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Walter Omar Autalán runlevel4 en gmx.net
Sab Dic 20 13:26:45 CET 2003


Gonzalo Nemmi wrote:
> El sáb, 20 de 12 de 2003 a las 08:12, Daniel Olivera escribió:
> 
> Y por otra parte, el hecho de no ser autor penalmente responsable de los
> delito descriptos mas arriba, no quiere decir que esta persona no vaya a
> tener que responder civilmente por los daños que le causo a la empresa a
> la que le mando los correos infectados. O sea, va a tener que pagar por
> la plata que le hiso perder a la empresa durante todo el tiempo en que
> las máquinas estuvieron inutilizadas, por los servicios técnicos que
> esta empresa tuvo que consumir para reparlas, por los abogados,
> etc,etc,...
sin estar en el tema del derecho, sería entonces que la persona tiene 
responsabilidades civiles pero no penales en este caso. Es así?