[Solar-general] [OT] Moralidad de las normas-otra vuelta de tuerca
Enrique A.Chaparro
echaparro en uolsinectis.com.ar
Lun Ene 19 10:47:02 CET 2004
On Mon, 19 Jan 2004 12:15:04 -0300
"Gerardo B Diaz" <gerardodiaz en hotmail.com> wrote:
GBD>
GBD> >From: "Diego Saravia" <dsa en unsa.edu.ar>
GBD> >Date: Mon, 19 Jan 2004 10:43:05 -0300
GBD>
GBD> >De cualquier forma ninguna de estas situaciones se relacionan con la
GBD> >
GBD> >cuestion
GBD> >de la violacion de copyright.
GBD>
GBD> Yo creo que si se relacionan. Creo que varios avances en SL se han
GBD> dado a partir de la "ingenieria inversa", e incluso sospecho que esta
GBD> ha sido muchas [...]
Aclaracion necesaria: ingenieria inversa y copia ilegal son dos cosas
absolutamente distintas! En el derecho comparado encontramos muchos
instrumentos legales que protegen el derecho a la ingenieria inversa
(cfr. Directiva 91/250 del CE), por ejejmplo para garantizar la
interoperabilidad de programas creados independientemente con otros
programas, para reparar fallas, etc. Defiendo este derecho a
ultranza, asi como defiendo que ``Toda persona tiene derecho a
la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan
por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de
que sea autora.''(Art. 27.2 de la Declaracion Universal de los
Derechos Humanos).
GBD> >Estas leyes hoy tienen un gran consenso en la sociedad, que va a
GBD> >costar mucho
GBD> >revertir.
GBD>
GBD> Estas leyes tienen concenso entre los mercados y los letrados, no
GBD> entre estos
GBD> y la gente. Basta ver el comportamiento de consumo para comprobarlo.
[...]
En esto, Gerardo, estamos de acuerdo. Sin embargo, la copia ilegal como
actividad comercial me parece deleznable. Ahora bien, en muchos casos
(como este) entran en tension distintos derechos: el de buscar y
recibir informacion (19, DUDH) y el de proteccion de la produccion
intelectual (27.2 DUDH, ver arriba). En ese caso... como resolveremos
el entuerto?
Lamentablemente, nuestra ley de derechos de autor (11723 y sus
modificaciones) es espantosa: no preve la doctrina del `justo uso'
(fair use), la copia privada, el uso para enseñanza, etc. Y esta
tension entre derechos --hasta donde se-- no ha sido resuelta
judicialmente hasta ahora.
Debo decir que disento, al menos parcialmente, de lo que Diego dice
(pero no por las razones que Gerardo esboza ;)):
GBD> >Nadie que promueva el soft libre puede usar software trucho o usar
GBD> >fotocopias,
GBD> >o copiar videos, si quiere defender la causa.
Contrajemplo: mi blblioteca de criptografia es, casi seguramente, la
mas completa de la Argentina. Contiene material en algunos casos
inhallable (por ejemplo, proceedings de las conferencias Crypto y
Eurocrypt de comienzos de la decada del 80, hace largo tiempo
agotados). Si alguien necesita parte de ese material[1], es
absolutamente seguro que le hare una fotocopia: el derecho a
buscar y obtener informacion prevalece aqui sobre el derecho a
la proteccion del autor. No harian Uds. lo mismo?
GBD> Creo que en buena parte es gracias a esos "delincuentes" anonimos que
GBD> mencionaba, que al menos "el linux" logro estar en un plano de
GBD> igualdad tecnologica con las soluciones "privativas", burlandose asi
GBD> de practicas monopolicas de ocultamiento celebradas entre los
GBD> principales proveedores de hardware y software.
Los programas libres llegaron a su estado actual no por copiar
ilegalmente programas privativos, sino haciendo buena ingenieria
inversa de ellos
GBD> Y pregunto, donde esta la "innovacion" que justifica que los secretos
GBD> y drivers de un winmodem sean protegidos por el mismo modelo de
GBD> patentes y licenciamiento que protege los de, que se yo, un tomografo
GBD> axial computarizado?
Al menos aqui (y en muchos otros sitios), el soft de los rWinmodems
o el de los TACs _no_estan_ protegidos por patentes (son inadmisibles
para nuestra legislacion), sino por derechos de autor AKA copyright
o secreto industrial. En ninguno de estos casos la ingenieria inversa
es ilegal; sí son ilegales la copia sin permiso del titular de los
derechos de autor, y la apropiacion indebida de secretos industriales
(por ej., violando un NDA).
[...]
GBD> No es gran merito, tuve la suerte de tener quien me los garpe y/o
GBD> facilite, y no criticare a los miles de muchachos cuya unica opcion
GBD> para poder capacitarse en el mundo privativo es la copia ilegal. Eso
GBD> o perderse una parte importante del mercado.
Tampoco los criticare yo, puesto que seria castigar a la victima.
Pero por cierto que tampoco les facilitare una copia ilegal de soft
privativo. Forma parte de mis principios: no hago copias ilegales
de software, no doy soporte gratuito a software privativo.
Saludos,
Enrique
PS: Cada tanto resurgen estos temas sobre `propiedad intelectual'.
Se me ocurre que deberiamos armar un tallercito para estudiarlos
(por lo menos, lo que nos interesa: copyright, patentes, secretos
industriales; marcas y denominaciones de origen pueden quedar al
margen sin mayor perjuicio). Ideas al respecto?
E.
Nota:
[1] Ejemplo al azar: Rueppel, R.A. `Linear Complexity and Random
Sequences', in F. Pichler, ed., "Advances in Cryptology -
EUROCRYPT 85", Lecture Notes in Computer Science 219, Berlin,
Springer-Verlag, 1985, pp.167-188
--
``Izena duen guzia omen da.''
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