[Solar-general] Antitrust
Ariel Alegre
ariel.alegre en fibertel.com.ar
Dom Oct 10 16:50:57 CEST 2010
Pagina 12 era periodismo cuando la dirigía Lanata.
Ahora es propaganda asquerosa, plata que los K nos roban a todos.
----- Original Message -----
From: "Pablo Manuel Rizzo" <info en pablorizzo.com>
To: "La lista de todos y todas en solar"
<solar-general en lists.ourproject.org>
Sent: Sunday, October 10, 2010 10:50 AM
Subject: [Solar-general] Antitrust
> La voluntad del poder político para ampliar los espacios de
> competencia en mercados concentrados tiene antecedentes, pasados y
> recientes, en economías desarrolladas. En esos variados casos, la
> autoridad competente en sus respectivas áreas de responsabilidad ha
> intervenido para desarticular a grupos que ejercían posición
> dominante. Está definición técnicamente no es monopolio pero en la
> práctica lo es, al reunir todas sus características en el vínculo con
> otras empresas del sector y con los consumidores. Más allá de las
> interpretaciones jurídicas y políticas del reciente fallo de la Corte
> Suprema de Justicia, en términos económicos ha sido un retroceso, al
> demorar la aplicación de una iniciativa antitrust, abriendo la
> posibilidad de su neutralización al jugar con los tiempos electorales.
> Ese fallo no consideró la abundante experiencia internacional en la
> materia, donde se puede estudiar la convicción de los encargados de
> administrar justicia para convalidar la ampliación de la competencia
> en los mercados, el extraordinario poder de lobby que ejercen los
> conglomerados afectados y el importante beneficio económico para los
> consumidores de la aplicación de iniciativas antimonopolios.
>
> En Estados Unidos la expresión más drástica de antitrust fue la
> decisión tomada en 1984 de dividir a AT&T en siete compañías conocidas
> como las “Baby Bells”. American Telephone & Telegraph Company se
> convirtió en la principal empresa de telefonía de Estados Unidos
> después de la expiración de la patente de Bell en 1890. A medida que
> se expandía, sus competidoras fueron quedando aisladas y en una
> situación muy vulnerable. Pese a la presencia de otras compañías en el
> sector y a regulaciones que prohibían a AT&T comprar más competidoras,
> esas condiciones no impidieron que durante muchos años operase en los
> hechos como un monopolio. En 1982, una sentencia del Departamento de
> Justicia de Estados Unidos resolvió dividir a AT&T en varias compañías
> para evitar que continuara abusando de su posición dominante. Según el
> Departamento de Justicia, aprovechaba su poder de mercado en los
> servicios de larga distancia y en la provisión de equipos de
> telecomunicaciones. Sentenció entonces que debía separar los negocios
> potencialmente competitivos de los servicios de telefonía local. En
> menos de dos años el gigante telefónico tuvo que cumplir con la orden
> de desmembrarse. El 1º de enero de 1984, el negocio de telefonía local
> de AT&T fue dividido en siete compañías regionales, independientes
> unas de otras, que pasaron a ser conocidas como las “Baby Bells”.
>
> Los marcos normativos más categóricos de legislación específica de
> defensa de la competencia son los de Estados Unidos y Europa. Las
> autoridades de aplicación tratan de bloquear la adquisición, aplican
> millonarias multas para frenar el ejercicio de posición dominante o
> directamente ordenan la desarticulación del monopolio cuando evalúan
> que puede tener efectos negativos para la economía y los consumidores.
> Aplican un procedimiento de control previo del mercado para evitar
> futuras acciones legales de las autoridades de defensa de la
> competencia. De ese modo tratan de evitar el inicio de procesos de
> desmembramiento, puesto que esa operación es más costosa tanto para el
> Estado como para el grupo empresario involucrado.
>
> La Comisión Europea condenó a Microsoft, en marzo de 2004, a pagar una
> multa record de 497 millones de euros por abuso de posición dominante
> en el mercado de los sistemas operativos, teniendo en cuenta que su
> producto estrella Windows equipaba al 95 por ciento de los ordenadores
> del mundo. La Comisión había juzgado que el gigante informático se
> había servido de su accionar monopólico para aniquilar a la
> competencia. Para poner fin a esa práctica, obligó a Microsoft a
> comercializar una versión de Windows que no tuviese integrado el
> programa de lectura de videos y audio Media Player. También le exigió
> que divulgara a sus competidores la documentación técnica necesaria
> para la elaboración de programas compatibles con Windows. Luego de ese
> fallo hubo apelaciones al Tribunal de Luxemburgo y negociaciones entre
> las partes, pero en última instancia con beneficios para los
> consumidores y apertura de la competencia.
>
> Otros casos clásicos de antitrust en Estados Unidos ofrecen
> interesantes herramientas de análisis para evaluar los efectos que
> retardará el fallo de la Corte Suprema sobre la aplicación del
> artículo 161 de la ley de medios:
>
> - El proceso más conocido es el de Standard Oil of New Jersey (1911).
> Esta compañía monopolizó la industria petrolera, destruyó a sus
> rivales mediante el uso de recortes predatorios en los precios,
> aumentó los precios a los consumidores y fue castigada por el Tribunal
> Supremo por esas transgresiones probadas. La porción del mercado de la
> Standard era del 64 por ciento y había competidoras como Shell, Gulf,
> Texaco en refinado de petróleo. El Tribunal Supremo dividió el holding
> de la Standard Oil porque apreciaba el ejercicio de monopolio a través
> de las muchas fusiones realizadas por la compañía.
>
> - El caso antitrust de la American Tobacco Company (1911) es similar
> en muchos aspectos al de Standard Oil. American Tobacco creó una gran
> compañía tabaquera diversificada mediante fusiones con pequeñas
> compañías especializadas. El holding de American Tobacco fue dividido
> por el Tribunal Supremo por ejercer posición monopólica en el mercado.
>
> - Aluminum Company of America (1945) es otro ejemplo emblemático de
> antitrust. El gobierno trató de frenar a Alcoa en los tribunales
> durante trece años entre 1937 y 1950. Varios jueces fueron rechazando
> las casi 150 distintas acusaciones del gobierno contra Alcoa.
> Finalmente, un tribunal de apelación sentenció que la compañía violaba
> la ley antitrust.
>
> - American Can (1949) y United Shoe Machinery Corporation (1953) son
> dos casos poco divulgados. En el primero, el juez determinó que
> ejercía posición dominante en el mercado porque obligaba a sus
> clientes a firmar contratos de compra de latas a largo plazo. En el
> segundo, United fabricaba maquinaria de zapatos y las alquilaba a
> cientos de productores nacionales y extranjeros de calzado.
> Concentraba el 85 por ciento del mercado excluyendo de la actividad a
> la competencia, violando así las leyes antitrust. El Departamento de
> Justicia dividió la compañía en 1968.
>
> A contramano de esos antecedentes internacionales, en Argentina, donde
> la competencia es escasa y las conductas abusivas son corrientes,
> grupos económicos con posición dominante en el mercado han encontrado
> en la escasa actividad de la Comisión de Defensa de la Competencia y
> en diferentes instancias de Tribunales sus trincheras de defensa.
>
>
> Por Alfredo Zaiat
> azaiat en pagina12.com.ar
> http://www.pagina12.com.ar/imprimir/diario/economia/2-154687.html
>
>
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