[Solar-general] Texto de Carranza

Diego Saravia dsa en unsa.edu.ar
Mie Sep 29 21:12:47 CEST 2004


Ahora vos estas poniendo eso en un wiki, sabes si el autor esta de acuerdo 
 
yo te suguiero que en una noticia de solar pongas links a todos los 
articulos mas o menos largos que se vayan armando, tenes ese, el mio y 
seguramente apareceran mas 
 
si queres armar un wiki te sugiero que empeces de cero, no tendria problema 
en que se use el mio, y probablemente el autor del otro trabajo tampoco, 
pero creo que seria bueno que asumas el papel de coordinador y armar algo 
que contenga partes de todos  
 
 
On Wed, 29 Sep 2004 16:02:45 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote 
> Diego Saravia escribió: 
>  
> >On Wed, 29 Sep 2004 13:51:07 -0300, Roberto G. Puentes Diaz wrote 
> >   
> > 
> >>Diego Saravia escribió: 
> >>     
> >> 
> >>>Creo importante general material para aclarar lo dicho por Carranza 
Torres 
> >>>los libros suelen fijar escuela, ante la poca cantidad de libros 
existenes 
> >>>sobre el tema, es importante que al menos existan opinones contrarias. 
> >>> 
> >>ste es otro analisis ;) 
> >>*http://mx.grulic.org.ar/archiver/html/grulic/2004-07/msg00434.html 
> >>saludos rob 
> >>* 
> >>     
> >> 
 
> >bien, excelente, vi el link en grulic, pero no habia leido el thread,  
 
creo que 
> >ese mail que citas es lo mas completito del thread 
> > 
> >habria que poner en SOLAR todas las contestaciones que se vayan 
realizando 
> >sobre las opiniones de CT 
> >   
> > 
> El texto completo lo transcribo mas abajo. 
> Igualmente lo puse como borrador en el wiki, para quien desee,  
> aportar o corregir algo. 
http://ourproject.org/cgi-bin/moin.cgi/Informe_20de_20Soft_20Libre_2c_20por_20Abogado_20vinculado_20a_20Software_20Legal_20_28Carranza_29_3a_20RESPUESTA 
> salu2 
> rob 
>  
> > ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre? 
> > Por Martín Carranza Torres 
> > Especialista en Derecho Tecnológico - Carranza Torres Estudio de 
Abogados 
> > 
[WINDOWS-1252?]> > Mucho se ha hablado del Software Libre, sus 
cuatro “libertades” y de  
> > todas 
> > sus virtudes, tales como que el software va a ser mejor y muchas otras  
> > más. 
> > En verdad, es innegable que tener acceso a un software con su código  
> > fuente 
> > va a ser beneficioso. También es innegable que poder usar programas  
> > hechos 
> > por otros sin tener que pagar sumas de dinero por la licencia va a ser 
> > beneficioso. Ahora bien, tanta gratuidad, ¿no es al menos meritoria de  
> > cierto 
> > análisis? ¿Hay que dar algo a cambio de acceder al código fuente de un  
> > programa 
> > ajeno? 
>  
> Debemos corregir lo siguiente. Comenzamos a hablar de SL y sus  
> ventajas y luego nos hacemos preguntas respecto del SL, haciendo  
> referencia en la "Gratuidad" ?? No se debe confundir el termino  
> Libre con Gratis, quizas los anglosagones tengan ese inicial  
> permisos, ya que ambas palabras se escriben Free. Pero nosotros los  
> latinos no tenemos ese problema ni tampoco podemos tomarnos ese permiso. 
> Si hablamos de Soft Libre, tenemos que hablar de Libertad (como  
> libertad de expresion). La gratuidad es una caracteristicas que  
> encontramos en la mayoria del SL. Pero tecnicamente no debemos  
> confundirnos, Libre no significa Gratis, y Gratis no significa  
> Libre. Por lo que tomar la "Gratuidad" como punto de referencia del  
> Soft Libre, es un gran error, y lamentablemente tipico en los iniciados. 
>  
[WINDOWS-1252?]> > Los programas que se llaman genéricamente como “Software 
Libre”, en su  
> > mayoría, 
> > se distribuyen por una licencia, de la que poco se habla en estas  
> > latitudes, 
> > llamada GNU General Public License (GNU GPL). 
>  
> Asi es la GNU/GPL, es la licencia mas usada (aunque no la unica) del  
> SL. Y ademas es la madre de muchas otras licencias libre. Tiene mas  
> de una década. 
>  
> > Esta licencia es el medio técnico legal que se utiliza, según quienes  
> > los distribuyen, para que el software sea 
> > siempre libre. Ahora bien, ¿en qué consiste esa licencia? 
>  
> En eso mismo, en que el Soft sea Libre . Por cierto es una Licencia  
> muy bien lograda, reconocida explicitamente en varios paises. Aunque  
> no necesita de ese reconocimiento explicito... Pero nunca esta de mas. 
>  
> > La licencia GNU GPL es igual a cualquier otra licencia, del programa  
> > que fuere. 
> > El programa licenciado bajo GNU GPL sigue siendo un programa con  
> > dueño, sólo que 
> > con una característica especial. 
>  
> El termino Dueño no es muy feliz. Es mas apropiado tecnicamente  
> hablar de Autor. Otro error tipico. La idea de Dueño, muchas veces  
> se relaciona con la idea de exclusividad o de privacion respecto de 
terceros. 
> Por eso, no es un termino feliz. 
>  
> > Este carácter diferencial es que permite al usuario usar, estudiar,  
> > modificar y distribuir el programa, lo cual, hasta ahora, 
> > es fantástico. ¿A quien no le gustaría tener acceso al código fuente  
> > de un sistema operativo, por ejemplo, para someterlo a los avatares de  
> > nuestra voluntad? 
> > Creemos que los que respondan negativamente a esta pregunta serían los  
> > menos. 
>  
> En realidad, no creo que exista persona intelectualmente apta que  
> pudiera responder negativamente. 
> Y la idea de acceder al Codigo Fuente, tiene que ver con una  
> cuestion propia del ser humano, ademas de permitir un Control  
> Personal, que es en realidad el unico. 
>  
> > Sin embargo, las cosas no son tan simples. Es verdad que un programa  
> > licenciado 
[WINDOWS-1252?]> > por la licencia GNU GPL otorga estas “cuatro libertades” 
pero no es a  
> > cambio de 
> > nada. 
>  
> Por supuesto, hablamos de Libertad, no de Libertinaje; pero esta  
> idea ya es infantil como para plantearla. La libertad implica  
> tambien deberes y responsabilidades. Lastima que muchos se olviden 
>  
[WINDOWS-1252?]> > No es a cambio de nada porque como contrapartida de 
las “cuatro  
[WINDOWS-1252?]> > libertades” 
> > hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en que debemos  
> > permitir 
> > que los usuarios de los programas derivados que hagamos, nuestros  
> > programas, 
> > puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias  
> > del 
> > autor. Sin excepciones. 
>  
> Esto es asi. Solo una correccion de una expresión que roza lo canallezco. 
> Cuando dice "su programa" es un error, deberia decir "el programa de  
> otro que yo modifico" 
> Ademas es la mejor forma de mantener un Software Libre, y evitar  
> maniobras abusivas. 
>  
> > Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona  
> > recibe 
> > un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo Linux, va  
> > a poder 
> > ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa persona descubre  
> > que hay 
> > un faltante en ese programa y decide solucionarlo, dedicando sus  
> > recursos a 
> > esto, deberá distribuir su creación, producto de su esfuerzo,  
> > concediendo, a 
> > cambio de nada, estas cuatro libertades. 
>  
> Exacto, asi podra compartir el conocimiento que ha adquirido, asi  
> como otros miles lo compartieron con uno. Filosoficamente hablando  
> podemos decir que el programa nunca es de uno, sino de todos; osea  
> de la Comunidad. ¿Usted quiere participar de ella? ¿Usted quiere 
superarse? 
>  
> > Entonces, nos preguntamos ¿qué es lo que diferencia al autor de una  
> > obra del 
> > usuario? La respuesta, para quienes somos algo avezados en el tema, es  
> > simple, 
> > el autor conserva todos los derechos que no conceda. 
>  
> Otra vez se invoca la idea de privacion a terceros. Es tipico que  
> personas manipuladas por distintos medios, crean que para que algo  
> sea de uno no debe ser posible para terceros acceder a ello. De no  
> ser un concepto cerrado y obtuso del Derecho, diria que al menos 
incompleto 
>  
> > De esta manera, el autor puede decidir a quien le permite el uso o no  
> > y a cambio de qué 
>  
> Por supuesto, el autor del SL, mantiene la titularidad del copyright, 
>  osea mantiene la propiedad intelectual, salvo que la transfiera. El  
> permitir el uso o no, no es algo que depende directamente del Autor  
> de un soft licenciado bajo GPL, por lo que no es una expresion  
> feliz. Cuando el Autor da el soft a un tercero y lo hace licenciado  
> bajo GPL; el Autor ya no puede mantener un control practico de las  
> personas que podran o no usarlo. El autor puede licenciar esel  
> programa a otra persona, en forma privativa. Pero no mantiene una  
> restriccion absoluta sobre todas las copias de ese Software, pues  
> una copia ya es libre.. 
>  
> > Lo mismo ocurre con el derecho a la modificación, a la distribución, a  
> > la exposición, etc. 
>  
> Idem anterior. 
>  
> > Ahora bien, si el programa que hizo una persona está basado en otro  
> > licenciado 
> > bajo la licencia GNU GPL, ¿qué lo diferencia de los usuarios? La  
> > respuesta es 
> > compleja, ya que existen diferencias, pero ninguna trasladable al plano 
> > patrimonial. 
>  
> Esto es una indirecta o una chicana. Si un informatico da a un  
> usuario final un Soft bajo GPL. La posibilidad de obtener una  
> "diferencia patrimonial" no es algo excluyente del uso de la GPL, 
>  sino tambien de los roles tomados por esas personas. Como ejemplo  
> podemos mencionar el soporte. Por lo que, existe diferencia de  
> querer que exista, y es algo que dependera de las partes; no es algo  
> categorico de la GPL que exista o no redito. En definitiva, la GPL  
> es el resultado de la voluntad de las partes. No debemos confundir  
> licenciamiento con tipo de mercado. No necesariamente estamos  
> vendiendo bananas o espejitos de colores. 
>  
> > Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de contenido 
> > patrimonial nos diferencia de los usuarios, en los hechos, ¿va a ser 
como 
> > si no fuéramos dueños de nuestro programa? La respuesta es 
decepcionante, 
> > por lo que, estimados lectores, vamos a dejar que la intuyan ustedes  
> > mismos. 
>  
> Pregunta totalmente equivocada en sus fundamentos, pues en el punto  
> anterior lo explicamos claramente, 
> Puede existir verdaderamente una diferencia de contenido patrimonial. 
> Y usted no puede ser Dueño del programa, porque nunca fue su  
> programa. No es "Su Programa" en todo caso, como el mencionado mas  
> arriba, es "el programa de otro que yo modifico" Favor de tomar  
> atribuciones que no corresponde. Favor de respetar los derechos de  
> las personas y de la Comunidad. Ahora si pueden intuir, por que  
> algunos confunden el mercado de servicios (o bienes y servicios) con  
> el de bienes (en forma excluyente). 
>  
> > La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan libre. 
>  
> El SL es libre, lo que no seguramente no es, es ser irresponsable,  
> irrespetuoso, o anarquico para no respetar los derechos de las personas. 
> No confundir infantilmente, Libertar con Libertinaje. 
>  
> > No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no el  
> > software que 
> > sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL. 
>  
> Nuevamente nos repetimos, el "Programa no es de Uno", no debemos  
> alentar la idea de la apropiacion ilegitima. 
>  
> > No es tan libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los  
> > derechos patrimoniales de autor que la ley 
> > reconoce sobre quien haga obras derivadas. 
>  
> Nadie obliga a nadie porque si. 
> Usted reconoce que el programa no es suyo (osea que no hay nada a  
> que "renunciar"), y si desea "usarlo" no puede limitar esa libertar  
> a terceros. No es que usted no tiene esa libertad. Uno solo es libre  
> de ejercer derechos que posee. Poder ejecer o coactar los derechos  
> de terceros no es libertad, es dominacion. No confundir estos terminos. 
>  
> > No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos termina  
> > ocasionando son, en rigor de verdad, restricciones. 
>  
> Nuevamente confunde los terminos, en rigor de la verdad. 
>  
> > Sin embargo, sólo hemos hablado de derechos de autor, es decir, uno de  
> > los 
> > intangibles a proteger en una empresa, pero éstos no son los únicos. Al 
> > licenciar un programa bajo GNU GPL, lo cual, como hemos dicho, es una 
> > obligación cuando hablamos de obras derivadas de programas licenciados  
> > bajo 
> > GNU GPL, no sólo se pierden los derechos patrimoniales de autor, sino 
que 
> > también se pueden perder muchos más. 
>  
> Sin palabras. Una forma excenlente de ver como escribir un texto sin  
> decir nada. 
>  
> > Creemos que no somos nosotros quienes debemos advertir lo dicho  
> > precedentemente, 
> > ya que el mismísimo Eric. S. Raymond (Cofundador de la Open Source  
> > Initiative), 
[WINDOWS-1252?]> > en su obra intitulada “La catedral y el Bazar”, lo dice 
mucho más  
> > claro de lo 
> > que nosotros podríamos hacerlo, citando a Fred Brooks: "Muéstreme su  
> > código y 
> > esconda sus estructuras de datos, y continuaré intrigado. Muéstreme sus 
> > estructuras de datos y generalmente no necesitaré ver su código;  
> > resultará 
> > evidente''. 
>  
> Nunca es bueno, citar a terceros fuera del contexto original. 
> Tampoco es serio generalizar una frase. Para eso existen los  
> manifiestos y para mayor claridad juridica, el texto de las  
> licencias. No es necesario que otros saquen conclusiones por  
> nosotros. El SL pretende que cada uno haga uso de sus facultades  
> mentales, para compartir, aprender y mejorar. 
>  
> > Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido  
> > patrimonial 
> > a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso. 
>  
> Veamos en que termina esto. 
>  
> > Por eso es que recomendamos insistentemente que si para Ud. son de  
> > algún valor 
> > intangibles tales como el código objeto, código fuente, rutinas,  
> > algoritmos, 
> > confidencias, métodos, secretos, macros, know how, listas de parámetros, 
> > relaciones intermodulares, organización específica, diagrama de  
> > flujos, etc. 
> > tenga cuidado en qué software va a elegir. 
>  
> Obviamente si es importante para usted, expresarse, cocinar y las  
> recetas de comidas, las formas de ayudar a la gente etc. 
> Usted deberia segun este analisis, licenciar todo en forma privativa  
> e insistentemente..... No es para nada profesional englobar terminos  
> como rutinas, algoritmos, metodos, etc, con cosas como Secretos,  
> Confidencias, y Pecados cometidos cuando uno era niño. Un disparate 
tecnico. 
> Imagino que tambien estara a favor de las Patentes del Software... 
>  
> > Ni el software propietario ni el software libre son gratis. 
>  
> Nunca nadie dio esa afirmacion absoluta. 
> Quizas deberiamos leer primero las fuentes. 
> Tampoco es serio dar como verdadera una afirmacion incorrecta, para  
> luego ponerla en evidencia. No es para nada educativo y mucho menos  
> relevante. 
>  
> > En ambos se paga un precio, sólo que en uno se paga un precio que es  
> > cierto y sabido desde un 
> > inicio, en cambio en el otro es incierto, y probablemente mucho mayor. 
>  
> Si es verdad, uno nunca sabe cuanto saldra realmente una solucion  
> basada en software privativo, y como bien dice este señor sera mas 
onerosa. 
>  
> > Por lo tanto es que sugerimos que antes de elegir un tipo u otro de  
> > software se 
> > pregunte ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre? 
>  
> Luego preguntese cual es el costo del Software Privativo. 
> Luego preguntese cuales son los beneficios (patrimoniales, sociales,  
> etc) del Software Libre. 
> Luego preguntese cuales son los beneficios del Software Privativo  
> (si los encuentra) 
>  
> Y luego, recien ahi, sume y reste. 
> Saque cuentas, razone, y finalmente Decida. 
>  
> Rober 
>  
> CPN 
> MP 10.12726.9 
> Cordoba 
 
 
--  
Diego Saravia  
dsa en unsa.edu.ar 
 



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