[Solar-general] Texto de Carranza

Sebastian Bassi sbassi en gmail.com
Mie Sep 29 18:39:08 CEST 2004


On Wed, 29 Sep 2004 13:04:18 -0300, Diego Saravia <dsa at unsa.edu.ar> wrote:
> 6) "No es a cambio de nada porque como contrapartida de las cuatro libertades
>  hay cuatro renuncias. Esas cuatro renuncias consisten en que debemos permitir
> que los usuarios de los programas derivados que hagamos, nuestros programas,
> puedan ejercer esas libertades que implican las correlativas renuncias del
> autor. Sin excepciones."
> 
> Obviamente si alguien permite algo, deja de impedirlo. Lo anterior es obvio.
> Ahora ese dejar de impedirlo ¿implica tecnicamente una renuncia? Ver 7 y 9.

Esto me plantea una duda, no se realmente la respuesta, a ver que
opinan: Si una empresa X usa SL, y lo modifica y esa modificación es
para uso interno de la empresa. Los empleados (que usan el soft),
¿puede reclamar el codigo fuente?

> 
> 7) "Expliquémoslo un poco más. La mecánica es la siguiente. Si una persona
> recibe un programa licenciado bajo la licencia GNU GPL, por ejemplo Linux, va
> a poder ejercer derechos sobre esa obra, sin embargo, si esa persona descubre
> que hay  un faltante en ese programa y decide solucionarlo, dedicando sus
> recursos a esto, deberá distribuir su creación, producto de su esfuerzo,
> concediendo, a cambio de nada, estas cuatro libertades."
> 
> En el caso propietario ni siquiera podria intentar solucionar el problema.
> 
> O sea en un caso no se puede, en el otro se puede y como contrapartida de ese
> poder se alienta a los autores a que permitan que otros tambien disfruten del
> aporte. ¿Esto parece injusto? Si uno usa software libre, participa de una
> comunidad y contribuye a la misma. Es totalmente razonable.
> 
> Sin embargo no es como dice el autor, uno no esta obligado a distribuir sus
> contribuciones. Ver 9 y especialmente 12.

Eso es lo primero que hay que resaltar. Que UNO NO ESTA OBLIGADO A
DISTRIBUIR NADA. Ya que tiene la libertad de usarlo como quiera y las
restricciones (o perdidas de libertades como la llama) se aplican SOLO
al distribuirlo. Dicho sea de paso, el SP por lo general no podes
distribuirlo, y por ende no perdes libertades, porque no las tenes
desde un principio (en SP).



> 
> 8) "La respuesta, para quienes somos algo avezados en el tema"
> 
> Uff, un poco de soberbia injustificada.
> 
> 9) "el autor conserva todos los derechos que no conceda."
> 
> Falso, el autor (derecho-habiente) conserva todos sus derechos, puede
> licenciar su obra de la forma que quiera. Asi se puede dar a Juan el programa
> en terminos de la GPL (cobrando o no) y a Pedro en terminos privativos, o a
> Juan en ambos terminos.
> 
> Al dar a Juan el programa en terminos de la GPL esta dandole a Juan ciertos
> derechos. Pero no pierde ninguno. Esa es la magia de la Obra Intelectual, no
> es escasa, no se requiere un uso exclusivo. Muchas personas pueden usarla
> simultaneamente bajo diversas condiciones.
> 
> Muchos confunden licenciar algo bajo la GPL con un licenciamiento universal
> bajo la GPL. Nada obliga a un autor a distribuir su trabajo en forma
> universal, el hecho de licenciarlo a Juan bajo la GPL, no le obliga a hacerlo
> con Pedro. Es cierto Juan puede darselo a Pedro, pero solo bajo los terminos
> de la GPL, en cambio el derecho-habiente puede hacerlo en cualesquiera termino.
> 
> 10) "Por lo tanto, surge inevitablemente otra pregunta: Si nada de contenido
> patrimonial nos diferencia de los usuarios" (a los autores)
> 
> Falso los usuarios solo tienen los derechos de la GPL. Los autores conservan
> todos sus derechos, incluso a distribuir su contribucion en forma privativa.
> 
> 11) "La realidad es tal cual la expuesta, el software libre, no es tan libre.
> No es tan libre porque no nos da la opción entre liberar o no el software que
> sea derivado de uno licenciado bajo GNU GPL. "
> 
> Aqui el autor confunde el software libre en general con el software libre bajo
> copyleft. La copyleft efectivamente es software libre pero contiene la
> clausula comunitaria. Si uno goza debe contribuir y participar. Es la clausula
> que impide el vampirismo.
> 
> 12) "No es tan libre porque nos obliga a renunciar por anticipado a los
> derechos patrimoniales de autor que la ley reconoce sobre quien haga obras
> derivadas."
> 
> Cada autor puede seguir  teniendo las atribuciones completas sobre sus
> contribuciones. Puede hacer lo que quiera con sus "parches".
> Distribuirlos o no. Recordemos que esto es una obra intelectual funcional y se
> contribuye en el software libre mediante parches. La obra derivada es una
> combinacion de un parche y la original.
> 
> Cada parte puede ser independiente desde el punto de vista del derecho. Si se
> distribuye junto a la obra se aplica la clausula comunitaria del la GPL. Si el
> autor del parche se lo ofrece al autor original y este acepta y lo incorpora
> definitivamente, el conjunto se rige por la GPL. ¿No parece tan injusto, no?
> 
> Si se hace un "fork" y se distribuye como obra derivada tambien queda bajo la
> GPL. Parece natural.
> 
> En cada caso el autor de la obra derivada elige que hacer. Algunas cosas no
> puede hacer, como distribuirla incluyendo las porciones de la obra original en
> forma privativa. Resulta extraño que simultaneamente Ct indique que esto
> limita al autor de la obra derivada y al autor original, perdiendo
> atribuciones. ¿En que quedamos?  ¿EL autor pierde permitiendo parches, o el
> autor de los parches pierde por no poder usarlos en forma privativa? ¿Quien
> pierde?, ¿No sera que ambos ganan? El software libre es un juego de suma positiva.
> 
> La GPL redacta el mejor de los mundos, donde todas las partes: autores
> originales, autores de parches, obras derivadas, usuarios finales retienen el
> maximo posible de libertad en el marco del la legislacion de Copyright.
> 
> 13) "No es tan libre, porque a fin de cuentas, lo que nos termina ocasionando
> son, en rigor de verdad, restricciones."
> 
> Bueno, bueno, si de 10 libertades tienes 9, te falta una. Eso es mas libre que
> tener 0 libertades. Por otro lado la libertad que te falta es la libertad de
> permitir a otro que quite las libertades a un tercero.
> 
> 14) "no sólo se pierden los derechos patrimoniales de autor, sino que también
> se pueden perder muchos más."
> 
> Falso, no se pierden estos derechos (Ver 9),
> ¿pero cuales otros se perderian?
> 
> 15) "Muéstreme su código y esconda sus estructuras de datos, y continuaré
> intrigado. Muéstreme sus estructuras de datos y generalmente no necesitaré ver
> su código; resultará evidente''.
> 
> Esto poco tiene que ver con el tema en cuestion, tan poco como que en los
> codigos fuentes se incluyen las estructuras de datos. En el lenguaje c, se
> suelen incluir como archivos .h
> 
> Recordemos ademas que el derecho de autor no proteje las ideas sino su
> expresion. Es decir si por algun motivo veo las estructuras de datos y con eso
> genero codigo nuevo, este codigo no esta sujeto a derechos del autor de el
> software original.
> 
> 16) "Como lo anticipamos, no son los derechos de autor con contenido
> patrimonial a lo único que se renuncia sino que mucho más que eso."
> 
> ¿a que?
> 
> 17) "tenga cuidado en qué software va a elegir"
> 
> ¿Le esta hablando a un usuario o a un desarrollador?. Para el primero es
> evidente la conveniencia de usar software libre, ya que tiene acceso total al
> conocimiento de su funcionamiento y enormes derechos con relacion a su
> software. Muchas veces, ademas, sin pagar por ello.
> 
> Para un desarrollador, la desicion es ser parte de una comunidad. En la cual
> recibe 99 y aporta 1.
> 
> O trabaja en forma aislada, reinventa cada vez la rueda, y comparte sus
> ingresos con otros.
> 
> Imaginemos el caso de un desarrollador independiente de sistemas
> comerciales. En sus presupuestos tendra que asumir el costo de su trabajo mas
> las licencias del soft de terceros.
> 
> En el caso libre asumira el costo de su trabajo y nada mas. Facturara lo que
> el mercado determine que valga la operacion como servicios y TODO sera para el.
> 
> Su competidor propietario debera facturar su trabajo como servicios, mas lo
> que pueda conseguir como licenciamiento de su software y debera descontar en
> sus ingresos las licencias de otros.
> 
> El esquema privativo es funcional a unas pocas empresas multinacionales
> que hacen cajitas de colores y las distribuyen por el planeta, contando
> con la fuerza policial y represiva del estado, un negocio del tipo del
> recaudador de impuestos. No es funcional para el  pequeño y mediano
> empresario, que vive de la relacion directa con su cliente.
> 
> 18) "Ni el software propietario ni el software libre son gratis."
> 
> De acuerdo. Algun Software Libre puede ser de uso gratuito.
> 
> 19) "sugerimos que antes de elegir un tipo u otro de software se pregunte
> ¿Cuál es el verdadero costo del Software Libre?"
> 
> A un empresario usuario yo recomendaria la pregunta, ¿cual es le verdadero
> costo de cada alternativa?, ¿cual es el retorno de la inversion en cada caso.?
> y ademas ¿Cuales son los riesgos asumidos en cada caso? ¿A donde va el
> mercado? Si algo es de calidad similar o mejor y menor precio, ¿que nos dicen
> las leyes economicas? ¿Que se va a imponer?
> 
> A un ciudadano, le diria que se pregunte ¿Quiere apostar a una sociedad que
> cumpla las leyes? ¿Quiere tener leyes razonables? Quiere usar software sin
> preocuparse de cuestiones legales de licencias, pagos, virus, inestabilidades,
> reinstalaciones permanentes, etc. Yo le diria ademas que sus opciones
> tecnologicas son un voto. Un voto que va perfilando el futuro de las
> sociedades del conocimiento.
> 
> A un desarrollador le preguntaria ¿Quiere ser empleado de una multinacional
> cobrando las migajas del festin? ¿O quiere formar parte de una comuidad
> creciente y recibir 99, aportar 1, y quedarse con todo la ganancia obtenida
> con los verdaderos servicios  que Ud. le da a sus clientes?
> 
> A un empresario del software le preguntaria ¿Quiere constriur un negocio
> basado en servicios o basado en licencias de derechos? ¿Quiere partir de una
> base enorme de conocimiento y poner su granito de arena a cambio de usarla?
> ¿Quiere apostar al futuro?
> 
> --
> Diego Saravia
> dsa at unsa.edu.ar
> 
> _______________________________________________
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> Solar-general at lists.ourproject.org
> http://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/solar-general
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