Fwd: Biblioteca para ciegos y ancianos
---------- Forwarded message ---------- From: Cecilia Calvi Date: 2009/6/28 Subject: Biblioteca para ciegos y ancianos *BIBLIOTECA PARA CIEGOS Y ANCIANOS * ** ** *Días atrás buscando en internet alguna alternativa para que una persona que está casi ciega, pudiera escuchar libros grabados en audio, me encontré con esta ONG.- Tienen -grabados en CDs- cerca de 900 libros de textos, novelas, cuentos, obras de teatro, programas radiales etc., y en varios idiomas, todas ellas leídas por narradores profesionales, cuando no por sus propios autores, tal es el caso de Borges, Neruda, Benedetti, entre otros. Los mismos no se venden, ni se alquilan, los prestan !!!.- Para acceder a ello, deben asociarse mediante el pago de $10 mensuales.. Los libros que eligen se los envían por correo y también se devuelven del mismo modo La ONG fue creada por un contador que tiene una enfermedad autoinmune y que a esta altura del partido tiene solamente un 10% de visión y está dirigida a personas con alguna discapacidad visual, motriz o neurológica como así también para personas de la tercera edad.- Cuando hablé telefónicamente con ellos, les pregunté como podía ayudarlos ya que su obra me parece fantástica y me dijeron que **necesitaban difusión* * .. Este es el motivo por el cual les estoy enviando este e'mail, con la esperanza que en algun momento que puedan, lean la información que ellos me mandaron y que figura más abajo o entren en la página de internet, vean lo que hacen y lo difundan entre sus conocidos. Casi todos deben tener cerca a alguien que ya no puede leer y esta posibilidad les abre un panorama maravilloso. Los datos de la ONG: CICALE - Biblioteca Especial de Libros E.Mail: [email protected]<http://ar.f610.mail.yahoo.com/ym/[email protected]> Sitio Web: www.argentinasbest.com/cicale.htm* <http://yourinnerathletewindowslive.com/?locale=es-ar&TXT_TAGLM_WLYIA_takequiz_ar> -- Pablo Manuel Rizzo ------------------------------- http://pablorizzo.com -------------------------------
2009/6/28 Pablo Manuel Rizzo <[email protected]>:
---------- Forwarded message ---------- From: Cecilia Calvi Date: 2009/6/28 Subject: Biblioteca para ciegos y ancianos
BIBLIOTECA PARA CIEGOS Y ANCIANOS
Días atrás buscando en internet alguna alternativa para que una persona que está casi ciega, pudiera escuchar libros grabados en audio, me encontré con esta ONG.- Tienen -grabados en CDs- cerca de 900 libros de textos, novelas, cuentos, obras de teatro, programas radiales etc., y en varios idiomas, todas ellas leídas por narradores profesionales, cuando no por sus propios autores, tal es el caso de Borges, Neruda, Benedetti, entre otros.
Los mismos no se venden, ni se alquilan, los prestan !!!.- Para acceder a ello, deben asociarse mediante el pago de $10 mensuales.. Los libros que eligen se los envían por correo y también se devuelven del mismo modo
muy interesante, y útil..... qué pensará argentores y demás entidades de esto? jejeje me hace acordar cuando quisieron frenar/aplicarcanon al dispositivo que lee libros, no vaya a ser que lo escuche uno que no lo ha comprado igual, en el sitio parece que venden también... dice "consultar"
2009/6/28 Luciano A. Ferrer <[email protected]>:
muy interesante, y útil..... qué pensará argentores y demás entidades de esto? jejeje me hace acordar cuando quisieron frenar/aplicarcanon al dispositivo que lee libros, no vaya a ser que lo escuche uno que no lo ha comprado igual, en el sitio parece que venden también... dice "consultar"
bue, luego leí esta parte... http://www.cicale.org.ar/cima/26285.htm la incluyo acá de paso: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley: CIEGOS Y PERSONAS CON OTRAS DISCAPACIDADES PERCEPTIVAS: ACCESO A LOS MATERIALES PROTEGIDOS POR DERECHO DE AUTOR ARTICULO 1º — Incorpórase a la Ley Nº 11.723, artículo 36 in fine, el parráfo siguiente:Se exime del pago de derechos de autor la reproducción y distribución de obras científicas o literarias en sistemas especiales para ciegos y personas con otras discapacidades perceptivas, siempre que la reproducción y distribución sean hechas por entidades autorizadas. Esta exención rige también para las obras que se distribuyan por vía electrónica, encriptadas o protegidas por cualquier otro sistema que impida su lectura a personas no habilitadas.Las entidades autorizadas asignarán y administrarán las claves de acceso a las obras protegidas.No se aplicará la exención a la reproducción y distribución de obras que se hubieren editado originalmente en sistemas especiales para personas con discapacidades visuales o perceptivas, y que se hallen comercialmente disponibles. A los fines de este artículo se considera que: - Discapacidades perceptivas significa:discapacidad visual severa, ampliopía, dislexia o todo otro impedimento físico o neurológico que afecte la visión, manipulación o comprensión de textos impresos en forma convencional. - Encriptadas significa:cifradas, de modo que no puedan ser leídas por personas que carezcan de una clave de acceso.El uso de esta protección, u otra similar, es considerado esencial a fin de la presente exención, dado que la difusión no protegida podría causar perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor, o ir en detrimento de la explotación normal de las obras. - Entidad autorizada significa:un organismo estatal o asociación sin fines de lucro con personería jurídica, cuya misión primaria sea asistir a ciegos o personas con otras discapacidades perceptivas. - Obras científicas significa:tratados, textos, libros de divulgación, artículos de revistas especializadas, y todo material relativo a la ciencia o la tecnología en sus diversas ramas. - Obras literarias significa:poesía, cuento, novela, filosofía, historia, ensayos, enciclopedias, diccionarios, textos y todos aquellos escritos en los cuales forma y fondo se combinen para expresar conocimientos e ideas de interés universal o nacional. - Personas no habilitadas significa:que no son ciegas ni tienen otras discapacidades perceptivas. - Sistemas especiales significa:Braille, textos digitales y grabaciones de audio, siempre que estén destinados exclusivamente a las personas a que se refiere el párrafo anterior. - Soporte físico significa:todo elemento tangible que almacene voz en registro magnetofónico o digital, o textos digitales; por ejemplo, cassettes, discos compactos (CD), discos digitales versátiles (DVD) o memorias USB.Las obras reproducidas y distribuidas en sistemas especiales deberán consignar:los datos de la entidad autorizada, la fecha de la publicación original y el nombre de la persona física o jurídica a la cual pertenezcan los derechos de autor.Asimismo, advertirán que el uso indebido de estas reproducciones será reprimido con pena de prisión, conforme el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SIETE. —REGISTRADO BAJO EL Nº 26.285— ALBERTO E.BALESTRINI.— JOSE J.B.PAMPURO.— ENRIQUE HIDALGO.— JUAN H. ESTRADA.
El Sun, 28 Jun 2009 18:38:36 -0300 "Luciano A. Ferrer" <[email protected]> escribió:
2009/6/28 Luciano A. Ferrer <[email protected]>:
muy interesante, y útil..... qué pensará argentores y demás entidades de esto? jejeje me hace acordar cuando quisieron frenar/aplicarcanon al dispositivo que lee libros, no vaya a ser que lo escuche uno que no lo ha comprado igual, en el sitio parece que venden también... dice "consultar"
bue, luego leí esta parte... http://www.cicale.org.ar/cima/26285.htm
la incluyo acá de paso:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley:
CIEGOS Y PERSONAS CON OTRAS DISCAPACIDADES PERCEPTIVAS:
ACCESO A LOS MATERIALES PROTEGIDOS POR DERECHO DE AUTOR
ARTICULO 1º — Incorpórase a la Ley Nº 11.723, artículo 36 in fine, el parráfo siguiente:Se exime del pago de derechos de autor la reproducción y distribución de obras científicas o literarias en sistemas especiales para ciegos y personas con otras discapacidades perceptivas, siempre que la reproducción y distribución sean hechas por entidades autorizadas.
hasta antes de esta ley todas estas bibliotecas (incluso las que pasan a braile los libros) estaban operando en la ilegalidad, y internet la cosa se complica mas, en las recientes jornadas de derecho de autor que se hicieron en sociales, estuvo Pablo Lecuona de tifolibros, q es no-vidente, contando que se intenta al menos dar a este tipo de excepciones un caracter de tratado internacional, pero la ompi se resiste a todo, porque por el camino de las excepciones, tambien podrian entrar excepciones educativas, y eso parece que suena muy peligroso.. tambien estuvieron de la asociaciones de bibliotecarios, es increible la cantidad de cosas basicas que los bibliotecarios tienen en su actividad corriente en una biblioteca, que en rigor, son ilegales!
participants (3)
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Luciano A. Ferrer -
minombresbond -
Pablo Manuel Rizzo