GPL y propiedad intelectual
Estuve mirando un interesante artículo en barrapunto donde se discutia cómo debia hacerse para que una creación de cualquiera pueda licenciarlo como GPL. Llevando la discusión a nuestro medio, la GPL tiene validez legal en el gran pais del norte, pero ¿cómo se valida eso en Argentina y que sea legal a nuestras leyes? ¿alguien tiene idea al respecto?. Saludos
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El Mar 09 Mar 2004 09:06, Luis Alberto Reyna escribió:
Estuve mirando un interesante artículo en barrapunto donde se discutia cómo debia hacerse para que una creación de cualquiera pueda licenciarlo como GPL. Llevando la discusión a nuestro medio, la GPL tiene validez legal en el gran pais del norte, pero ¿cómo se valida eso en Argentina y que sea legal a nuestras leyes? ¿alguien tiene idea al respecto?.
Saludos
Excelente pregunta! Creo que acá tenemos a dos personas (por lo menos) que pueden hablar mucho del tema (Federíco y Enrique). Si pudieran aportar, tienen por lo menos, un lector atento. - -- ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Prof. Román Gelbort Tecnologías de la Información y la Comunicación - Márketing Usuario Linux: #345633 - Buenos Aires - Argentina [email protected] ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.1 (GNU/Linux) iD8DBQFATcMpSZECkoVgAdgRAr/eAKCAG1uG11etdH0u2llucsAqplKtrwCePsJC kqaev7Tdz8tjRHd2Dg6lFDM= =C9C6 -----END PGP SIGNATURE-----
On Tue, 9 Mar 2004 09:06:21 -0300, Luis Alberto Reyna wrote
Estuve mirando un interesante artículo en barrapunto donde se discutia cómo debia hacerse para que una creación de cualquiera pueda licenciarlo como GPL. Llevando la discusión a nuestro medio, la GPL tiene validez legal en el gran pais del norte, pero ¿cómo se valida eso en Argentina y que sea legal a nuestras leyes? ¿alguien tiene idea al respecto?.
Saludos
es legal en argentina, es derecho internacional
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-- Diego Saravia [email protected]
Content-Type: multipart/signed; protocol="application/pgp-signature"; micalg="pgp-sha1"; boundary="=.:FOr,Eh'+SHE.'" --=.:FOr,Eh'+SHE.' Content-Type: text/plain; charset=ISO-8859-1 Content-Transfer-Encoding: quoted-printable On Tue, 9 Mar 2004 09:06:21 -0300 "Luis Alberto Reyna" <[email protected]> wrote: LAR> Estuve mirando un interesante art=EDculo en barrapunto donde se LAR> discutia c=F3mo debia hacerse para que una creaci=F3n de cualquiera pu= eda LAR> licenciarlo como GPL. LAR> Llevando la discusi=F3n a nuestro medio, la GPL tiene validez legal en LAR> el gran pais del norte, pero =BFc=F3mo se valida eso en Argentina y que LAR> sea legal a nuestras leyes? =BFalguien tiene idea al respecto?. LAR>=20 LAR> Saludos Advertencia previa: IANAL! simplemente, un investigador del tema. Por lo tanto, tomen con pinzas lo que digo. En caso de duda acuciante, consulten a un abogado (bueno, que los hay si uno busca puntillosamente). El tema no ha sido (a=FAn) estudiado con el detalle que merece. Este no es un fen=F3meno particular a la GPL, sino que envuelve en mayor o menor=20 medida a todos los `contratos inform=E1ticos'. La GPL es un _contrato_de_licencia_ . Como tal, si se ejecuta en el pa=EDs, queda subordinado a las leyes nacionales (CC, Art.1209). El derecho del (dador | acreedor | licenciante) se basa en lo establecido en la ley de derechos de autor (11723). A diferencia de lo que se comenta en alguno de los `posts' de Barrapunto, para nuestra ley la cesi=F3n gratuita de derechos de uso, reproducci=F3n, etc. de un programa no ser=EDa `donaci=F3n' (CC, Art 1791 inc.8), pero habr=EDa que esperar alguna interpretaci=F3n jurisprudencial sobre ello. Si podr=EDan considerarse, aunque tal vez medio retorcidamente, contratos de comodato (CC, Lib.II Sec.III Tit.XVII). En principio, no habria obst=E1culo para la aplicabilidad de la GPL en la Argentina, desde el punto de vista del derecho de autor y de la ley que rige los contratos. Parecer=EDa objetable parcialmente si se la analiza desde el punto de vista de la Ley de Defensa del Consumidor. En efecto, esta =FAltima: - No permite la exclusi=F3n de responsabilidad por da=F1os - Su reglamentaci=F3n (Res. 906/98 Sec.Ind.,Com. y Min.)exige que los=20 contratos y la garant=EDa est=E9n escritos en espa=F1ol. Sin embargo, la LDC no es aplicable a las trasmisiones a t=EDtulo gratuito, y habr=EDa que analizar muy detalladamente si un contrato de licencia de software encaja en los alcances de la Ley (no conozco la existencia de jurisprudencia en la materia, pero eso no quiere decir que no haya). De resultar aplicable en este =FAltimo caso, algunas cl=E1usulas de la=20 GPL resultar=EDan nulas de nulidad absoluta. Sobre este tema, como digo, queda a=FAn mucho por investigar. Saludos, Enrique --=20 ``Izena duen guzia omen da.'' --=.:FOr,Eh'+SHE.' Content-Type: application/pgp-signature -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.3 (GNU/Linux) iEYEARECAAYFAkBN2xEACgkQjhuyRoeKKly4eACfUFW64MARlAfQltIXkfN2VKyr sSgAoNA8BacXyP03UnCnPNmu6XRsap+j =mf6w -----END PGP SIGNATURE----- --=.:FOr,Eh'+SHE.'--
-----BEGIN PGP SIGNED MESSAGE----- Hash: SHA1 El Mar 09 Mar 2004 11:56, Enrique A.Chaparro escribió:
Content-Type: multipart/signed; protocol="application/pgp-signature"; micalg="pgp-sha1"; boundary="=.:FOr,Eh'+SHE.'"
--=.:FOr,Eh'+SHE.' Content-Type: text/plain; charset=ISO-8859-1 Content-Transfer-Encoding: quoted-printable
On Tue, 9 Mar 2004 09:06:21 -0300 "Luis Alberto Reyna" <[email protected]> wrote:
LAR> Estuve mirando un interesante art=EDculo en barrapunto donde se LAR> discutia c=F3mo debia hacerse para que una creaci=F3n de cualquiera pu= eda LAR> licenciarlo como GPL. LAR> Llevando la discusi=F3n a nuestro medio, la GPL tiene validez legal en LAR> el gran pais del norte, pero =BFc=F3mo se valida eso en Argentina y que LAR> sea legal a nuestras leyes? =BFalguien tiene idea al respecto?. LAR>=20 LAR> Saludos
Advertencia previa: IANAL! simplemente, un investigador del tema. Por lo tanto, tomen con pinzas lo que digo. En caso de duda acuciante, consulten a un abogado (bueno, que los hay si uno busca puntillosamente).
El tema no ha sido (a=FAn) estudiado con el detalle que merece. Este no es un fen=F3meno particular a la GPL, sino que envuelve en mayor o menor=20 medida a todos los `contratos inform=E1ticos'. La GPL es un _contrato_de_licencia_ . Como tal, si se ejecuta en el pa=EDs, queda subordinado a las leyes nacionales (CC, Art.1209). El derecho del (dador | acreedor | licenciante) se basa en lo establecido en la ley de derechos de autor (11723).
A diferencia de lo que se comenta en alguno de los `posts' de Barrapunto, para nuestra ley la cesi=F3n gratuita de derechos de uso, reproducci=F3n, etc. de un programa no ser=EDa `donaci=F3n' (CC, Art 1791 inc.8), pero habr=EDa que esperar alguna interpretaci=F3n jurisprudencial sobre ello. Si podr=EDan considerarse, aunque tal vez medio retorcidamente, contratos de comodato (CC, Lib.II Sec.III Tit.XVII).
En principio, no habria obst=E1culo para la aplicabilidad de la GPL en la Argentina, desde el punto de vista del derecho de autor y de la ley que rige los contratos. Parecer=EDa objetable parcialmente si se la analiza desde el punto de vista de la Ley de Defensa del Consumidor. En efecto, esta =FAltima: - No permite la exclusi=F3n de responsabilidad por da=F1os - Su reglamentaci=F3n (Res. 906/98 Sec.Ind.,Com. y Min.)exige que los=20 contratos y la garant=EDa est=E9n escritos en espa=F1ol. Sin embargo, la LDC no es aplicable a las trasmisiones a t=EDtulo gratuito, y habr=EDa que analizar muy detalladamente si un contrato de licencia de software encaja en los alcances de la Ley (no conozco la existencia de jurisprudencia en la materia, pero eso no quiere decir que no haya). De resultar aplicable en este =FAltimo caso, algunas cl=E1usulas de la=20 GPL resultar=EDan nulas de nulidad absoluta. Sobre este tema, como digo, queda a=FAn mucho por investigar.
Saludos,
Enrique
Buen punto para estudiar. Se lo voy a pasar a un boga amigo, a ver si se copa y lo empiezo a enganchar en el tema. Es el mismo que está esperando por la charla sobre copywright! Por otro lado... qué codificación estás usando que el documento salió así de destruído? :-) - -- ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Prof. Román Gelbort Tecnologías de la Información y la Comunicación - Márketing Usuario Linux: #345633 - Buenos Aires - Argentina [email protected] ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.1 (GNU/Linux) iD8DBQFAThGCSZECkoVgAdgRAmQvAJ4oG6ABBiJOIH91HPwn7k9OND1NqwCbB4S2 yMmu+QWNMP2jbIa7U09x0RU= =jVQs -----END PGP SIGNATURE-----
Content-Type: multipart/signed; protocol="application/pgp-signature"; micalg="pgp-sha1"; boundary="=.'xnJZ9hm29IaL," --=.'xnJZ9hm29IaL, Content-Type: text/plain; charset=ISO-8859-1 Content-Transfer-Encoding: quoted-printable On Tue, 9 Mar 2004 15:48:34 -0300 El Profe <[email protected]> wrote: [...snip...] EP> Por otro lado... qu=E9 codificaci=F3n est=E1s usando que el documento s= ali=F3 EP> as=ED de destru=EDdo? :-) EP>=20 ISO8859-1, tal como se indica en el Content-Type al comienzo del respectivo `boundary'. Alguna locura del Exim al reencapsular el mensaje? Porque la estructura que quedo es: Headers Este boundary lo puso Exim --> =3D=3D=3D1967295350=3D=3D Este era el boundary original --> --=3D.:FOr,Eh'+SHE.' Texto del mensaje Este era el boundary original --> --=3D.:FOr,Eh'+SHE.' Firma digital Este era el cierre original --> --=3D.:FOr,Eh'+SHE.' Este boundary lo puso Exim --> =3D=3D=3D1967295350=3D=3D Pie (.signature) de la lista Cierre que puso Exim --> =3D=3D=3D1967295350=3D=3D Parece que se le reviraron los tantos cuando quedaron definiciones de content-type fuera de los limites. Not my MUA, anyways... ;) Enrique --=20 ``Izena duen guzia omen da.'' --=.'xnJZ9hm29IaL, Content-Type: application/pgp-signature -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.3 (GNU/Linux) iEYEARECAAYFAkBN9L4ACgkQjhuyRoeKKlzyEwCfbpqW7XgrjT6rsB2wul/zbA8N VmwAn1bVxIEdRhbAyg7luw8jtZDmiDaw =jnJ+ -----END PGP SIGNATURE----- --=.'xnJZ9hm29IaL,--
El Tue, 9 Mar 2004 13:45:41 -0300 Enrique A.Chaparro <[email protected]> escribió:
Content-Type: multipart/signed; protocol="application/pgp-signature"; micalg="pgp-sha1"; boundary="=.'xnJZ9hm29IaL,"
--=.'xnJZ9hm29IaL, Content-Type: text/plain; charset=ISO-8859-1 Content-Transfer-Encoding: quoted-printable
On Tue, 9 Mar 2004 15:48:34 -0300 El Profe <[email protected]> wrote:
ISO8859-1, tal como se indica en el Content-Type al comienzo del respectivo `boundary'. Alguna locura del Exim al reencapsular el mensaje? Porque la estructura que quedo es:
Hola: El problema no es de tu Exim, es del mailman de la lista. Todos los mensajes que vienen con adjuntos los "encapsula" en un adjunto más grande, el header: Content-Type: multipart/mixed; boundary="===============1646937606==" Eso no sería ningún problema, salvo que agrega un "\n" demás (a ciertos mensajes), por lo que la definición MIME del adjunto (o mejor dicho, parte del mensaje), por lo que cualquier MUA lo entenderá como parte del mensaje y no algo "informativo". Una solución posible sería no enviar adjuntos (como el SMIME). -- Atentamente, yo <Matías> CookBookXML: http://nnss.d7.be/~matias/CookBookXML/bin http://www.nnss.d7.be http://savannah.gnu.org/projects/tasklist
Content-Type: multipart/signed; protocol="application/pgp-signature"; micalg="pgp-sha1"; boundary="=.dm2lyp3b+U_HOM" --=.dm2lyp3b+U_HOM Content-Type: text/plain; charset=ISO-8859-1 Content-Transfer-Encoding: quoted-printable On Tue, 9 Mar 2004 16:39:31 -0300 Matias <[email protected]> wrote: M> Hola: M> El problema no es de tu Exim, es del mailman de la lista. Todos M> los M> mensajes que vienen con adjuntos los "encapsula" en un adjunto m=E1s M> grande, el header: Matias, Diagn=F3stico correcto (al menos, viendo los sources de los mensajes), pero me parece que el culpable es Exim (el MUA que maneja la lista y le hace de front-end de entrada y salida al Mailman). Para el caso, Exim 3.36 #1 (Debian). Lo digo porque estas rarezas me estan sucediendo _solo_ con servidores que usan Exim 3.35 y 3.36; tal vez se trate de una misteriosa `mala onda' entre Exim y sylpheed. Respondi `offtopicamente' a la lista porque por ahi seria bueno que nuestro admin le pegara una revisada al asunto, y eventualmente actualizar el Exim (oficialmente `` All versions of exim previous to version 4.x are now considered obsolete and everyone is strongly recommended to upgrade to a current release.'') Saludos, Enrique --=20 ``Izena duen guzia omen da.'' --=.dm2lyp3b+U_HOM Content-Type: application/pgp-signature -----BEGIN PGP SIGNATURE----- Version: GnuPG v1.2.3 (GNU/Linux) iEYEARECAAYFAkBPo/sACgkQjhuyRoeKKlz11QCdEdgfVjjlJoZCWW/66u4GxXAy Z5AAnROSaBX0Ee5g+HUaf5hK6W6q5a9x =0+T+ -----END PGP SIGNATURE----- --=.dm2lyp3b+U_HOM--
Enrique A.Chaparro dijo:
Respondi `offtopicamente' a la lista porque por ahi seria bueno que nuestro admin le pegara una revisada al asunto, y eventualmente actualizar el Exim (oficialmente `` All versions of exim previous to version 4.x are now considered obsolete and everyone is strongly recommended to upgrade to a current release.'') enrique, guenas!!!! dejame ver que se puede hacer, aunque quizas solo este en la cola de paquetes a actualizar ;-) en ourproject se estan realizando unos cuantos cambios en estos ultimos tiempos
abrazos vlady
Saludos,
Enrique
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Vladimir di Fiore