Diego Saravia wrote:
El sitio Jujuy.com deberá pagar $40 mil por daño moral a un matrimonio que fue injuriado por un mensaje publicado en su Libro de visitas. Así lo determinó la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de San Salvador de Jujuy. El mensaje anónimo hacía referencia a un potencial adulterio de la mujer. La justicia consideró que el portal es un medio de comunicación -hay un autor y un editor- y que la energía informática es como la energía eléctrica. Por lo tanto cabe la aplicación de los art. 2.311 y 1.113 del Código Civil, que obliga a los demandados a resarcir los daños.
Es un fallo de primera instancia?, verdad?. Seguro que hay apelacion, y es posible que pueda llegar a la Corte. Hay que estar atento a estas cosas porque generan jurisprudencia y eso a veces termina en ley o decreto :D Rober