Desconozco la respuesta, pero me quito el sombrero ante tu pregunta. Ojala tu licencia sea factible legalmente. Un fuerte saludo, Vicente On Wed, 2003-07-16 at 23:25, I.R.Maturana wrote:
Hola
Hago una pregunta (y encantado si degenera en debate) y aprovecho aquí porque creo realmente que puede ser interesante para copyleft y copyvisuales.
Además, he visto que Leo sabe del tema, y es además puntilloso:) Eso es bueno, es raro por lo que obliga a ser preciso, y por todo eso me gustaría mucho escuchar su reacción.
La pregunta es:
¿Tiene sentido establecer una licencia cuyo ámbito esté "limitado" al espacio virtual de Internet ?
Al hacer esta pregunta, doy por sabido que: - Internet no existe por sí misma, sino por los países que le dan soporte. - Por tanto, ese ámbito designado no tiene "límites", como podrían ser por ejemplo las fronteras legales de un país, o determinada categoría de soportes, etc.
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¿Para qué esa pregunta?
El objetivo está en "restringir" el derecho de copia, modificación, etc, a Internet -- Dicho de otro modo, se trata de autorizar hacer lo que quieras con una obra, mientras el resultado "no salga de Internet", o más exactamente, mientra no "penetre el espacio legal" de ningún país.
Concretamente, lo permites todo mientras sea para difundir tu obra "en Internet". Pero lo prohibes todo en cuanto se trate de una difusión donde "Internet" no sea parte, porque fuera de Internet, se siguen aplicando todos y cada uno de los derechos de autor sobre la obra.
En la práctica, aplicas una licencia libre en Internet, pero manteniendo la ventaja funcional/comercial/de derechos que consagra la fórmula habitual: "Reservados todos los derechos EN TODOS LOS PAISES"
A esto se puede añadir, o incluso se puede directamente leer: "Esta obra está libre de derechos en Internet" [porque no es ningún país].
Puede que siquiera sea necesario entonces redactar ninguna licencia. A veces me pregunto si esta forma de razonar no estará ya implícita dentro de las propias leyes de Prop.Int. y de la "contradefinición" legal que se hizo de Internet. -- Pero claro: a nadie le suele interesar considerar Internet de esa forma -- y aún menos les suele interesar a los autores de obras proprietarias expuestas en Internet.
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Resumiendo:
Mi planteamiento aprovecha la paradoja legal de Internet, y va con toda la intención del mundo.
No me interesa en este caso tener una "licencia de autor" donde lo importante sea el autor y su obra, y la licencia un mero documento de advertencia.
Lo que me interesa es realmente identificar la noción de "Licencia" con un desarrollo coherente (= potencial) de las propias leyes de propr. intellectual.
Sería una especie de "metalicencia" cuya validez legal ya no dependería del hecho de ser yo mismo un autor, ni tendría esa metalicencia que referirse a una obra necesariamente la mía propia.
En definitiva, me gustaría quitarme la duda de si, con ese tipo de "meta-licencia", en realidad sólo estoy haciendo una "licencia de autor" más, limitada a mi persona, o si al contrario, tengo razones para ir no sólo con toda la intención del mundo, pero además, con todas las de la ley :-)
Un saludo cordial - Natxo
[Nota: no me molestaré si sólo hay silencio por respuesta -- ni siquiera de Leo:) Es que en estos casos, conseguir formular la pregunta, como espero haberlo hecho, creo ¡que se puede considerar todo un éxito!
Y si no es el caso, decídmelo, que lo vuelvo a intentaaaaaaar!! :-D))
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