28 Feb
2004
28 Feb
'04
8:21 p.m.
Leandro H. Fernández wrote:
Perfecto, entonces ahí queda claro. Pero el autor original debería registrar el código de su software en el país donde reside para asegurarse el derecho a hacer lo que quiera luego.
Yeap. Siempre que sea copyright privativo, vos haces lo que quieras, dentro del marco legal. La GPL, para dar libertar, debe evitar el libertinaje (estableciendo algunos deberes), asi que no se podria hacer cualquier cosa.. Cuando Diego expreso : su autor original puede hacer lo que se le cante No creo que se refiera a los fines practicos, ya que la GPL, dentro de la libertar que otorga a "todos", impone unas obligaciones..... Salu2 a to2 rober