El jue, 12-02-2004 a las 15:52, Manuel Fernando Aller escribió:
El jue, 12-02-2004 a las 15:17, Roberto G. Puentes Diaz escribió:
Hola, alguien me puede decir como es el tema de XANDROS y la GPL???? (Lo mismo podria preguntar por LINDOWS)
GNU/LINUX es GPL y del es deriban muchas DISTROS.... Aunque XANDROS u otro implementen soluciones propietarias sobre su linux, no deberia liberar la parte que tomaron de GNU??? No están obligados, si a vos te dan algo licenciado por GPL tienen la obligacion de darte los fuentes, o manera de acceder a ellos. En ningún lado dice la GPL que si modificás algo DEBES distribuirlo. Te da la libertad de hacerlo.
EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES PARA COPIA, MODIFICACION Y DISTRIBUCION DE LA GPL NOS DICE INGLES ----------------------------------------------------------------------- 3. You may copy and distribute the Program (or a work based on it, under Section 2) in object code or executable form under the terms of Sections 1 and 2 above provided that you also do one of the following: * a) Accompany it with the complete corresponding machine-readable source code, which must be distributed under the terms of Sections 1 and 2 above on a medium customarily used for software interchange; or, * b) Accompany it with a written offer, valid for at least three years, to give any third party, for a charge no more than your cost of physically performing source distribution, a complete machine-readable copy of the corresponding source code, to be distributed under the terms of Sections 1 and 2 above on a medium customarily used for software interchange; or, * c) Accompany it with the information you received as to the offer to distribute corresponding source code. (This alternative is allowed only for noncommercial distribution and only if you received the program in object code or executable form with such an offer, in accord with Subsection b above.) CASTELLANO ----------------------------------------------------------------------- 3. Usted puede copiar y distribuir el Programa (o un trabajo basado en él, bajo la Sección 2) en código objeto o en forma de ejecutable najo los términos de las secciones 1 y 2 arriba descritas siempre que cumpla los siguientes requisitos: A. Acompañarlo con el correspondiente código fuente legible por la máquina, que debe ser distribuído bajo los términos de las secciones 1 y 2 y en un medio comunmente utilizado para el intercambio de software, o B. Acompañarlo con una oferta escrita, válida por al menos 3 años y para cualquier persona, por un cargo no mayor al costo que conlleve la distribución física del código fuente correspondiente en un medio comunmente utilizado para el intercambio de software, o C. Acompañarlo con la información que usted recibió sobre la oferta de distribución del código fuente correspondiente. (Esta alternativa está permitida sólo para distribución no-comercial y sólo si usted recibió el Programa en código objeto o en forma de ejecutable con tal oferta de acuerdo a la subsección b anterior) ----------------------------------------------------------------------- Saludos, Martin