El 19/07/06, Santiago Roza<[email protected]> escribió:
es curioso que ese sea tu verdadero interes, porque en los ultimos mensajes te dedicaste mas a ironizar (con muy poco exito por cierto) sobre nuestras practicas, que a aprender sobre eso es una impresion tuya, en ningun momento ironice sobre lo que creo es una cuestion muy seria.
los puntos contemplados en los articulos 8 y 9 del estatuto de solar no son frecuentes ni menores de alli la importancia del tema.
desde cuando no es frecuente que el estatuto de una asociacion civil prevea sanciones??
lo que no son frecuente son las sanciones.
vos leiste el estatuto de esta asociacion en la que participas? http://wiki.gleducar.org.ar/wiki/index.php/Estatuto_de_la_Asociaci%C3%B3n_Ci... a) no lei ese estatuto. b) no soy asociado de esa organizacion (pese a que la considero el mejor proyecto relacionado con SL de la República Argentina) c) no tengo conocimiento de ninguna sancion en esa organizacion. d) no pregunté si alguien fue sancionado. e) participo en otras listas de otras organizaciones de SL que tambien tienen un paraguas legal y tampoco se de sancionados.
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