[Solar-general] [Solar-socios] Contratos y SL

Pablo Manuel Rizzo info en pablorizzo.com
Jue Mayo 13 03:57:34 CEST 2010


2010/5/12 Sebastian Bassi <sbassi en clubdelarazon.org>

>
> > encontre con una clausula en la que todos los derechos de propiedad
> > intelectual pasaban al contratante, no lo quise firmar porque me parece
> > incorrecto (e incumplible, no puedo transferir derechos que no poseo). La
>
> Si es cumplible y bastante "estandar", de hecho si no firmas nada con
> solo establecer una relaci贸n de dependencia, la IP de del empleador,
> aca y en la China. Nada impide que firmes que cedes derechos de algo
> que vas a hacer, por ejemplo cuando vas a escribir un libro con una
> editorial aun no tenes nada escrito y haces un contrato donde cedes
> los derechos de lo que vas a escribir.
> El tema es limitar bien que sea solo lo que codies para ese/esos
> proyectos en particular, y que no trate de apoderarse de todo el
> c贸digo que escribis mientras trabajes ahi. Hubo casos de personas que
> en sus casas codeaban (fuera del horario de laburo) y aportaban ese
> c贸digo como SL, hasta que el patr贸n enforz贸 que el c贸digo era de 茅l.
>
>

Me pas贸 que una empresa multinacional de recursos humanos en la que trabaj茅
como empleado me exigiera cederle la propiedad intelectual de un c贸digo que
aport茅 para un proyecto, sabiendo que el c贸digo formaba parte de un programa
desarrollado por m铆 varios a帽os antes, cuando aun no era empleado de esa
empresa ni de ninguna otra. Me negu茅 y me dijeron que lo registrar铆an igual
como propiedad de la empresa.

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Pablo Manuel Rizzo
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