[Solar-general] Fw: errores tendenciosos
Pablo Barrera Franco
barrerafranco en gmail.com
Mie Ago 10 16:38:45 CEST 2005
daniel, redirecciona a otros sitios el link que pasa a mi me redirecciona a
el diario el pais.
P>
El día 10/08/05, Diego Saravia <dsa en unsa.edu.ar> escribió:
>
> Roberto, por lo que me comentan el articulo al que apuntas es el clasico
> argumento de carranza, respondido por mi en el anti-carranza y que dio
> lugar
> al debate, que sospecho que esta siendo difundido por la radio-ututo.
>
> ----------------- anticarranza
>
> http://www.solar.org.ar/download/Anticarranza.html
>
> ----------------- radio ututo
> desde http//radio.ututo.org:8000/
>
> Podran sintonizar los siguientes canales
>
> rms.ogg - Conferencias ofrecidas por RMS en castellano e ingles
> saravia.ogg - Conferencias, debates y participaciones de Diego Saravia
> free-music.ogg - Musica que fue liberada usando licencias libres.
>
> ---------------------------------
>
> On Wed, 10 Aug 2005 02:44:05 -0300, Fernando Toledo wrote
> > ja, esta pidiendo abogados en mS? que esta haciendo curriculum?
> > es tan simple..este tipo de gente nunca va a darse que cuenta que
> > uno no renuncia si no que hace participe a otros del
> > conocimiento.... es que nace garca......
> >
> > el problema es simple. los abogados que viven hasta ahora de la
> > "propiedad intelectual" se les viene la noche. asi como muchos de
> > nosotros ahora buscamos nuestro negocio vendiendo servicios,
> > deberian a empezar a hacer algo similar. El modelo es otro y es asi.
> > una pena.
> >
> > Wed, 10 Aug 2005 03:40:58 +0000
> > Paolo Stancato <paolodoors en gmail.com> escribió:
> >
> > > Yo entré sin problemas:
> > > ------------------------------------------------------------
> > > ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?
> > >
> > >
> > > Mucho se ha hablado del Software Libre, sus cuatro "libertades" y de
> > > todas sus virtudes, tales como que el software va a ser mejor y muchas
> > > otras más. En verdad, es innegable que tener acceso a un software con
> > > su código fuente va a ser beneficioso. También es innegable que poder
> > > usar programas hechos por otros sin tener que pagar sumas de dinero
> > > por la licencia va a ser beneficioso. Ahora bien, tanta gratuidad, ¿no
> > > es al menos meritoria de cierto análisis? ¿Hay que dar algo a cambio
> > > de acceder al código fuente de un programa ajeno?
> > >
> > > Los programas que se llaman genéricamente como "Software Libre", en su
> > > mayoría, se distribuyen por una licencia, de la que poco se habla en
> > > estas latitudes, llamada GNU General Public License (GNU GPL). Esta
> > > licencia es el medio técnico legal que se utiliza, según quienes los
> > > distribuyen, para que el software sea siempre libre. Ahora bien, ¿en
> > > qué consiste esa licencia?
> > >
> > > La licencia GNU GPL es igual a cualquier otra licencia, del programa
> > > que fuere. El programa licenciado bajo GNU GPL sigue siendo un
> > > programa con dueño, sólo que con una característica especial. Este
> > > carácter diferencial es que permite al usuario usar, estudiar,
> > > modificar y distribuir el programa, lo cual, hasta ahora, es
> > > fantástico. ¿A quien no le gustaría tener acceso al código fuente de
> > > un sistema operativo, por ejemplo, para someterlo a los avatares de
> > > nuestra voluntad? Creemos que los que respondan negativamente a esta
> > > pregunta serían los menos.
> > >
> > > Sin embargo, las cosas no son tan simples. Es verdad que un programa
> > > licenciado por la licencia GNU GPL otorga estas "cuatro libertades"
> > > pero no es a cambio de nada.
> > >
> > > No es a cambio de nada porque como contrapartida de las "cuatro
> > > libertades" hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en
> > > que debemos permitir que los usuarios de los programas derivados que
> > > hagamos, nuestros programas, puedan ejercer esas libertades que
> > > implican las correlativas renuncias del autor. Sin excepciones.
> > >
> > > Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona
> > > recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo
> > > Linux, va a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa
> > > persona descubre que hay un faltante en ese programa y decide
> > > solucionarlo, dedicando sus recursos a esto, deberá distribuir su
> > > creación, producto de su esfuerzo, concediendo, a cambio de nada,
> > > estas cuatro libertades.
> > >
> > > Entonces, nos preguntamos ¿qué es lo que diferencia al autor de una
> > > obra del usuario? La respuesta, para quienes somos algo avezados en el
> > > tema, es simple, el autor conserva todos los derechos que no conceda.
> > > De esta manera, el autor puede decidir a quien le permite el uso o no
> > > y a cambio de qué. Lo mismo ocurre con el derecho a la modificación, a
> > > la distribución, a la exposición, etc. Ahora bien, si el programa que
> > > hizo una persona está basado en otro licenciado bajo la licencia GNU
> > > GPL, ¿qué lo diferencia de los usuarios? La respuesta es compleja, ya
> > > que existen diferencias, pero ninguna trasladable al plano
> > > patrimonial.
> > >
> > > Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de
> > > contenido patrimonial nos diferencia de los usuarios, en los hechos,
> > > ¿va a ser como si no fuéramos dueños de nuestro programa? La respuesta
> > > es decepcionante, por lo que, estimados lectores, vamos a dejar que la
> > > intuyan ustedes mismos.
> > >
> > > La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan
> > > libre. No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no
> > > el software que sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL. No es tan
> > > libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los derechos
> > > patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras
> > > derivadas. No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos
> > > termina ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones.
> > >
> > > Sin embargo, sólo hemos hablado de derechos de autor, es decir, uno de
> > > los intangibles a proteger en una empresa, pero éstos no son los
> > > únicos. Al licenciar un programa bajo GNU GPL, lo cual, como hemos
> > > dicho, es una obligación cuando hablamos de obras derivadas de
> > > programas licenciados bajo GNU GPL, no sólo se pierden los derechos
> > > patrimoniales de autor, sino que también se pueden perder muchos más.
> > >
> > > Creemos que no somos nosotros quienes debemos advertir lo dicho
> > > precedentemente, ya que el mismísimo Eric. S. Raymond (Cofundador de
> > > la Open Source Initiative), en su obra intitulada "La catedral y el
> > > Bazar", lo dice mucho más claro de lo que nosotros podríamos hacerlo,
> > > citando a Fred Brooks: "Muéstreme su código y esconda sus estructuras
> > > de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y
> > > generalmente no necesitaré ver su código; resultará evidente''.
> > >
> > > Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido
> > > patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso.
> > >
> > > Por eso es que recomendamos insistentemente que si para Ud. son de
> > > algún valor intangibles tales como el código objeto, código fuente,
> > > rutinas, algoritmos, confidencias, métodos, secretos, macros, know
> > > how, listas de parámetros, relaciones intermodulares, organización
> > > específica, diagrama de flujos, etc. tenga cuidado en qué software va
> > > a elegir.
> > >
> > > Ni el software propietario ni el software libre son gratis. En ambos
> > > se paga un precio, sólo que en uno se paga un precio que es cierto y
> > > sabido desde un inicio, en cambio en el otro es incierto, y
> > > probablemente mucho mayor. Por lo tanto es que sugerimos que antes de
> > > elegir un tipo u otro de software se pregunte ¿Cuál es el verdadero
> > > costo del Software Libre?
> > >
> > > El 10/08/05, Diego Saravia<dsa en unsa.edu.ar> escribió:
> > > > mensaje de la gente de hispalinux
> > > >
> > > > no lo puedo leer, si alguien esta registrado
> > > >
> > > > ---------- Forwarded Message -----------
> > > > From: Roberto Santos
> > > > To: Diego Saravia <dsa en unsa.edu.ar>
> > > > Cc: hipatia <coordinadores-hipatia en info.hipatia.info>
> > > > Sent: Wed, 10 Aug 2005 02:31:09 +0200
> > > > Subject: errores tendenciosos
> > > >
> > > > http://www.cityeconomika.com/ar/18/notes,18853.asp
> > > >
> > > > Confunde Software Libre con Copyleft, mal interpreta la licencia GPL
> (en
> > > > la casuistica de obligación de facilitar el código fuente). confunde
> > > > libertad con derecho y sobre todo vicia toda la discusión
> confundiendo
> > > > "uso" con "obra derivada".
> > > >
> > > > No me importa que esté o no de acuerdo con lo que yo pienso pero
> creo
> > > > que se debería escribir algo contundente por parte de la Sociedad
> Civil
> > > > Argentina que pusiera en su sitio a estos ineptos. Al menos algo que
> les
> > > > obligue a que usen la lógica para escribir y no nos tomen a todos
> por
> > > > tontos. Luego si aciertan o no en sus pronosticos ya no me
> preocupa...en
> > > > el debate está el enriquecimiento :)
> > > >
> > > > Abrazos
> > > > ------- End of Forwarded Message -------
> > > >
> > > >
> > > > --
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