[Solar-general] Charla sobre la

Diego Saravia dsa en unsa.edu.ar
Sab Mayo 1 22:39:44 CEST 2004


> Ahora el término "derecho de autor" me  resulta aún mas
> oscuro.. porque en general los que tienen el copyright de los
> libros (por ej.) son las editoriales y no los autores

Tienen ese derecho porque fue transferido del autor a las editoriales, sea
mediante venta explicita o contrato de trabajo. El derecho originario es del
autor, de hecho nunca pierde el derecho de ser considerado como autor, la
editorial es derechohabiente. (de otros derechos)

O sea el termino no es para nada confuso. Y es el derecho de los autores o el
de a quien estos se lo hayan transferido sobre sus obras.

Tampoco el termino derecho intelectual es confuso, pues representa la misma
idea con respecto a cualuier obra intelectual. El problema es confundir
derecho con propiedad.

Es decir la propiedad involucra derechos no ejercitables  con bienes inmateriales.

El que quiera hacer ejercicios, puede entrar a buscar definiciones de
propiedad en diccionarios juridicos.

El termino derecho en general esta bastante mejor definido en los libros
basicos de "Derecho"

> Las patentes por ej. estan reglamentadas en la ley 24.481
> 
> http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/35001.htm
> 
> Esta ley crea en su art.90 el "Instituto Nacional de la Propiedad
> Industrial" (http://www.inpi.gov.ar/), como autoridad de aplicación.
> O sea que la ley 11.723 no es el unico texto legal que hace
> referencia al concepto de "propiedad intelectual"


y debe haber "algunas" mas, la cuestion es como reemplazar en nuestros
discursos el termino propiedad para cada una de ellas. Aqui en lo que tu dices
no se habla de intelectual sino de Industrial.

El debate en este punto empieza a ser mas rico, pues pasa por ver si aceptamos
las patentes industriales o no. (no solo hablamos de vida, metodos de negocios
y software)


De cualquier forma lo importante es: "nunca considerar que esos derechos
configuran "propiedad""

o sea se puede "creer" en las patentes industriales tradicionales sin salirse
de la ideologia del movimiento del soft libre, pero no se puede considerar que
esos derechos configuran propiedad.


-- 
Diego Saravia 
dsa en unsa.edu.ar




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