| El termino "software propietario" refiere a casi todo el software | salvo aquel que esta en dominio publico y la legislacion de este | exime al autor de derechos patrimoniales.
| La propiedad no es el problema del software sino las privaciones | acorde a terminos legales que impone su uso a la sociedad. | Todo software tiene una propiedad, incluido el libre, dado que los | derechos patrimoniales de paternidad en este ultimo son retenidos | por el autor, cediendo otros relativos al ambito de uso.
claro que la aporpiacion particular, o propiedad privada, como prefieras es el problema los autores deben tener derechos con relaciona al software que crean, pero esos derechos no son asimilables a la propiedad que puede constituirse con los bienes fisicos. o sea derechos morales de autor mas otros derechos SI, derechos patrimoniales NO
| | Es mejor usar el termino "privativo".
no necesariamente, ambos terminos tienen connotaciones interesantes a mi me gusta mas propietario porque ataca la base del problema: la propiedad privada y la apropiacion particular del conocimiento. el otro concepto privativo, que priva derechos tambien es bueno, pero en definitiva es una privacion del derecho de terceros basada en la propiedad de un particular, asi que es un termino derivado me quedo con el primero, aunque el segundo quizas sintacticamente sea mejor. ABAJO LA PROPIEDAD PRIVADA DE LOS MEDIOS DE PRODUCCION, viva la propiedad publica de los medios de produccion ABAJO LA APROPIACION PRIVADA DEL CONOCIMIENTO, viva el conocimiento libre -- Diego Saravia [email protected] NO FUNCIONA->[email protected]