[Solar-general] sobre marcas
Sebastian Bassi
sbassi en gmail.com
Vie Oct 22 19:08:32 CEST 2004
Esto salio en Infobae profesional y me parecio interesante:
Según Santiago O´Conor, abogado especialista en marcas del estudio
Marval, O´Farrell & Maizal, los exportadores "deben tener presente que
las marcas poseen carácter territorial, razón por la cual las mismas
deben ser solicitadas y posteriormente registradas a nivel nacional,
respetando la modalidad y cultura hacia los cuales son enviados los
productos".
El registro internacional
Uno de los mayores problemas que se le presenta al empresariado
argentino al registrar una marca es que "considera que al tenerla
registrada en la Argenina, la misma posee validez a nivel mundial y
ello no es así, razón por la cual se hace necesaria su protección en
cada uno de los países".
Para el especialista, esta confusión muchas veces nace del hecho de
que el nomenclador que abarca la totalidad de los productos y
servicios se denomina "Clasificación Internacional", y, por tanto, se
considera que justamente la protección es de carácter internacional,
cuando, como dijo anteriormente "las marcas poseen carácter
territorial".
Según su experiencia asesorando a grandes compañías exportadoras,
O´Conor afirmó que "se observa una tendencia errónea al esperar cerrar
un negocio para posteriormente solicitar el registro de una marca.
Es importante efectuar el tramite con bastante antelación
Tomar los recaudos de hacer la registración antes de concluir un
negocio de exportación permite evitar que un tercero solicite o
registre su marca previamente.
Otra situación habitual que se da es cuando la marca no es solicitada
por su verdadero titular, y deja que el importador o el distribuidor
la solicite, con la promesa de que posteriormente transferirá la marca
a su titular originario, "muchas veces no se cumple, y termina en la
compra de la marca por parte de dicho titular o bien en juicios de
nulidad de marcas muy costosos y que llevan varios años" afirmó el
especialista de Marval.
La dificultad de exportar con la marca original
Hay situaciones en las cuales el exportador no puede ingresar a un
mercado con su marca original por, por ejemplo, hacer referencia a un
país (la yerba "Cruz de Malta" ingresa al mercado chino bajo el
paraguas del logo y el nombre "Cruz de").
Lo óptimo es pretender registrar la marca en el exterior tal cual se
tiene en el país de origen, en este caso la Argentina, lo que a veces
no es posible, ya que muchas veces terceras partes ya son titulares de
las mismas o de marcas confundibles que impedirán su registro y la
comercialización de un producto o de un servicio con dicha marca.
"Por ello es sumamente importante el efectuar una búsqueda previa de
antecedentes, con el propósito de prever dicha situación y solicitar
por tanto una marca alternativa, que sería considerada como una `marca
de exportación´", aseveró O´Conor.
Lo que hay que tener en cuenta
Finalmente, hay que tener presente los siguientes ítems operativos en
relación a las marcas al efectuar una exportación:
- Previsión en su registro.
- Diferencias de legislaciones (uso de marca, etc.).
- Duración del trámite de registro.
- Caracteres o símbolos que deben registrarse como marcas. Factores
que deben tenerse presentes.
- Globalización de economías, lo que nos permitirá una mejor
planificación de cómo proteger las marcas a nivel mundial.
- TLC/NAFTA.
- Pacto Andino.
- Unión Europea (Marca Comunitaria).
- Convención Centroamericana de Protección de la Propiedad Industrial.
- OAPI (Organización Africana de la Propiedad Industrial).
- MERCOSUR
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