[Copyvisuales-actitud] Copynet
I.R.Maturana
irm en in3activa.com
Lun Jul 21 18:30:26 CEST 2003
Hola
[No había visto estas respuestas cuando comenté lo de la
falta de reacción - ]
IRM>
> >Con la obra, 2a línea opcional:
> >"Esta obra está libre de derechos en Internet."
LEO>
> "Esta obra es de libre rerpoducción, distribución, puesta a
> disposición y
> comunicación pública
> exclusivamente en Internet".
IRM>
Pero yo creo que sí se trata de decir "libre de derechos"
Es decir, que pura y simplemente, no se aplican las restricciones
que un autor puede ejercer, mientras publicación de la obra
no salga de Internet.
En cambio, sí tienes razón que conviene especificar la
3a línea
> >Con la obra, 3a línea opcional:
> >"Reservados todos los deechos en todos los países."
Tenemos por tanto:
internet(c)fecha-autor
Esta obra está libre de derechos en Internet.
Reservados todos los derechos...
A ver las coletillas:
=== Tema de la traducción:
LEO>
> pues parece que quieres evitar tal transformación mediante,
> por ejemplo,
> traducción. Desde luego, con la otra fórmula se permitiría
IRM>
No, no. Simplemente, hay obras que son traducibles, y otras
que no lo son. No hace falta mencionar la traducción en caso
de obras musicales o una pintura. Eso es todo.
Hice la distinción por ser éste el foro "copyvisuales"-
Cuando estemos más asentados, ya me encargo de explicarlo
en el foro de arte-libre (FR), por ejemplo, donde sí dominan
las obras traducibles.
Que no haya confusión con la LPT, el planteamiento de la LPT
es una licencia fundadora y compatible con licencias tanto
propietarias como libres. Es una licencia de traductores,
en el supuesto de Berna 2,7. Eso sí, la opción del traductor
es libre, pero sin perjuicio de los derechos del autor.
Eso sí, lo aprendido por un lado, sirve para establecer la
internet(c)fecha-autor
====
> Pero hay una segunda cuestión: ¿qué es Internet?, ¿no se
> aplica la licencia
> en otras redes telemáticas?, ¿qué ocurre sin surge una nueva red de la
> repercusión de Internet: la obra sería libre también en ella?
> Las respuestas
> son sencillas, la primera lo es, las otras dos no son más que
> decisiones a
> tomar.
Esto lo tienes que desarrollar.
===
> Pero yo no hablaría de "todos los países": hay territorios
> que no son país
> (la Antártida, por ejemplo, tiene un régimen especial
> tutelado por distintos
> países..., no lo conozco en profundidad, pero no es un país);
> diría entonces
> "todo el mundo" (queda hecha ya la salvedad de libertad en
> Internet: aunque
> Internet pertenezca al mundo, queda fuera de la restricción).
> Pero iría aún
> más allá: uno de nuestros astronautas (¿Pedro Duque?) se
> llevó a una misión
> al espacio música de su grupo favorito, si tenemos en cuenta
> que un autor
> que hoy tenga 35 años morirá, con la esperanza de vida
> actual, dentro de,
> quizás, 60 años (moriría con 95), entonces sus derechos de autor (que
> perduran hasta 70 años después de su muerte) estarán vigentes
> hasta dentro
> de 130 años en que, estoy seguro, habrá comunidades habitando
> el espacio, si
> no de forma permanente, sí durante el tiempo suficiente como
> para consumir
> música, obra escrita, audiovisuales, etc. Es decir: el espacio es un
> territorio que un autor actual ha de tener en cuenta.
Pues no estoy de acuerdo.,
El sistema internacional, y los tratados intl se basan sobre
la noción del Concierto de las Naciones.
Es decir, son los Estados quienes regulan el concierto intl.
País, como sinónimo de Estado, también es sinónimo de paises
donde no rige la misma noción de Estado
=== Punto de referencia
> >¿Es necesario un texto ampliado de la licencia?
>
> Ya vimos que no es necesario
> >Puede incluirse una 4a línea opcional:
> >"Texto completo de la licencia: <dirección Web>"
>
> Me parece práctico.
Vicente opinará, quizás.
Natxo