On Fri, 1 Jul 2005 15:19:37 -0300 (ART), rodolfo garavagno wrote
LOS DERECHOS DE AUTOR SON ABSTRACTOS, HE AHÍ UNO DE LOS PRINCIPALES PROBLEMAS PARA ESTABLECER LEGISLACIONES EFECTIVA.
El derecho de autor tiene su nacimiento en la Convención de Berna, y tiene como basamento de aplicación una célebre y efectiva anégdota que demuestra en forma muy practica su concepción. Dos compositores tomaban el té con masas en una concurrida confitería. Mientras tanto, una orquesta de esas que ambientan los lugares de tertulia, ejecutaba obras de ellos. Cuando el mesero se acercó a la mesa a cobrar la adición, ambos compositores se negaron a pagar. El argumento era totalmente lógico y válido: "Somos los autores de las obras que está ejecutando la orquesta. Si el propietario de este lugar nos paga LO QUE NOS PERTENECE COMO PROPIETARIOS DE ESAS OBRAS, nosotros no tendremos ningún problema en pagar la adición de esta mesa".
Totalmente en desacuerdo con este articulo. Baste comenzar con la idea de propiedad de las obras nadie puede apropiarse exclusivamente de una obra. Simplemente porque hay infinidad de instancias en las que la obra se esta ejecutando. Y por lo tanto no es materialmente posible ser dueño de ellas. El concepto de propiedad no tiene sentido aplicado a las ideas. Lo que no quiere decir que la sociedad no pueda asignar derechos a los autores de las obras. Bien, entonces la discusion es que derechos y por cuanto tiempo los pueden ejercer. La discusion por ejemplo en venezuela es si se permite a las empresas tomar posesion de esos derechos, o si los mismos son intransferibles, etc etc. Por otra parte el soft es un caso especial. Porque asignar derechos sobre los binarios???, si estos no son obra intelectual. Bueno hay mucho para discutir. Diego Saravia [email protected]