[Solar-general] sadio- colegio profesional en entre rios

Gerardo Diaz gerardodiaz en hotmail.com
Mie Nov 26 17:35:23 CET 2003


----- Original Message -----
From: "Martin Olivera" <martin_olivera en yahoo.com.ar>
Sent: Wednesday, November 26, 2003 4:56 PM
Subject: RE: [Solar-general] sadio- colegio profesional en entre rios


> --- Manuel Fernando Aller escribió: > Si me
> garantizan que me va a evaluar una persona con
> > (mínimos)
> > conocimientos de *Nix, TCP/IP, arquitecturas
> > cliente/servidor, entonces
> > no tengo problema.
>
> Sabes cual es? no te van a evaluar, te van a cobrar...
> pagá y podras ejercer...

Bueno, parece que se va a debatir ahora. En esa línea,
yo acabo de leer el texto. Algo que me llama la atención
es el párrafo que dice:

"la legislatura de la provincia de Entre Rios SANCIONA CON
FUERZA DE LEY: Colegio Profesional de Ciencias Informaticas
de la Provincia de Entre Rios" (todo en mayúsculas en el original).


Esto no es un tema menor, cualquiera que ejercite la profesión
en la provincia según lo establece el criterio indicado por la ley, y
sin estar matriculado, se convierte automáticamente en un infractor
y eventualmente algo más grave aún. Y esto, sucede está sucediendo
HOY, ALLÍ y AHORA!

Algo que no sé, no recuerdo haber visto en el texto de la ley
13016 (propuesta y frenada en la pcia de Bs As), y que me
parece  extremadamente importante, es la reserva de un coto
específico y explícito:

"ARTICULO 9: Exigencia profesional. Los entes interestatales
- en jurisdicción provincial - , la Administración Pública
Nacional, Provincial y Municipal, centralizada o descentralizada,
entidades autárquicas, Empresas del Estado, Sociedades del
Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal,
Sociedades de Economía Mixta, Bancos, y Entidades Financieras
Oficiales - nacionales, provinciales, municipales - y todo otro
ente en que el Estado o sus entidades descentralizadas tenga
participación en el capital o en la formación de decisiones
societarias, a los efectos de la realización de trabajos, servicios
o tareas propias de las profesiones aquí reglamentadas, exigirán
como condición indispensable la intervención de profesionales
con título habilitante para el caso debidamente matriculados
mediante inscripción en el Registro Oficial de profesionales
del Colegio de Profesionales de Ciencias Informáticas de la
Provincia de Entre Ríos. "

Quiero traer una reflexión de hace algunos meses, algunas
correspondencias intercambiadas con Fernando Pisani, donde
coincidíamos en que a una ley, solo se la puede frenar... con
otra ley. Fernando redactó un borrador que creo que aún se
puede rescatar, y discutir. No es una tarea fácil, por cierto,
porque como decía Federico Heinz, está el camino plagado de
gente agazapada. En fin. El tema está que arde, sobre
todo para los amigos de ER, que a esta altura, deben estar
haciendo cola para matricularse (?) y eso si se enteraron.

Lo que urge entonces,  es:

-terminar de constituir la comisión.
-apoyar la movida de repudio que encabezó SADIO!
-peticionar a las autoridades haciendo uso de nuestros
legítimos derechos fundamentales.

... claro, no sé si en ese orden.