Hola : la rúbrica de libros es un trámite posterior a la obtención de la personería jurídica en la Inspección General de Justicia. Saludos Ariel Alegre ----- Original Message ----- From: "Rafael Bidegain" <[email protected]> To: "La lista de todos y todas en solar" <[email protected]> Sent: Tuesday, December 09, 2003 12:04 AM Subject: Re[2]: [Solar-general] acta fundacional, estatuto
Hola Verox, Lista
Monday, December 8, 2003, 8:46:28 PM, escribiste:
VX> El lun, 08-12-2003 a las 22:42, Rafael Bidegain escribió:
Hola Lista.
No tengo claro quien debe redactar el acta fundacional, o si debemos llamar a una asamblea para ello.
VX> Creo que debemos apenas tengamos la CD constituida VX> armar una asmablea fundacional, donde:
VX> se aprueba el estatuto, se da ok a la CD y VX> se redacta el acta fundacional que te pide la misma VX> IGJ para la inscripcion. ok
VX> (La IGJ pide copia de acta funacional, VX> el libro de actas rubricado, el estatuto VX> rubricado). no falta el domicilio legal para esto? como estamos de fondos para comprar los libros? quien los rubrica? cuanto cuesta?
VX> Si ya podemos programar VX> cuando vamos a tener los ultimos resultados de vocales VX> tendrÃamos que pensar en poner un dÃa y listo. VX> Cuanto antes que hay muy poco tiempo para la VX> inscripcion (y no creo que sea una asablea más VX> lo que nos demore). ya modificamos el cronograma una vez, yo creo que antes de modificarlo otra vez hay que hacer un cronograma y actuar en funcion del mismo.
VX> Verox. /*Rafael*/
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