro libertades."
En el caso propietario ni siquiera podria intentar solucionar el problema.
O sea en un caso no se puede, en el otro se puede y como contrapartida de ese poder se alienta a los autores a que permitan que otros tambien disfruten del aporte. ¿Esto parece injusto? Si uno usa software libre, participa de una comunidad y contribuye a la misma. Es totalmente razonable.
Sin embargo no es como dice el autor, uno no esta obligado a distribuir sus contribuciones. Ver 9 y especialmente 12.
Eso es lo primero que hay que resaltar. Que UNO NO ESTA OBLIGADO A DISTRIBUIR NADA. Ya que tiene la libertad de usarlo como quiera y las restricciones (o perdidas de libertades como la llama) se aplican SOLO al distribuirlo. Dicho sea de paso, el SP por lo general no podes distribuirlo, y por ende no perdes libertades, porque no las tenes desde un principio (en SP).
8) "La respuesta, para quienes somos algo avezados en el tema"
Uff, un poco de soberbia injustificada.
9) "el autor conserva todos los derechos que no conceda."
Falso, el autor (derecho-habiente) conserva todos sus derechos, puede licenciar su obra de la forma que quiera. Asi se puede dar a Juan el programa en terminos de la GPL (cobrando o no) y a Pedro en terminos privativos, o a Juan en ambos terminos.
Al dar a Juan el programa en terminos de la GPL esta dandole a Juan ciertos derechos. Pero no pierde ninguno. Esa es la magia de la Obra Intelectual, no es escasa, no se requiere un uso exclusivo. Muchas personas pueden usarla simultaneamente bajo diversas condiciones.
Muchos confunden licenciar algo bajo la GPL con un licenciamiento universal bajo la GPL. Nada obliga a un autor a distribuir su trabajo en forma universal, el hecho de licenciarlo a Juan bajo la GPL, no le obliga a hacerlo con Pedro. Es cierto Juan puede darselo a Pedro, pero solo bajo los terminos de la GPL, en cambio el derecho-habiente puede hacerlo en cualesquiera termino.
10) "Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de contenido patrimonial nos diferencia de los usuarios" (a los autores)
Falso los usuarios solo tienen los derechos de la GPL. Los autores conservan todos sus derechos, incluso a distribuir su contribucion en forma privativa.
11) "La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan libre. No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no el software que sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL. "
Aqui el autor confunde el software libre en general con el software libre bajo copyleft. La copyleft efectivamente es software libre pero contiene la clausula comunitaria. Si uno goza debe contribuir y participar. Es la clausula que impide el vampirismo.
12) "No es tan libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los derechos patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras derivadas."
Cada autor puede seguir teniendo las atribuciones completas sobre sus contribuciones. Puede hacer lo que quiera con sus "parches". Distribuirlos o no. Recordemos que esto es una obra intelectual funcional y se contribuye en el software libre mediante parches. La obra derivada es una combinacion de un parche y la original.
Cada parte puede ser independiente desde el punto de vista del derecho. Si se distribuye junto a la obra se aplica la clausula comunitaria del la GPL. Si el autor del parche se lo ofrece al autor original y este acepta y lo incorpora definitivamente, el conjunto se rige por la GPL. ¿No parece tan injusto, no?
Si se hace un "fork" y se distribuye como obra derivada tambien queda bajo la GPL. Parece natural.
En cada caso el autor de la obra derivada elige que hacer. Algunas cosas no puede hacer, como distribuirla incluyendo las porciones de la obra original en forma privativa. Resulta extraño que simultaneamente Ct indique que esto limita al autor de la obra derivada y al autor original, perdiendo atribuciones. ¿En que quedamos? ¿EL autor pierde permitiendo parches, o el autor de los parches pierde por no poder usarlos en forma privativa? ¿Quien pierde?, ¿No sera que ambos ganan? El software libre es un juego de suma positiva.
La GPL redacta el mejor de los mundos, donde todas las partes: autores originales, autores de parches, obras derivadas, usuarios finales retienen el maximo posible de libertad en el marco del la legislacion de Copyright.
13) "No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos termina ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones."
Bueno, bueno, si de 10 libertades tienes 9, te falta una. Eso es mas libre que tener 0 libertades. Por otro lado la libertad que te falta es la libertad de permitir a otro que quite las libertades a un tercero.
14) "no sólo se pierden los derechos patrimoniales de autor, sino que también se pueden perder muchos más."
Falso, no se pierden estos derechos (Ver 9), ¿pero cuales otros se perderian?
15) "Muéstreme su código y esconda sus estructuras de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y generalmente no necesitaré ver su código; resultará evidente''.
Esto poco tiene que ver con el tema en cuestion, tan poco como que en los codigos fuentes se incluyen las estructuras de datos. En el lenguaje c, se suelen incluir como archivos .h
Recordemos ademas que el derecho de autor no proteje las ideas sino su expresion. Es decir si por algun motivo veo las estructuras de datos y con eso genero codigo nuevo, este codigo no esta sujeto a derechos del autor de el software original.
16) "Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso."
¿a que?
17) "tenga cuidado en qué software va a elegir"
¿Le esta hablando a un usuario o a un desarrollador?. Para el primero es evidente la conveniencia de usar software libre, ya que tiene acceso total al conocimiento de su funcionamiento y enormes derechos con relacion a su software. Muchas veces, ademas, sin pagar por ello.
Para un desarrollador, la desicion es ser parte de una comunidad. En la cual recibe 99 y aporta 1.
O trabaja en forma aislada, reinventa cada vez la rueda, y comparte sus ingresos con otros.
Imaginemos el caso de un desarrollador independiente de sistemas comerciales. En sus presupuestos tendra que asumir el costo de su trabajo mas las licencias del soft de terceros.
En el caso libre asumira el costo de su trabajo y nada mas. Facturara lo que el mercado determine que valga la operacion como servicios y TODO sera para el.
Su competidor propietario debera facturar su trabajo como servicios, mas lo que pueda conseguir como licenciamiento de su software y debera descontar en sus ingresos las licencias de otros.
El esquema privativo es funcional a unas pocas empresas multinacionales que hacen cajitas de colores y las distribuyen por el planeta, contando con la fuerza policial y represiva del estado, un negocio del tipo del recaudador de impuestos. No es funcional para el pequeño y mediano empresario, que vive de la relacion directa con su cliente.
18) "Ni el software propietario ni el software libre son gratis."
De acuerdo. Algun Software Libre puede ser de uso gratuito.
19) "sugerimos que antes de elegir un tipo u otro de software se pregunte ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?"
A un empresario usuario yo recomendaria la pregunta, ¿cual es le verdadero costo de cada alternativa?, ¿cual es el retorno de la inversion en cada caso.? y ademas ¿Cuales son los riesgos asumidos en cada caso? ¿A donde va el mercado? Si algo es de calidad similar o mejor y menor precio, ¿que nos dicen las leyes economicas? ¿Que se va a imponer?
A un ciudadano, le diria que se pregunte ¿Quiere apostar a una sociedad que cumpla las leyes? ¿Quiere tener leyes razonables? Quiere usar software sin preocuparse de cuestiones legales de licencias, pagos, virus, inestabilidades, reinstalaciones permanentes, etc. Yo le diria ademas que sus opciones tecnologicas son un voto. Un voto que va perfilando el futuro de las sociedades del conocimiento.
A un desarrollador le preguntaria ¿Quiere ser empleado de una multinacional cobrando las migajas del festin? ¿O quiere formar parte de una comuidad creciente y recibir 99, aportar 1, y quedarse con todo la ganancia obtenida con los verdaderos servicios que Ud. le da a sus clientes?
A un empresario del software le preguntaria ¿Quiere constriur un negocio basado en servicios o basado en licencias de derechos? ¿Quiere partir de una base enorme de conocimiento y poner su granito de arena a cambio de usarla? ¿Quiere apostar al futuro?
-- Diego Saravia [email protected]
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Content-Type: multipart/signed; protocol="application/pgp-signature"; micalg="pgp-sha1"; boundary="Signature=_Wed__29_Sep_2004_18_09_18_+0000_lO0lz1a6.NW1jMIK" --Signature=_Wed__29_Sep_2004_18_09_18_+0000_lO0lz1a6.NW1jMIK Content-Type: text/plain; charset=ISO-8859-1 Content-Disposition: inline Content-Transfer-Encoding: quoted-printable On Wed, 29 Sep 2004 13:39:08 -0300 Sebastian Bassi <[email protected]> wrote: SB>=20 SB> Esto me plantea una duda, no se realmente la respuesta, a ver que SB> opinan: Si una empresa X usa SL, y lo modifica y esa modificaci=F3n es SB> para uso interno de la empresa. Los empleados (que usan el soft), SB> =BFpuede reclamar el codigo fuente? Pregunta interesante. Interesant=EDsima. Obliga a poner atencion en el concepto `distribucion'. En principio, creo que en la mayor=EDa de los casos esto quedar=E1 cubierto por el deber de confidencialidad de los empleados hacia el empleador, y por el principio general de la asignaci=F3n de herramientas de trabajo con fin espec=EDfico (el hecho de que la empresa me haya dado una silla para sentarme mientras=20 trabajo no me autoriza a llev=E1rmela a casa al final de mi jornada); pero tal vez no estar=EDa nada mal poner una advertencia en el programa=20 modificado que diga, mas o menos: `Esta es una version modificada por Pirulo S.A. del programa foobar 0.68, solamente para uso interno de Pirulo S.A. La instalacion de este programa en equipamiento afectado a la actividad de Pirulo S.A. no debe interpretarse como distribucion en los terminos de la clausula 3 y concordantes de la General Public License.' Saludos, Enrique --=20 ``Izena duen guzia omen da.'' --Signature=_Wed__29_Sep_2004_18_09_18_+0000_lO0lz1a6.NW1jMIK Content-Type: application/pgp-signature -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.4 (GNU/Linux) iEYEARECAAYFAkFa+lQACgkQjhuyRoeKKlyY4QCgnOwtGo+83z9nCmVnWoTYLQtk 7qgAoLSxv/s9xb4l+cdMag7sJTh+mQX1 =ds6A -----END PGP SIGNATURE----- --Signature=_Wed__29_Sep_2004_18_09_18_+0000_lO0lz1a6.NW1jMIK--
enrique , el tema de la charla si me podes enviar la temática copyright, etc,etc. Y si alguna presentacion de SL para chubut que me comento vero que me podias enviar. Un abrazo y suerte con tu madre bubi
me equivoque disculpen, era un mail para enrique bubi ----- Original Message ----- From: "bubi" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Wednesday, September 29, 2004 5:53 PM Subject: Re: [Solar-general] Texto de Carranza
enrique , el tema de la charla si me podes enviar la temática copyright, etc,etc. Y si alguna presentacion de SL para chubut que me comento vero que me podias enviar. Un abrazo y suerte con tu madre bubi
_______________________________________________ Solar-general mailing list [email protected] http://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/solar-general
Esto me plantea una duda, no se realmente la respuesta, a ver que opinan: Si una empresa X usa SL, y lo modifica y esa modificación es para uso interno de la empresa. Los empleados (que usan el soft), ¿puede reclamar el codigo fuente?
Los empleados no actuan en la empresa como personas por derecho propio, sino como empleados. Solo pueden actuar segun ordenes. No usan el soft por si, sino por las ordenes de la empresa, la que lo usa es la empresa. Igual que el autor moral de los cambios, el derecho habiente es la empresa, sin su autorizacion, siquiera puede usarlos fuera de su ambito laboral.
Sin embargo no es como dice el autor, uno no esta obligado a distribuir sus contribuciones. Ver 9 y especialmente 12.
Eso es lo primero que hay que resaltar. Que UNO NO ESTA OBLIGADO A DISTRIBUIR NADA. Ya que tiene la libertad de usarlo como quiera y las restricciones (o perdidas de libertades como la llama) se aplican SOLO al distribuirlo. Dicho sea de paso, el SP por lo general no podes distribuirlo, y por ende no perdes libertades, porque no las tenes desde un principio (en SP).
claro, ¿no queda claro en el texto?, pensas conveniente escribirlo de esa forma -- Diego Saravia [email protected]
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El Miércoles 29 Septiembre 2004 3:11 PM, Diego Saravia escribió:
DS Los empleados no actuan en la empresa como personas por derecho propio, sino DS como empleados. Solo pueden actuar segun ordenes. Bueno, sin ser abogado ni conocer en profundidad este tema, digo que en primer lugar lo que debería primar es el acuerdo que puede haber entre empleado y empleador. Si pueden llegar a un acuerdo mediante el cual la obra es del autor, nos ahorramos un problema, máxime cuando la obra tiene una licencia libre. Por otro lado, una pregunta quizá un poco naba, pero qué es ser un empleado? Creo que hay una gran diferencia entre alguien que está bajo relación de dependencia y alguien que presta un servicio a una empresa *sin importar cuál sea exactamente esa función*. Finalmente digo como opinión personal, que si yo tengo una empresa y pretendo que el copyright quede para mí y no para el empleado o prestador del servicio que hace la obra, podrá ser totalmente legal y lógico y ampararme en cuanto artículo haya pero creo que tiene que ver poco con el espíritu del software libre... no lo veo muy coherente (aunque por supuesto siempre hay excepciones...)
- ------------------------------------------------------------------------ SErgio BELKin Capacitación en Free & Open Source Software - -------------------------------------------------------- -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.4 (GNU/Linux) iD8DBQFBWy2WOPxl5bTbF4ARAuUsAJ9H86H1QPEF6PE8zSsmj8CO3AWJLgCgnfjH jvGafTGxBIGQk2WAMQsVvDQ= =d+L4 -----END PGP SIGNATURE-----
On Wed, 29 Sep 2004 18:48:06 -0300, Sergio Belkin wrote
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1
El Miércoles 29 Septiembre 2004 3:11 PM, Diego Saravia escribió:
DS Los empleados no actuan en la empresa como personas por derecho propio, sino DS como empleados. Solo pueden actuar segun ordenes. Bueno, sin ser abogado ni conocer en profundidad este tema, digo que en primer lugar lo que debería primar es el acuerdo que puede haber entre empleado y empleador. Si pueden llegar a un acuerdo mediante el cual la obra es del autor, nos ahorramos un problema, máxime cuando la obra tiene una licencia libre.
Por defecto el derecho laboral establece que el derecho habiente de lo producido en una relacion laboral es el empleador. No tiene porque ser simple cambiar esto, ni es obvio que un empleador lo acepte. Siquiera la fsf lo acepta, es mas en general te piden que les transfieras esto aunque no seas empleado, para que exista un solo decisor sobre cada software.
Por otro lado, una pregunta quizá un poco naba, pero qué es ser un empleado? Creo que hay una gran diferencia entre alguien que está bajo relación de dependencia
ser empleado es estar en relacion de dependencia
y alguien que presta un servicio a una empresa *sin importar cuál sea exactamente esa función*.
si es un servicio hay un contrato o acuerdo de por medio donde se establecen todas estas condiciones-.
Finalmente digo como opinión personal, que si yo tengo una empresa y pretendo que el copyright quede para mí y no para el empleado o prestador del servicio que hace la obra, podrá ser totalmente legal y lógico y ampararme en cuanto artículo haya pero creo que tiene que ver poco con el espíritu del software libre... no lo veo muy coherente (aunque por supuesto siempre hay excepciones...)
a veces es logico que el coordinador del proyecto, sea empleador o no, se el derecho habiente del mismo, sobre todo si mucha gente contribuye. Te imaginas 100 autores votando en cada instancia de un juicio sobre si hacen esto o aquello.? Diego Saravia [email protected]
El Miércoles 29 Septiembre 2004 8:53 PM, Diego Saravia escribió:
DS a veces es logico que el coordinador del proyecto, sea empleador o no, se el DS derecho habiente del mismo, sobre todo si mucha gente contribuye. DS Te imaginas 100 autores votando en cada instancia de un juicio sobre si hacen DS esto o aquello. En ese caso estoy de acuerdo, yo me refiero a que no me parece ético reclamar el copyright, si mi única relación con ese proyecto es que soy dueño de la empresa... no se mi explico... --
SErgio BELKin Capacitación en Free & Open Source Software --------------------------------------------------------
Una empresa sea SA, SRL SCA o Cooperativa, existe una persona jurídica responsable de las cosas buenas y las malas. En las tres primeras existen dueños que definen una estrategia comercial para ganar plata y pagar sueldos, comisiones,etc. Si fabrico cacerolas patento el diseño, la persona juridica es quien es dueña del diseño y tambien de las cacerolas. El empleado solo desea recibir su sueldo en forma justa en tiempo y forma. Con el modelo d software propietario pasa lo mismo , no exiten dudas , protegiendo sus fuentes , firmando contratos de no divulgación ,etc,etc. Si no firmas el contrato te vas y listo. El abuso laboral es otro tema , te hacen quedar 2 horas mas y no cobras , si no te gusta llamas a un abogado y te das por despedid, te vas , u otras variantes. El riesgo de definir una estrategia puede llevar a que desaparezcan los puestos de trabajo . "si mi única relación con ese proyecto es que soy dueño de la empresa" no tengas dudas que el dueño del proyecto , es el dueño de la idea , es el dueño de las máquinas y es quien decide la gente que trabajará en ese proyecto. Y al final de cuentas el empleado lo unico que quiere es trabajar dignamente , con un sueldo , aguinaldo y cobrar del 1 al 5 , tambien tendría que exigir participación en las ganancias,cotrol de la producción,etc,etc como dice el art. 14 bis de la constitución. Ahora estas son las condiciones con respecto a la ley, si podemos trabajar en la opción cooperativa , el tema es mas interesante. Podemos definir desarrollar el software como decida la cooperativa , los derechos de cada programador pueden ser cedidos a la cooperativa y ella a la vez definir la licencia que mas le guste , recomiendo GPL para el modelo de negocios de hoy. Y podria opinar más cosas pero sería piola la opinión de otros , un abrazo bubi el único empleado que se fue de nuestra empresa usa todos los desarrollos hechos en esta porque eran GPL a pesar de no estar publicados algunos codigos y jamás se nos dió por intentar enjuiciar su actitud , porque no nos parecía enjuiciable en lo más mínimo. ---- Original Message ----- From: "Sergio Belkin" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Thursday, September 30, 2004 1:01 PM Subject: Re: [Solar-general] Texto de Carranza El Miércoles 29 Septiembre 2004 8:53 PM, Diego Saravia escribió:
DS a veces es logico que el coordinador del proyecto, sea empleador o no, se el DS derecho habiente del mismo, sobre todo si mucha gente contribuye. DS Te imaginas 100 autores votando en cada instancia de un juicio sobre si hacen DS esto o aquello. En ese caso estoy de acuerdo, yo me refiero a que no me parece ético reclamar el copyright, si mi única relación con ese proyecto es que soy dueño de la empresa... no se mi explico... --
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reclamar el copyright, si mi única relación con ese proyecto es que soy dueño de la empresa... no se mi explico...
y bueno si el soft es privativo es fundamental imaginate que es un soft para tu mision critica para poder decidir que hace tenes que tener el copyright sino el programador empleado tuyo puede dejarte en la via. si sos una empresa de desarrollo y queres vivir de las licencias tambien esfundamental
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-- Diego Saravia [email protected]
Diego Saravia escribió:
Creo importante general material para aclarar lo dicho por Carranza Torres los libros suelen fijar escuela, ante la poca cantidad de libros existenes sobre el tema, es importante que al menos existan opinones contrarias.
Este es otro analisis ;) *http://mx.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00434.html saludos rob *
On Wed, 29 Sep 2004 13:51:07 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote
Diego Saravia escribió:
Creo importante general material para aclarar lo dicho por Carranza Torres los libros suelen fijar escuela, ante la poca cantidad de libros existenes sobre el tema, es importante que al menos existan opinones contrarias.
Este es otro analisis ;) *http://mx.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00434.html
saludos rob *
bien, excelente, vi el link en grulic, pero no habia leido el thread, creo que ese mail que citas es lo mas completito del thread habria que poner en SOLAR todas las contestaciones que se vayan realizando sobre las opiniones de CT
_______________________________________________ Solar-general mailing list [email protected] http://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/solar-general
-- Diego Saravia [email protected]
Diego Saravia escribió:
On Wed, 29 Sep 2004 13:51:07 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote
Diego Saravia escribió:
Creo importante general material para aclarar lo dicho por Carranza Torres los libros suelen fijar escuela, ante la poca cantidad de libros existenes sobre el tema, es importante que al menos existan opinones contrarias.
ste es otro analisis ;) *http://mx.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00434.html saludos rob *
bien, excelente, vi el link en grulic, pero no habia leido el thread, creo que ese mail que citas es lo mas completito del thread
habria que poner en SOLAR todas las contestaciones que se vayan realizando sobre las opiniones de CT
El texto completo lo transcribo mas abajo. Igualmente lo puse como borrador en el wiki, para quien desee, aportar o corregir algo. http://ourproject.org/cgi-bin/moin.cgi/Informe_20de_20Soft_20Libre_2c_20por_... salu2 rob
¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre? Por Martín Carranza Torres Especialista en Derecho Tecnológico - Carranza Torres Estudio de Abogados
Mucho se ha hablado del Software Libre, sus cuatro “libertades” y de todas sus virtudes, tales como que el software va a ser mejor y muchas otras más. En verdad, es innegable que tener acceso a un software con su código fuente va a ser beneficioso. También es innegable que poder usar programas hechos por otros sin tener que pagar sumas de dinero por la licencia va a ser beneficioso. Ahora bien, tanta gratuidad, ¿no es al menos meritoria de cierto análisis? ¿Hay que dar algo a cambio de acceder al código fuente de un programa ajeno?
Debemos corregir lo siguiente. Comenzamos a hablar de SL y sus ventajas y luego nos hacemos preguntas respecto del SL, haciendo referencia en la "Gratuidad" ?? No se debe confundir el termino Libre con Gratis, quizas los anglosagones tengan ese inicial permisos, ya que ambas palabras se escriben Free. Pero nosotros los latinos no tenemos ese problema ni tampoco podemos tomarnos ese permiso. Si hablamos de Soft Libre, tenemos que hablar de Libertad (como libertad de expresion). La gratuidad es una caracteristicas que encontramos en la mayoria del SL. Pero tecnicamente no debemos confundirnos, Libre no significa Gratis, y Gratis no significa Libre. Por lo que tomar la "Gratuidad" como punto de referencia del Soft Libre, es un gran error, y lamentablemente tipico en los iniciados.
Los programas que se llaman genéricamente como “Software Libre”, en su mayoría, se distribuyen por una licencia, de la que poco se habla en estas latitudes, llamada GNU General Public License (GNU GPL).
Asi es la GNU/GPL, es la licencia mas usada (aunque no la unica) del SL. Y ademas es la madre de muchas otras licencias libre. Tiene mas de una década.
Esta licencia es el medio técnico legal que se utiliza, según quienes los distribuyen, para que el software sea siempre libre. Ahora bien, ¿en qué consiste esa licencia?
En eso mismo, en que el Soft sea Libre . Por cierto es una Licencia muy bien lograda, reconocida explicitamente en varios paises. Aunque no necesita de ese reconocimiento explicito... Pero nunca esta de mas.
La licencia GNU GPL es igual a cualquier otra licencia, del programa que fuere. El programa licenciado bajo GNU GPL sigue siendo un programa con dueño, sólo que con una característica especial.
El termino Dueño no es muy feliz. Es mas apropiado tecnicamente hablar de Autor. Otro error tipico. La idea de Dueño, muchas veces se relaciona con la idea de exclusividad o de privacion respecto de terceros. Por eso, no es un termino feliz.
Este carácter diferencial es que permite al usuario usar, estudiar, modificar y distribuir el programa, lo cual, hasta ahora, es fantástico. ¿A quien no le gustaría tener acceso al código fuente de un sistema operativo, por ejemplo, para someterlo a los avatares de nuestra voluntad? Creemos que los que respondan negativamente a esta pregunta serían los menos.
En realidad, no creo que exista persona intelectualmente apta que pudiera responder negativamente. Y la idea de acceder al Codigo Fuente, tiene que ver con una cuestion propia del ser humano, ademas de permitir un Control Personal, que es en realidad el unico.
Sin embargo, las cosas no son tan simples. Es verdad que un programa licenciado por la licencia GNU GPL otorga estas “cuatro libertades” pero no es a cambio de nada.
Por supuesto, hablamos de Libertad, no de Libertinaje; pero esta idea ya es infantil como para plantearla. La libertad implica tambien deberes y responsabilidades. Lastima que muchos se olviden
No es a cambio de nada porque como contrapartida de las “cuatro libertades” hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en que debemos permitir que los usuarios de los programas derivados que hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones.
Esto es asi. Solo una correccion de una expresión que roza lo canallezco. Cuando dice "su programa" es un error, deberia decir "el programa de otro que yo modifico" Ademas es la mejor forma de mantener un Software Libre, y evitar maniobras abusivas.
Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo Linux, va a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa persona descubre que hay un faltante en ese programa y decide solucionarlo, dedicando sus recursos a esto, deberá distribuir su creación, producto de su esfuerzo, concediendo, a cambio de nada, estas cuatro libertades.
Exacto, asi podra compartir el conocimiento que ha adquirido, asi como otros miles lo compartieron con uno. Filosoficamente hablando podemos decir que el programa nunca es de uno, sino de todos; osea de la Comunidad. ¿Usted quiere participar de ella? ¿Usted quiere superarse?
Entonces, nos preguntamos ¿qué es lo que diferencia al autor de una obra del usuario? La respuesta, para quienes somos algo avezados en el tema, es simple, el autor conserva todos los derechos que no conceda.
Otra vez se invoca la idea de privacion a terceros. Es tipico que personas manipuladas por distintos medios, crean que para que algo sea de uno no debe ser posible para terceros acceder a ello. De no ser un concepto cerrado y obtuso del Derecho, diria que al menos incompleto
De esta manera, el autor puede decidir a quien le permite el uso o no y a cambio de qué
Por supuesto, el autor del SL, mantiene la titularidad del copyright, osea mantiene la propiedad intelectual, salvo que la transfiera. El permitir el uso o no, no es algo que depende directamente del Autor de un soft licenciado bajo GPL, por lo que no es una expresion feliz. Cuando el Autor da el soft a un tercero y lo hace licenciado bajo GPL; el Autor ya no puede mantener un control practico de las personas que podran o no usarlo. El autor puede licenciar esel programa a otra persona, en forma privativa. Pero no mantiene una restriccion absoluta sobre todas las copias de ese Software, pues una copia ya es libre..
Lo mismo ocurre con el derecho a la modificación, a la distribución, a la exposición, etc.
Idem anterior.
Ahora bien, si el programa que hizo una persona está basado en otro licenciado bajo la licencia GNU GPL, ¿qué lo diferencia de los usuarios? La respuesta es compleja, ya que existen diferencias, pero ninguna trasladable al plano patrimonial.
Esto es una indirecta o una chicana. Si un informatico da a un usuario final un Soft bajo GPL. La posibilidad de obtener una "diferencia patrimonial" no es algo excluyente del uso de la GPL, sino tambien de los roles tomados por esas personas. Como ejemplo podemos mencionar el soporte. Por lo que, existe diferencia de querer que exista, y es algo que dependera de las partes; no es algo categorico de la GPL que exista o no redito. En definitiva, la GPL es el resultado de la voluntad de las partes. No debemos confundir licenciamiento con tipo de mercado. No necesariamente estamos vendiendo bananas o espejitos de colores.
Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de contenido patrimonial nos diferencia de los usuarios, en los hechos, ¿va a ser como si no fuéramos dueños de nuestro programa? La respuesta es decepcionante, por lo que, estimados lectores, vamos a dejar que la intuyan ustedes mismos.
Pregunta totalmente equivocada en sus fundamentos, pues en el punto anterior lo explicamos claramente, Puede existir verdaderamente una diferencia de contenido patrimonial. Y usted no puede ser Dueño del programa, porque nunca fue su programa. No es "Su Programa" en todo caso, como el mencionado mas arriba, es "el programa de otro que yo modifico" Favor de tomar atribuciones que no corresponde. Favor de respetar los derechos de las personas y de la Comunidad. Ahora si pueden intuir, por que algunos confunden el mercado de servicios (o bienes y servicios) con el de bienes (en forma excluyente).
La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan libre.
El SL es libre, lo que no seguramente no es, es ser irresponsable, irrespetuoso, o anarquico para no respetar los derechos de las personas. No confundir infantilmente, Libertar con Libertinaje.
No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no el software que sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL.
Nuevamente nos repetimos, el "Programa no es de Uno", no debemos alentar la idea de la apropiacion ilegitima.
No es tan libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los derechos patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras derivadas.
Nadie obliga a nadie porque si. Usted reconoce que el programa no es suyo (osea que no hay nada a que "renunciar"), y si desea "usarlo" no puede limitar esa libertar a terceros. No es que usted no tiene esa libertad. Uno solo es libre de ejercer derechos que posee. Poder ejecer o coactar los derechos de terceros no es libertad, es dominacion. No confundir estos terminos.
No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos termina ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones.
Nuevamente confunde los terminos, en rigor de la verdad.
Sin embargo, sólo hemos hablado de derechos de autor, es decir, uno de los intangibles a proteger en una empresa, pero éstos no son los únicos. Al licenciar un programa bajo GNU GPL, lo cual, como hemos dicho, es una obligación cuando hablamos de obras derivadas de programas licenciados bajo GNU GPL, no sólo se pierden los derechos patrimoniales de autor, sino que también se pueden perder muchos más.
Sin palabras. Una forma excenlente de ver como escribir un texto sin decir nada.
Creemos que no somos nosotros quienes debemos advertir lo dicho precedentemente, ya que el mismísimo Eric. S. Raymond (Cofundador de la Open Source Initiative), en su obra intitulada “La catedral y el Bazar”, lo dice mucho más claro de lo que nosotros podríamos hacerlo, citando a Fred Brooks: "Muéstreme su código y esconda sus estructuras de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y generalmente no necesitaré ver su código; resultará evidente''.
Nunca es bueno, citar a terceros fuera del contexto original. Tampoco es serio generalizar una frase. Para eso existen los manifiestos y para mayor claridad juridica, el texto de las licencias. No es necesario que otros saquen conclusiones por nosotros. El SL pretende que cada uno haga uso de sus facultades mentales, para compartir, aprender y mejorar.
Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso.
Veamos en que termina esto.
Por eso es que recomendamos insistentemente que si para Ud. son de algún valor intangibles tales como el código objeto, código fuente, rutinas, algoritmos, confidencias, métodos, secretos, macros, know how, listas de parámetros, relaciones intermodulares, organización específica, diagrama de flujos, etc. tenga cuidado en qué software va a elegir.
Obviamente si es importante para usted, expresarse, cocinar y las recetas de comidas, las formas de ayudar a la gente etc. Usted deberia segun este analisis, licenciar todo en forma privativa e insistentemente..... No es para nada profesional englobar terminos como rutinas, algoritmos, metodos, etc, con cosas como Secretos, Confidencias, y Pecados cometidos cuando uno era niño. Un disparate tecnico. Imagino que tambien estara a favor de las Patentes del Software...
Ni el software propietario ni el software libre son gratis.
Nunca nadie dio esa afirmacion absoluta. Quizas deberiamos leer primero las fuentes. Tampoco es serio dar como verdadera una afirmacion incorrecta, para luego ponerla en evidencia. No es para nada educativo y mucho menos relevante.
En ambos se paga un precio, sólo que en uno se paga un precio que es cierto y sabido desde un inicio, en cambio en el otro es incierto, y probablemente mucho mayor.
Si es verdad, uno nunca sabe cuanto saldra realmente una solucion basada en software privativo, y como bien dice este señor sera mas onerosa.
Por lo tanto es que sugerimos que antes de elegir un tipo u otro de software se pregunte ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?
Luego preguntese cual es el costo del Software Privativo. Luego preguntese cuales son los beneficios (patrimoniales, sociales, etc) del Software Libre. Luego preguntese cuales son los beneficios del Software Privativo (si los encuentra) Y luego, recien ahi, sume y reste. Saque cuentas, razone, y finalmente Decida. Rober CPN MP 10.12726.9 Cordoba
Ahora vos estas poniendo eso en un wiki, sabes si el autor esta de acuerdo yo te suguiero que en una noticia de solar pongas links a todos los articulos mas o menos largos que se vayan armando, tenes ese, el mio y seguramente apareceran mas si queres armar un wiki te sugiero que empeces de cero, no tendria problema en que se use el mio, y probablemente el autor del otro trabajo tampoco, pero creo que seria bueno que asumas el papel de coordinador y armar algo que contenga partes de todos On Wed, 29 Sep 2004 16:02:45 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote
Diego Saravia escribió:
On Wed, 29 Sep 2004 13:51:07 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote
Diego Saravia escribió:
Creo importante general material para aclarar lo dicho por Carranza Torres los libros suelen fijar escuela, ante la poca cantidad de libros existenes sobre el tema, es importante que al menos existan opinones contrarias.
ste es otro analisis ;) *http://mx.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00434.html saludos rob *
bien, excelente, vi el link en grulic, pero no habia leido el thread,
creo que
ese mail que citas es lo mas completito del thread
habria que poner en SOLAR todas las contestaciones que se vayan realizando sobre las opiniones de CT
El texto completo lo transcribo mas abajo. Igualmente lo puse como borrador en el wiki, para quien desee, aportar o corregir algo. http://ourproject.org/cgi-bin/moin.cgi/Informe_20de_20Soft_20Libre_2c_20por_... salu2 rob
¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre? Por Martín Carranza Torres Especialista en Derecho Tecnológico - Carranza Torres Estudio de Abogados
[WINDOWS-1252?]> > Mucho se ha hablado del Software Libre, sus cuatro libertades y de
todas sus virtudes, tales como que el software va a ser mejor y muchas otras más. En verdad, es innegable que tener acceso a un software con su código fuente va a ser beneficioso. También es innegable que poder usar programas hechos por otros sin tener que pagar sumas de dinero por la licencia va a ser beneficioso. Ahora bien, tanta gratuidad, ¿no es al menos meritoria de cierto análisis? ¿Hay que dar algo a cambio de acceder al código fuente de un programa ajeno?
Debemos corregir lo siguiente. Comenzamos a hablar de SL y sus ventajas y luego nos hacemos preguntas respecto del SL, haciendo referencia en la "Gratuidad" ?? No se debe confundir el termino Libre con Gratis, quizas los anglosagones tengan ese inicial permisos, ya que ambas palabras se escriben Free. Pero nosotros los latinos no tenemos ese problema ni tampoco podemos tomarnos ese permiso. Si hablamos de Soft Libre, tenemos que hablar de Libertad (como libertad de expresion). La gratuidad es una caracteristicas que encontramos en la mayoria del SL. Pero tecnicamente no debemos confundirnos, Libre no significa Gratis, y Gratis no significa Libre. Por lo que tomar la "Gratuidad" como punto de referencia del Soft Libre, es un gran error, y lamentablemente tipico en los iniciados.
[WINDOWS-1252?]> > Los programas que se llaman genéricamente como Software Libre, en su
mayoría, se distribuyen por una licencia, de la que poco se habla en estas latitudes, llamada GNU General Public License (GNU GPL).
Asi es la GNU/GPL, es la licencia mas usada (aunque no la unica) del SL. Y ademas es la madre de muchas otras licencias libre. Tiene mas de una década.
Esta licencia es el medio técnico legal que se utiliza, según quienes los distribuyen, para que el software sea siempre libre. Ahora bien, ¿en qué consiste esa licencia?
En eso mismo, en que el Soft sea Libre . Por cierto es una Licencia muy bien lograda, reconocida explicitamente en varios paises. Aunque no necesita de ese reconocimiento explicito... Pero nunca esta de mas.
La licencia GNU GPL es igual a cualquier otra licencia, del programa que fuere. El programa licenciado bajo GNU GPL sigue siendo un programa con dueño, sólo que con una característica especial.
El termino Dueño no es muy feliz. Es mas apropiado tecnicamente hablar de Autor. Otro error tipico. La idea de Dueño, muchas veces se relaciona con la idea de exclusividad o de privacion respecto de terceros. Por eso, no es un termino feliz.
Este carácter diferencial es que permite al usuario usar, estudiar, modificar y distribuir el programa, lo cual, hasta ahora, es fantástico. ¿A quien no le gustaría tener acceso al código fuente de un sistema operativo, por ejemplo, para someterlo a los avatares de nuestra voluntad? Creemos que los que respondan negativamente a esta pregunta serían los menos.
En realidad, no creo que exista persona intelectualmente apta que pudiera responder negativamente. Y la idea de acceder al Codigo Fuente, tiene que ver con una cuestion propia del ser humano, ademas de permitir un Control Personal, que es en realidad el unico.
Sin embargo, las cosas no son tan simples. Es verdad que un programa licenciado [WINDOWS-1252?]> > por la licencia GNU GPL otorga estas cuatro libertades pero no es a cambio de nada.
Por supuesto, hablamos de Libertad, no de Libertinaje; pero esta idea ya es infantil como para plantearla. La libertad implica tambien deberes y responsabilidades. Lastima que muchos se olviden
[WINDOWS-1252?]> > No es a cambio de nada porque como contrapartida de las cuatro [WINDOWS-1252?]> > libertades
hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en que debemos permitir que los usuarios de los programas derivados que hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones.
Esto es asi. Solo una correccion de una expresión que roza lo canallezco. Cuando dice "su programa" es un error, deberia decir "el programa de otro que yo modifico" Ademas es la mejor forma de mantener un Software Libre, y evitar maniobras abusivas.
Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo Linux, va a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa persona descubre que hay un faltante en ese programa y decide solucionarlo, dedicando sus recursos a esto, deberá distribuir su creación, producto de su esfuerzo, concediendo, a cambio de nada, estas cuatro libertades.
Exacto, asi podra compartir el conocimiento que ha adquirido, asi como otros miles lo compartieron con uno. Filosoficamente hablando podemos decir que el programa nunca es de uno, sino de todos; osea de la Comunidad. ¿Usted quiere participar de ella? ¿Usted quiere superarse?
Entonces, nos preguntamos ¿qué es lo que diferencia al autor de una obra del usuario? La respuesta, para quienes somos algo avezados en el tema, es simple, el autor conserva todos los derechos que no conceda.
Otra vez se invoca la idea de privacion a terceros. Es tipico que personas manipuladas por distintos medios, crean que para que algo sea de uno no debe ser posible para terceros acceder a ello. De no ser un concepto cerrado y obtuso del Derecho, diria que al menos incompleto
De esta manera, el autor puede decidir a quien le permite el uso o no y a cambio de qué
Por supuesto, el autor del SL, mantiene la titularidad del copyright, osea mantiene la propiedad intelectual, salvo que la transfiera. El permitir el uso o no, no es algo que depende directamente del Autor de un soft licenciado bajo GPL, por lo que no es una expresion feliz. Cuando el Autor da el soft a un tercero y lo hace licenciado bajo GPL; el Autor ya no puede mantener un control practico de las personas que podran o no usarlo. El autor puede licenciar esel programa a otra persona, en forma privativa. Pero no mantiene una restriccion absoluta sobre todas las copias de ese Software, pues una copia ya es libre..
Lo mismo ocurre con el derecho a la modificación, a la distribución, a la exposición, etc.
Idem anterior.
Ahora bien, si el programa que hizo una persona está basado en otro licenciado bajo la licencia GNU GPL, ¿qué lo diferencia de los usuarios? La respuesta es compleja, ya que existen diferencias, pero ninguna trasladable al plano patrimonial.
Esto es una indirecta o una chicana. Si un informatico da a un usuario final un Soft bajo GPL. La posibilidad de obtener una "diferencia patrimonial" no es algo excluyente del uso de la GPL, sino tambien de los roles tomados por esas personas. Como ejemplo podemos mencionar el soporte. Por lo que, existe diferencia de querer que exista, y es algo que dependera de las partes; no es algo categorico de la GPL que exista o no redito. En definitiva, la GPL es el resultado de la voluntad de las partes. No debemos confundir licenciamiento con tipo de mercado. No necesariamente estamos vendiendo bananas o espejitos de colores.
Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de contenido patrimonial nos diferencia de los usuarios, en los hechos, ¿va a ser como si no fuéramos dueños de nuestro programa? La respuesta es decepcionante, por lo que, estimados lectores, vamos a dejar que la intuyan ustedes mismos.
Pregunta totalmente equivocada en sus fundamentos, pues en el punto anterior lo explicamos claramente, Puede existir verdaderamente una diferencia de contenido patrimonial. Y usted no puede ser Dueño del programa, porque nunca fue su programa. No es "Su Programa" en todo caso, como el mencionado mas arriba, es "el programa de otro que yo modifico" Favor de tomar atribuciones que no corresponde. Favor de respetar los derechos de las personas y de la Comunidad. Ahora si pueden intuir, por que algunos confunden el mercado de servicios (o bienes y servicios) con el de bienes (en forma excluyente).
La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan libre.
El SL es libre, lo que no seguramente no es, es ser irresponsable, irrespetuoso, o anarquico para no respetar los derechos de las personas. No confundir infantilmente, Libertar con Libertinaje.
No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no el software que sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL.
Nuevamente nos repetimos, el "Programa no es de Uno", no debemos alentar la idea de la apropiacion ilegitima.
No es tan libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los derechos patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras derivadas.
Nadie obliga a nadie porque si. Usted reconoce que el programa no es suyo (osea que no hay nada a que "renunciar"), y si desea "usarlo" no puede limitar esa libertar a terceros. No es que usted no tiene esa libertad. Uno solo es libre de ejercer derechos que posee. Poder ejecer o coactar los derechos de terceros no es libertad, es dominacion. No confundir estos terminos.
No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos termina ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones.
Nuevamente confunde los terminos, en rigor de la verdad.
Sin embargo, sólo hemos hablado de derechos de autor, es decir, uno de los intangibles a proteger en una empresa, pero éstos no son los únicos. Al licenciar un programa bajo GNU GPL, lo cual, como hemos dicho, es una obligación cuando hablamos de obras derivadas de programas licenciados bajo GNU GPL, no sólo se pierden los derechos patrimoniales de autor, sino que también se pueden perder muchos más.
Sin palabras. Una forma excenlente de ver como escribir un texto sin decir nada.
Creemos que no somos nosotros quienes debemos advertir lo dicho precedentemente, ya que el mismísimo Eric. S. Raymond (Cofundador de la Open Source Initiative), [WINDOWS-1252?]> > en su obra intitulada La catedral y el Bazar, lo dice mucho más claro de lo que nosotros podríamos hacerlo, citando a Fred Brooks: "Muéstreme su código y esconda sus estructuras de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y generalmente no necesitaré ver su código; resultará evidente''.
Nunca es bueno, citar a terceros fuera del contexto original. Tampoco es serio generalizar una frase. Para eso existen los manifiestos y para mayor claridad juridica, el texto de las licencias. No es necesario que otros saquen conclusiones por nosotros. El SL pretende que cada uno haga uso de sus facultades mentales, para compartir, aprender y mejorar.
Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso.
Veamos en que termina esto.
Por eso es que recomendamos insistentemente que si para Ud. son de algún valor intangibles tales como el código objeto, código fuente, rutinas, algoritmos, confidencias, métodos, secretos, macros, know how, listas de parámetros, relaciones intermodulares, organización específica, diagrama de flujos, etc. tenga cuidado en qué software va a elegir.
Obviamente si es importante para usted, expresarse, cocinar y las recetas de comidas, las formas de ayudar a la gente etc. Usted deberia segun este analisis, licenciar todo en forma privativa e insistentemente..... No es para nada profesional englobar terminos como rutinas, algoritmos, metodos, etc, con cosas como Secretos, Confidencias, y Pecados cometidos cuando uno era niño. Un disparate tecnico. Imagino que tambien estara a favor de las Patentes del Software...
Ni el software propietario ni el software libre son gratis.
Nunca nadie dio esa afirmacion absoluta. Quizas deberiamos leer primero las fuentes. Tampoco es serio dar como verdadera una afirmacion incorrecta, para luego ponerla en evidencia. No es para nada educativo y mucho menos relevante.
En ambos se paga un precio, sólo que en uno se paga un precio que es cierto y sabido desde un inicio, en cambio en el otro es incierto, y probablemente mucho mayor.
Si es verdad, uno nunca sabe cuanto saldra realmente una solucion basada en software privativo, y como bien dice este señor sera mas onerosa.
Por lo tanto es que sugerimos que antes de elegir un tipo u otro de software se pregunte ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?
Luego preguntese cual es el costo del Software Privativo. Luego preguntese cuales son los beneficios (patrimoniales, sociales, etc) del Software Libre. Luego preguntese cuales son los beneficios del Software Privativo (si los encuentra)
Y luego, recien ahi, sume y reste. Saque cuentas, razone, y finalmente Decida.
Rober
CPN MP 10.12726.9 Cordoba
-- Diego Saravia [email protected]
Diego Saravia escribió:
Ahora vos estas poniendo eso en un wiki, sabes si el autor esta de acuerdo
Te referis al Abogado del Informe??
yo te suguiero que en una noticia de solar pongas links a todos los articulos mas o menos largos que se vayan armando, tenes ese, el mio y seguramente apareceran mas
Para poner una noticia en solar con quien se debe hablar en todo caso para que chequeen el articulo?
si queres armar un wiki te sugiero que empeces de cero, no tendria problema en que se use el mio, y probablemente el autor del otro trabajo tampoco,
El del mail de respuesta en Grulic??? Ese es mio :p ...
pero creo que seria bueno que asumas el papel de coordinador y armar algo que contenga partes de todos
no problem salu2 rober
On Thu, 30 Sep 2004 00:55:45 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote
Diego Saravia escribió:
Ahora vos estas poniendo eso en un wiki, sabes si el autor esta de acuerdo
Te referis al Abogado del Informe??
el tema es que el articulo ese salio de un link de grulic, el original esa bajo clave, no se hasta que punto la gente de grulic lo puede mantener ahi. si n hay que poner el link con clave
Para poner una noticia en solar con quien se debe hablar en todo caso para que chequeen el articulo?
mandalo y la gente de inet le da el ok -- Diego Saravia [email protected]
[email protected] wrote:
No si todos se enteraron pero el martes pasado hemos comenzado con el proyecto de Fundave. Durante el martes que nos juntamos en lo de BUBI delineamos como encarar el proyecto y de hecho ya pudimos seleccionar el HW necesario. Hasta el momento tenemos 1 Server + 3 terminales. Las reuniones de seguiran haciendo en la oficina de BUBI los martes de 6:00 a 8:00 aprox.
Lamentablemente los martes tengo inconvenientes para asistir, pero de todas maneras si puedo contribuir en algo estoy a disposición. Saludos, -- Martin Andres Gomez Gimenez NIS web: http://www.i-nis.com.ar e-mail: [email protected] JABBER: [email protected] ICQ: 294606465 Usuario Linux: #306000 gpg --keyserver wwwkeys.pgp.net --recv-key 9E5D148C Key fingerprint = 57B5 0128 B053 F3CE 9BC5 EFDB BF6C 2FA9 9E5D 148C
Felicidades, y Suerte!!! Abrazos Diana ----- Original Message ----- From: "josx" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 10:05 AM Subject: [Solar-general] Proyecto Fundave....
No si todos se enteraron pero el martes pasado hemos comenzado con el proyecto de Fundave. Durante el martes que nos juntamos en lo de BUBI delineamos como encarar el proyecto y de hecho ya pudimos seleccionar el HW necesario. Hasta el momento tenemos 1 Server + 3 terminales. Las reuniones de seguiran haciendo en la oficina de BUBI los martes de 6:00 a 8:00 aprox.
Bueno espero a todos los que vinieron las semana pasada y a los que se quieran sumar.
Cronograma para esta semana:
6:00 llegada (hacer mate, comprar algo de comer) 6:30 Nos ponemos a instalar por un lado un grupo con el server y otros con las maquinas clientes. ... 8:00 Espero que hayamos terminado de instalar o al menos dejaremos instalando lo que falta.
A todos los que vengan traigan cds de instalacion de diversas distros, todavia no decidimos que instalar.Pero lo vamos a hacer y calcula que se va a resolver en un lapso de 10min aprox ya que no es algo importante....
pd: Agradezco de todo corazon a todos los que quieren colaborar. Algunos quizas no lo puedan hacer mucho por estar lejos, pero bueno asi se dan las cosas.
-- josx <[email protected]>
---------------------------------------------------------------------------- ---- _______________________________________________ Solar-general mailing list [email protected] http://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/solar-general
La ignorancia no es excusa...... pero que es Fundave? Un abrazo -- Satoru Lucas Shindoi CEL: 03783-15666916 ICQ: 95357247 - Jabber: [email protected] Messenger: [email protected] - Yahoo: [email protected] -------------------------------------------------------------------------- Sistemas de Informacion - DPEC - www.dpec.com.ar
Hola gente! Ya lo habia enviado Bubi, pero es la Fundacion Vida y Esperanza, http://www.fundave.org.ar/ Nos leemos! Angel "Java" Lopez http://www.ajlopez.com/ ----- Original Message ----- From: "Satoru Lucas Shindoi" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Monday, September 27, 2004 1:24 PM Subject: Re: [Solar-general] Proyecto Fundave....
La ignorancia no es excusa...... pero que es Fundave?
Un abrazo
-- Satoru Lucas Shindoi CEL: 03783-15666916 ICQ: 95357247 - Jabber: [email protected] Messenger: [email protected] - Yahoo: [email protected] -------------------------------------------------------------------------- Sistemas de Informacion - DPEC - www.dpec.com.ar
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El Lun 27 Sep 2004 10:05, josx escribió: |> Las reuniones de seguiran haciendo en la oficina de BUBI los martes de |> 6:00 a 8:00 aprox. ¿Podrían indicarme la dirección a donde ir? Gracias. Saludos. -- -- Para el cierre: --- El Maestro Pen Guin al azar citaba: Si no lo puedes convencer, confúndelo ! (Gill Bates). - - - Marcelo Duschkin - Buenos Aires - Argentina [email protected] www.websdelsur.com.ar www.lahueya.com.ar
Piedras 841 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.P: C1070AAQ - Teléfonos: (011) 4300-7373 / 4300-7723 On Tue, 2004-09-28 at 13:50, Marcelo Duschkin wrote:
El Lun 27 Sep 2004 10:05, josx escribió: |> Las reuniones de seguiran haciendo en la oficina de BUBI los martes de |> 6:00 a 8:00 aprox.
¿Podrían indicarme la dirección a donde ir? Gracias. Saludos. -- josx <[email protected]>
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