[Solar-general] Fw: errores tendenciosos

Pablo Poi pablopoilp en gmail.com
Mie Ago 10 17:04:12 CEST 2005


Esta bueno esto, es increíble como abre muchos caminos.
Por ahí estoy equivocado pero si mal no lei entonces puedo hacer lo 
siguiente:
- Modificar o crear una ley (sea nacional, provincial o municipal) agregando 
algo que no había, al modificarla con algo propio, se supone que tengo 
derecho intelectual sobre la obra, esto me daría derecho a cobrar por el uso 
y difusión de la misma.
Como es lógico no, entonces quiere decir que renuncio a mis derechos de 
propiedad intelectual, cualquiera puede dar uso e interpretar y difundir 
cuanto quiera eso que escribí, incluso destruirlo.
También pasa esto:
Cuando se rinde un final en cualquier Universidad Nacional. Renuncio por 
completo a mis derechos de propiedad intelectual.
Bueno otras cosas no me viene ahora a la cabeza.
Pero es increíble, con esto sería sencillo decir que uno es dueño de la 
constitución nacional de un país con una sola modificación.

¿Estoy diciendo ganzadas?


El día 10/08/05, Paolo Stancato <paolodoors en gmail.com> escribió:
> 
> Yo entré sin problemas:
> ------------------------------------------------------------
> ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?
> 
> 
> Mucho se ha hablado del Software Libre, sus cuatro "libertades" y de
> todas sus virtudes, tales como que el software va a ser mejor y muchas
> otras más. En verdad, es innegable que tener acceso a un software con
> su código fuente va a ser beneficioso. También es innegable que poder
> usar programas hechos por otros sin tener que pagar sumas de dinero
> por la licencia va a ser beneficioso. Ahora bien, tanta gratuidad, ¿no
> es al menos meritoria de cierto análisis? ¿Hay que dar algo a cambio
> de acceder al código fuente de un programa ajeno?
> 
> Los programas que se llaman genéricamente como "Software Libre", en su
> mayoría, se distribuyen por una licencia, de la que poco se habla en
> estas latitudes, llamada GNU General Public License (GNU GPL). Esta
> licencia es el medio técnico legal que se utiliza, según quienes los
> distribuyen, para que el software sea siempre libre. Ahora bien, ¿en
> qué consiste esa licencia?
> 
> La licencia GNU GPL es igual a cualquier otra licencia, del programa
> que fuere. El programa licenciado bajo GNU GPL sigue siendo un
> programa con dueño, sólo que con una característica especial. Este
> carácter diferencial es que permite al usuario usar, estudiar,
> modificar y distribuir el programa, lo cual, hasta ahora, es
> fantástico. ¿A quien no le gustaría tener acceso al código fuente de
> un sistema operativo, por ejemplo, para someterlo a los avatares de
> nuestra voluntad? Creemos que los que respondan negativamente a esta
> pregunta serían los menos.
> 
> Sin embargo, las cosas no son tan simples. Es verdad que un programa
> licenciado por la licencia GNU GPL otorga estas "cuatro libertades"
> pero no es a cambio de nada.
> 
> No es a cambio de nada porque como contrapartida de las "cuatro
> libertades" hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en
> que debemos permitir que los usuarios de los programas derivados que
> hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que
> implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones.
> 
> Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona
> recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo
> Linux, va a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa
> persona descubre que hay un faltante en ese programa y decide
> solucionarlo, dedicando sus recursos a esto, deberá distribuir su
> creación, producto de su esfuerzo, concediendo, a cambio de nada,
> estas cuatro libertades.
> 
> Entonces, nos preguntamos ¿qué es lo que diferencia al autor de una
> obra del usuario? La respuesta, para quienes somos algo avezados en el
> tema, es simple, el autor conserva todos los derechos que no conceda.
> De esta manera, el autor puede decidir a quien le permite el uso o no
> y a cambio de qué. Lo mismo ocurre con el derecho a la modificación, a
> la distribución, a la exposición, etc. Ahora bien, si el programa que
> hizo una persona está basado en otro licenciado bajo la licencia GNU
> GPL, ¿qué lo diferencia de los usuarios? La respuesta es compleja, ya
> que existen diferencias, pero ninguna trasladable al plano
> patrimonial.
> 
> Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de
> contenido patrimonial nos diferencia de los usuarios, en los hechos,
> ¿va a ser como si no fuéramos dueños de nuestro programa? La respuesta
> es decepcionante, por lo que, estimados lectores, vamos a dejar que la
> intuyan ustedes mismos.
> 
> La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan
> libre. No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no
> el software que sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL. No es tan
> libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los derechos
> patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras
> derivadas. No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos
> termina ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones.
> 
> Sin embargo, sólo hemos hablado de derechos de autor, es decir, uno de
> los intangibles a proteger en una empresa, pero éstos no son los
> únicos. Al licenciar un programa bajo GNU GPL, lo cual, como hemos
> dicho, es una obligación cuando hablamos de obras derivadas de
> programas licenciados bajo GNU GPL, no sólo se pierden los derechos
> patrimoniales de autor, sino que también se pueden perder muchos más.
> 
> Creemos que no somos nosotros quienes debemos advertir lo dicho
> precedentemente, ya que el mismísimo Eric. S. Raymond (Cofundador de
> la Open Source Initiative), en su obra intitulada "La catedral y el
> Bazar", lo dice mucho más claro de lo que nosotros podríamos hacerlo,
> citando a Fred Brooks: "Muéstreme su código y esconda sus estructuras
> de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y
> generalmente no necesitaré ver su código; resultará evidente''.
> 
> Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido
> patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso.
> 
> Por eso es que recomendamos insistentemente que si para Ud. son de
> algún valor intangibles tales como el código objeto, código fuente,
> rutinas, algoritmos, confidencias, métodos, secretos, macros, know
> how, listas de parámetros, relaciones intermodulares, organización
> específica, diagrama de flujos, etc. tenga cuidado en qué software va
> a elegir.
> 
> Ni el software propietario ni el software libre son gratis. En ambos
> se paga un precio, sólo que en uno se paga un precio que es cierto y
> sabido desde un inicio, en cambio en el otro es incierto, y
> probablemente mucho mayor. Por lo tanto es que sugerimos que antes de
> elegir un tipo u otro de software se pregunte ¿Cuál es el verdadero
> costo del Software Libre?
> 
> El 10/08/05, Diego Saravia<dsa en unsa.edu.ar> escribió:
> > mensaje de la gente de hispalinux
> >
> > no lo puedo leer, si alguien esta registrado
> >
> > ---------- Forwarded Message -----------
> > From: Roberto Santos
> > To: Diego Saravia <dsa en unsa.edu.ar>
> > Cc: hipatia <coordinadores-hipatia en info.hipatia.info>
> > Sent: Wed, 10 Aug 2005 02:31:09 +0200
> > Subject: errores tendenciosos
> >
> > http://www.cityeconomika.com/ar/18/notes,18853.asp
> >
> > Confunde Software Libre con Copyleft, mal interpreta la licencia GPL (en
> > la casuistica de obligación de facilitar el código fuente). confunde
> > libertad con derecho y sobre todo vicia toda la discusión confundiendo
> > "uso" con "obra derivada".
> >
> > No me importa que esté o no de acuerdo con lo que yo pienso pero creo
> > que se debería escribir algo contundente por parte de la Sociedad Civil
> > Argentina que pusiera en su sitio a estos ineptos. Al menos algo que les
> > obligue a que usen la lógica para escribir y no nos tomen a todos por
> > tontos. Luego si aciertan o no en sus pronosticos ya no me preocupa...en
> > el debate está el enriquecimiento :)
> >
> > Abrazos
> > ------- End of Forwarded Message -------
> >
> >
> > --
> > Diego Saravia
> > dsa en unsa.edu.ar
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