On 7/19/06, Rafael Bidegain <[email protected]> wrote:
en ningun momento generalice mi afirmacion, eso es cosa tuya.
claro que es cosa mia. vos diste un calificativo despectivo hacia una situacion en particular, y yo te recorde que lo que estabas despreciando era una condicion general a casi todo el sistema legal.
te recuerdo que vos desviate el tema al pedir mi opinion.
te pedi que la explicitaras, ya que implicitamente ya la habias dejado entrever, a traves de tus observaciones y el tono. o sea que no pedi nada nuevo, ni abri un tema diferente del que ya habias insinuado.
y de alli salio la calificacion de trucha de la asamblea, pero no estabamos hablando de esto.
nadie te obligo a calificar a nuestra asamblea como "trucha", asi que en todo caso los dos desviamos el tema, y en ambos casos voluntariamente. de todos modos si queres seguir con otro tema, no hace falta mas que decirlo, sin perder cuatro mensajes determinando quien empezo con que.
reitero la razon de mi interes en este tema: hay organizaciones de SL que estan planeando regularizar su situacion legal, para esto considero importante el antecedente de solar.
es curioso que ese sea tu verdadero interes, porque en los ultimos mensajes te dedicaste mas a ironizar (con muy poco exito por cierto) sobre nuestras practicas, que a aprender sobre cuales eran.
los puntos contemplados en los articulos 8 y 9 del estatuto de solar no son frecuentes ni menores de alli la importancia del tema.
desde cuando no es frecuente que el estatuto de una asociacion civil prevea sanciones?? vos leiste el estatuto de esta asociacion en la que participas? http://wiki.gleducar.org.ar/wiki/index.php/Estatuto_de_la_Asociaci%C3%B3n_Ci... -- Santiago Roza Proyecto Tiny ERP Argentina Departamento I+D - Thymbra [email protected]