[Solar-general] Fwd: Proyecto de ley: Software Libre Obligatorio en la provincia de Santa Fe

Fernando Toledo ftoledo en docksud.com.ar
Jue Jun 12 22:30:51 CEST 2008


----------  Mensaje reenviado  ----------

Asunto: Proyecto de ley: Software Libre Obligatorio en la provincia de Santa 
Fe
Fecha: Jue 12 Jun 2008
De: "Sebasti谩n D. Criado" <sebastian.criado en gmail.com>
Para: "Anillo de LUGs/.orgs" <anillo-lst en linux.org.ar>

El diputado Gerardo Rico  present贸 en sesi贸n del 08 de mayo un proyecto
de ley reformando la existente, para que desde la administraci贸n publica
se utilice software libre en su programaci贸n.

La tendencia para promover esta programaci贸n es latinoamericana y rompe
los monopolios inform谩ticos de las grandes corporaciones
internacionales.

La ley original 12360 de sobre empleo de programas o Software en la
administraci贸n p煤blica de la provincia de Santa Fe, habla sobre el uso
鈥減referente鈥 de Software Libre. El proyecto del diputado Rico quiere
hacer que el uso del Software Libre en la administraci贸n p煤blica sea
鈥渙bligatoria鈥 dado los fundamentos conocidos de independencia
tecnol贸gica, seguridad y preservaci贸n de la informaci贸n p煤blica (entre
otros argumentos presentes en el proyecto).

A continuaci贸n el proyecto de ley:

PROYECTO DE LEY

               LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

                       SANCIONA CON FUERZA DE LEY


MODIFICACION DE LOS ARTS. 2潞 y 3潞 de la LEY 12360. SOBRE EMPLEO DE
PROGRAMA O SOFTWARE EN LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL. 

Art铆culo 1潞: Modif铆canse los Art铆culos 2潞 y 3潞 de la ley 12360, los que
quedan redactados de la siguiente forma:


Art铆culo 2潞: Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los
Organismos Descentralizados y las Empresas donde el Estado Provincial
posea mayor铆a accionar铆a, emplear谩n en sus sistemas y equipamientos de
inform谩tica exclusivamente programas (software) libres.-


Art铆culo 3潞: La autoridad de aplicaci贸n de esta Ley ser谩 el Ministerio
de Econom铆a.-


Art铆culo 2潞: De forma.-

FDO. GERARDO RICO -DIPUTADO PROVINCIAL

(EXPTE.N潞 20589- FPV.) INGRESADO EN LA 2da.SESION ORDINARIA DEL
08-05-2008. Girado a las Comisiones de Asuntos Constitucionales y
Legislaci贸n General y de Presupuesto y Hacienda.-

FUNDAMENTOS

La Administraci贸n P煤blica Provincial emplea software por el que
habitualmente debe erogar importantes sumas en concepto de derechos de
uso de dichos programas. Si bien la ley 12360 en su articulo 2潞
contemplaba el uso del software libre, no era suficientemente clara y
explicita en cuanto la necesidad de su uso. El vocablo 鈥減referentemente鈥
inclu铆do, en el articulo 2潞, que pretendemos modificar, es a nuestro
entender ineficaz y ambiguo. Quitando a la ley la fuerza necesaria para
cumplir con su raz贸n y cometido: 

Evitar que la Administraci贸n Publica Provincial eroge importantes sumas
en concepto de derecho de uso de software propietario.

Evitar emplear formatos cerrados que generan dependencia tecnol贸gica
interminable hacia el proveedor de turno, por lo cual, es necesario que
se termine con la misma, implementando sistemas que permitan mantenerse
en el mundo inform谩tico sin tener que depender del proveedor.

Establecer los lineamientos de las pol铆ticas de incorporaci贸n y gesti贸n
de software, que garanticen la debida protecci贸n de la integridad,
confidencialidad,accesibilidad, interoperabilidad, compatibilidad de la
informaci贸n y auditabilidad de su procesamiento en la Administraci贸n
P煤blica Provincial; y el libre acceso ciudadano a la informaci贸n p煤blica
ofrecida en formatos digitales.

La mayor parte de ese software es comercializado bajo el modelo de
negocios del software propietario el cual, excepto algunas excepciones,
s贸lo permite ejecutar o hacer funcionar el programa del nivel que se
trate, inhibiendo al usuario conocer las instrucciones de su contenido o
introducir modificaciones de acuerdo a sus necesidades. 

La prohibici贸n de acceso tanto al programa fuente, como al c贸digo
fuente, que constituyen el sistema operativo de la computadora, como a
los formatos y aplicaciones, implica una imposibilidad de control por
parte del Estado sobre la informaci贸n propia que disponga bajo soporte
digital. 

Existen suficientes evidencias que programas operativos de amplia
difusi贸n mundial, que durante muchos a帽os se mantuvieron cerrados, una
vez liberados o expuestos al conocimiento y an谩lisis p煤blico,
evidenciaron la existencia de las denominadas "puertas traseras",
recursos que permiten redirigir toda la informaci贸n contenida en una
computadora hacia otra computadora, en forma subrepticia y sin que el
usuario, que s贸lo posee una "licencia de uso" pueda advertirlo, quiz谩s a
lo largo de toda la vida 煤til del ordenador. 

Otro tanto sucede con los "formatos" que constituyen lenguajes empleados
para codificar los datos que se pretendan mantener en soporte digital.
En caso que el Estado no pueda disponer de los par谩metros con los cuales
han sido desarrollados dicho formatos, queda obligado a depender de una
aplicaci贸n cerrada para acceder a sus propios datos. Al emplear formatos
cerrados, la informaci贸n volcada por el propio Estado s贸lo puede ser
decodificada correctamente por el dise帽ador del formato, sea 茅ste una
empresa o persona f铆sica de cualquier origen o dimensi贸n. 

Como estos formatos cerrados son cambiados peri贸dicamente por los
fabricantes, se genera una dependencia tecnol贸gica constante, obligando
al Estado a actualizar permanentemente las versiones de software que
utiliza, so riesgo de quedar incomunicado en el universo inform谩tico
como de perder valiosa informaci贸n disponible, la cual, en la mayor铆a de
los casos, le fuera confiada por los ciudadanos por exigencias de
distintos organismos estatales. Estos datos pueden tratarse de
informaci贸n 铆ntima de sus ciudadanos, la cual el Estado tiene la
obligaci贸n de salvaguardar, como tambi茅n de informaci贸n sensible
relacionada con cuestiones de Estado. Son numerosos los ejemplos
ocurridos en pa铆ses de primer orden mundial donde no ha sido posible
recuperar antiguos archivos digitales por haber cesado sus actividades
comerciales la empresa fabricante que proveyera el software y
desconocerse los formatos empleados en su dise帽o. 

Cuando el Estado emplea el tipo de herramientas cerradas para
intercambiar informaci贸n digitalizada con sus ciudadanos, termina
actuando como promotor del producto de los diferentes fabricantes o como
c贸mplice involuntario de pr谩cticas comerciales indeseables. 

Resulta a todas luces discriminatorias e intolerables que para poder
acceder a la lectura de un documento producido por un organismo estatal
se obligue a un ciudadano a adquirir un programa cerrado y propietario. 

El camino para recuperar el control de funcionamiento de las
computadoras en uso en el Estado es mediante la utilizaci贸n en cada
nivel de productos, de sistemas operativos, formatos y aplicaciones que
re煤nan las posibilidades de inspecci贸n detallada de su contenido, que
puedan ser modificados por el usuario y se encuentren disponibles
p煤blicamente. Estos productos ya existen desde hace m谩s de una d茅cada y
se los denomina Software Libre si se trata de los sistemas operativos y
aplicativos, Formatos Abiertos cuando se aplica a formatos y, si adem谩s
constituyen un est谩ndar, se lo denomina Formato Est谩ndar Abierto. 

El Software Libre es desarrollado y perfeccionado constantemente por
innumerable cantidad de calificados programadores de todo el mundo que
aportan sus conocimientos en forma voluntaria y espont谩nea, obteniendo
productos sumamente estables y de calidad superior a los cerrados o
propietarios. Su retribuci贸n es el reconocimiento de la calidad de los
desarrollos en que hayan participado y la contribuci贸n al permitir o
facilitar el acceso a la informaci贸n a millones de ciudadanos del mundo
entero, particularmente j贸venes, que no poseen recursos para acceder a
programas con licencias de uso pagas. Sus distintos productos se
encuentran disponibles en Internet bajo diferentes tipos de licencias, o
"libertades" que en general pretenden alcanzar el compromiso de empleo
del software en la misma condici贸n en que fue suministrado, inclusive si
recibe valor agregado como consecuencia de cualquier modificaci贸n
efectuada. Este proyecto de alcance universal se denomina GNU y es
conocido como "Free Software" por las libertades que otorga, pero no por
el precio de cada producto, ya que no siempre el software libre es
gratuito. 

Su utilizaci贸n por muchas empresas del mundo entero ha tenido un
crecimiento exponencial. La cantidad de servidores que utilizan Software
Libre en los Estados Unidos solamente alcanza al 50% de las ventas del
煤ltimo a帽o. Los motivos principales que llevaron a muchas empresas a la
adopci贸n de este tipo de programas son: 

     1. La libertad para crear soluciones a la justa medida de sus
        necesidades, partiendo de software preexistente, que de otra
        forma quedar铆an condicionadas por la dependencia de patrones
        cerrados.
        
     2. La seguridad y estabilidad funcional obtenida por sus sistemas
        de informaci贸n en la producci贸n, organizaci贸n, gerenciamiento y
        distribuci贸n de datos.
        
     3. La posibilidad de continuar utilizando hardware que ha quedado
        obsoleto para los requerimientos de las nuevas versiones de
        software cerrado.
        
     4. La dr谩stica reducci贸n de costos, siendo este aspecto relevante
        en la decisi贸n de adopci贸n.
        

Existen varios mitos respecto al Software Libre, siendo uno de ellos la
falta de soporte t茅cnico en el pa铆s, pero lo cierto es que existen
peque帽as empresas con importantes desarrollos propios que han satisfecho
con 茅xito necesidades de empresas locales y extranjeras. Ya se dispone
en el pa铆s de una masa cr铆tica suficiente de profesionales e id贸neos de
software libre, distribuidos en varias provincias, que pueden concurrir
con su trabajo a satisfacer sino todas, al menos la mayor铆a de las
necesidades del Estado nacional. Otro tanto sucede en el 谩mbito de las
universidades donde el software libre es empleado habitualmente y goza
de las preferencias de pedagogos y alumnos de inform谩tica. 

Por otra parte, las mayores empresas multinacionales dedicadas a
producir software han adoptado en diferente medida software libre y en
algunos casos invertido cuantioso capital para su desarrollo. 

Aunque algunas 谩reas de la administraci贸n central de nuestro pa铆s ya
utilizan aplicaciones de software libre, entendemos que la mejor forma
de impulsar decidida e irreversiblemente su adopci贸n es a trav茅s de un
incentivo de la categor铆a de una ley como la que se propone, ya que se
est谩 impulsando una genuina pol铆tica de estado. 

Varios pa铆ses han comenzado experiencias p煤blicas en distintos niveles
de su administraci贸n, cont谩ndose entre ellos a China, Alemania, Francia,
el Reino Unido, M茅xico, Brasil, la India, B茅lgica, Italia, la Uni贸n
Europea en su conjunto, Per煤 y Tailandia entre otros. La NASA y las
Fuerzas Armadas de Estados Unidos son otro ejemplo de ello. Existen
variados proyectos de ley o decretos en distintos pa铆ses en igual
sentido. El Consejo Nacional de Innovaci贸n de la Rep煤blica de Sud谩frica
acaba de proponer la adopci贸n de software libre como una pol铆tica de
estado. 

La adopci贸n de software libre por parte de la Administraci贸n P煤blica
Provincial, contribuir谩 a eliminar del 谩mbito del Estado el uso de
software ilegal, preservando la protecci贸n de los derechos de autor y la
explotaci贸n de la propiedad intelectual, en los t茅rminos que contemple
cada licencia, previstos en los alcances de la ley Nacional 11.723 de
propiedad intelectual, que fuera modificada por la ley Nacional 25.036
en Noviembre de 1998. Teniendo en cuenta que esta 煤ltima emplea t茅rminos
propios del software en forma gen茅rica, se consider贸 apropiado
definirlos adecuadamente en un cap铆tulo inicial ad hoc. 

Esta propuesta de de modificaci贸n prev茅 un natural lapso de transici贸n,
que implica la preparaci贸n de formadores y la capacitaci贸n de los
usuarios, cuya programaci贸n se encarga al Poder Ejecutivo, pero cuyo
costo sin duda ser谩 sustancialmente menor que el generado por el
obligatorio pago de licencias de uso a que el Estado est谩 obligado por
ley. Tambi茅n ser谩 apreciable el ahorro que se producir谩 por la
disminuci贸n de la renovaci贸n de hardware, al que el Estado se ver铆a
obligado, ya que los productores de software propietario no poseen
inter茅s en mantener viejas versiones, dedicando sus esfuerzos en el
desarrollo de nuevos programas que demandan m谩s memoria y procesadores
m谩s potentes y veloces. 

Si la Administraci贸n P煤blica Provincial adopta la Pol铆tica que se
propone, favorecer谩 la disminuci贸n de la denominada "brecha digital" que
redundar谩 en beneficio de todos y har谩 posible la recuperaci贸n del
indispensable control inform谩tico. 

La implementaci贸n de una pol铆tica de software libre dentro del Estado es
una posibilidad concreta y realizable a trav茅s de un proyecto de mediano
plazo que necesita un plan cuidadoso y de personal capacitado. 

El Estado tiene dentro de las universidades los conocimientos y medios
para llevar a cabo este proyecto, cuyo mayor desaf铆o lo constituye la
voluntad pol铆tica para impulsarlo. 

Invitamos a los se帽ores legisladores a acompa帽ar el presente proyecto de
ley

Les dejo tambi茅n el PDF original.
http://criadoindomable.files.wordpress.com/2008/06/modificacion_ley_12360.pdf


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esta cuenta.
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