16 Sep
2009
16 Sep
'09
7:13 p.m.
2009/9/16 Santiago Roza <[email protected]>:
no es correcto eso. para publicar tus contribuciones bajo (por ejemplo) lgpl, lo unico que necesitan es que se las entregues / publiques bajo lgpl, NO que les transfieras el copyright completo. solo necesitan que les transfieras el copyright para poder publicarlas tambien bajo otras licencias, distintas de aquellas en la que vos lo publicaste.
OK, para publicar es como decis vos. No fui claro. Si ademas de publicar ellos quieren poder defender el software ante una demanda, si necesitan la titularidad de los derechos de PI, tal como hace la FSF.