[Bah-smv-rivas] [Bah-smv-general] FW: [Agroecologia] [Fwd: CARTA A LA OFICINA EUROPEA DE PATENTES: Tomate Arr]

federico gonzalez danielote9 en hotmail.com
Mar Oct 7 17:10:58 CEST 2008



> Date: Mon, 6 Oct 2008 15:33:44 +0200> From: tronera en nodo50.org> To: agroecologia en listas.ecologistasenaccion.org> Subject: [Agroecologia] [Fwd: CARTA A LA OFICINA EUROPEA DE PATENTES: Tomate Arr]> > > > -------- Mensaje original --------> Asunto: CARTA A LA OFICINA EUROPEA DE PATENTES: Tomate Arr> Fecha: Sat, 4 Oct 2008 15:06:57 +0200> De: No patents on seeds <info en no-patents-on-seeds.org>> Responder a: No patents on seeds <info en no-patents-on-seeds.org>> Para: transgenicos en ecologistasenaccion.org> > > > Muy estimado colaborador: / Muy estimada colaboradora:> > En su oportunidad Ud. se ha manifestado en contra de la patente al > brócoli cultivado convencionalmente, debido a las consecuencias que esto > implica para los campesinos, criadores e investigadores. Por tal razón > deseamos pedirle nuevamente su apoyo.> > La Oficina Europea de Patentes ha ampliado la decisión básica respecto a > si la patente al brócoli convencional es legal, también al tomate > convencional (EP 1211926). Al respecto se trata de discernir si las > patentes sobre plantas convencionales u obtenidas en "procedimientos > fundamentalmente biológicos" contravienen la prohibición de > patentamiento del Artículo 53 b del Acuerdo Europeo sobre patentes.> > La producción y el comercio con tomates constituye una importante fuente > de ingresos para campesinos de países en desarrollo, como México, > Marruecos, Nigeria y Tunesia. La patente sobre tomates convencionales > pone en peligro sus largas relaciones comerciales con Europa. El acceso > a las semillas de tomates puede empeorar también para los campesinos de > Ghana, un país en el cual el 60% de la población trabaja en la agricultura.> > Por nuestra parte hemos recopilado las informaciones de trasfondo > respecto a las patentes y sus consecuencias > (http://www.no-patents-on-seeds.org/index.php?option=com_content&task=view&id=76&Itemid=20 > ) y le pedimos apoyarnos utilizando la carta borrador dirigida a la > Oficina Europea de Patentes con sede en Munich hasta final de octubre 2008.> > Si es de su interés, con gusto le enviamos más informaciones.> > Por la Coalición del No a las patentes sobre semillas tradicionales> > Tina Goethe, Swissaid> > Francois Meienberg, Declaración de Berna> > Mute Schimpf, Misereor> > Christoph Then, Greenpeace> > Ruth Tippe, Kein Patent auf Leben! (No a las patentes a la vida!)> > Bell Batta Torheim, Utviklingsfondet> > > CARTA A LA OFICINA EUROPEA DE PATENTES:> > > A la> > Alta Cámara de Recursos de la> > *Oficina Europea de Patentes *> > 80298 Munich> > Alemania> > Toma de posición respecto al caso G 01/08 ("wrinkled tomato, tomates > arrugados"), EP 1211926> > Estimados señores y señoras de la Alta Cámara de Recursos:> > /[insertar por favor el nombre de la organización]* */está muy > preocupada por el tipo de patentes que recientemente están siendo > concedidas por la Oficina Europea de Patentes. En el caso de la > otorgación de la patente EP 1211926 se violaron diferentes regulaciones > de la Convención Europea de Patentes (EPC). La patente contraviene, ante > todo, el artículo 53 b EPC y la prohibición de patentar "procesos > esencialmente biológicos para la producción de plantas y animales".> > Además, la patente crea la posibilidad de cometer biopiratería, dado que > a través de ella se reivindica todo cruce de tomates comerciales con > tipos regionales o silvestres con el objetivo de obtener un tomate con > menor contenido de agua. La subespecie /Lycopersicon hirsutum/, que la > patente destaca de forma especial, proviene originalmente de las > regiones del sur de Ecuador y del centro de Perú, y tiene un interés > económico especial dado que es resistente contra muchas enfermedades. Si > se mantiene la patente, esta subespecie podría ser en gran parte > monopolizada.> > En sus reflexiones la Alta Cámara de Recursos también debería tener en > cuenta el aumento de los precios de los alimentos a nivel mundial. Las > patentes, como las que están siendo debatidas en el marco del G2/07 y > G1/08, abarcan toda la cadena de producción hasta llegar a los > alimentos, y muy probablemente podrían conducir a un incremento de los > precios en los mercados internacionales, conduciendo a costes > adicionales para el abastecimiento con alimentos, especialmente en los > países en vías de desarrollo. Ante este trasfondo, todas las excepciones > relacionadas con la ley de patentes que tienen que ver con la producción > de semillas y el cultivo de plantas no deberían interpretarse de forma > estrecha, sino que tendrían que ser interpretadas de manera amplia, de > forma parecida a las disposiciones del artículo 53c (relacionadas con la > prohibición de patentar métodos terapéuticos y diagnósticos), para > asegurar que el acceso a los recursos básicos de la vida cotidiana no > puedan ser bloqueados o encarecidos innecesariamente a través de patentes.> > Desde el punto de vista legal resulta obvio que el titular de la patente > se encuentra en una situación difícil, dado que la patente simplemente > aprovecha el método normal de cultivo de plantas, a saber el cruce y la > selección. De hecho, al cruzar las subespecies del tomate no hay que > superar ninguna barrera realmente técnica, y la selección de las plantas > según sus características fenotipales como, por ejemplo, una piel > especialmente arrugada o la deshidratación, tampoco es un procedimiento > técnico inusual. En relación a esta patente esencialmente se trata de > cruces y selecciones normales, ni más ni menos, y por lo tanto > claramente de procesos esencialmente biológicos, y el resultado del > método patentado no es más que una nueva variedad vegetal, tal y como se > define en la decisión G1/98 y en la regla 26 (4) EPC. Lo que esta > patente reivindica es, por lo tanto, precisamente aquello que según el > artículo 53 b EPC no se puede patentar.> > Dado que ya en el contexto del caso G2/07 se discutió ampliamente cómo > ha de ser interpretada en este contexto la regla 26 (5) EPC, la Alta > Cámara de Recursos debería tener en cuenta que el Parlamento Europeo ya > adoptó en 1998 una definición relativamente clara de lo que son > "procesos esencialmente biológicos para la producción de plantas y > animales". La definición original, adoptada en segunda lectura rezaba: > "A procedure for the breeding of plants and animals shall be defined as > essentially biological if it is based on crossing and selection. (Un > procedimiento para el cultivo de plantas y la cría de animales deberá > definirse como esencialmente biológico si se basa en el cruce y la > selección.)". Esta definición debería ser decisiva a la hora de > interpretar las disposiciones de las reglas actuales de la EPC, puesto > que está directamente relacionada con la historia de la regla 26 (5) EPC > y fue adoptada por el legislador más importante (en este contexto) de la > UE. Esto significa que las patentes que están siendo debatidas en el > marco del G2/07 y G1/08 contravienen claramente la ley europea de patentes.> > Además, y desde un punto de vista más general, no resulta aceptable que > los procedimientos técnicos, como la utilización de marcadores genéticos > o la selección de plantas o animales según sus características externas, > sean definidos como procedimientos que cumplen el criterio de > /producción/ de plantas y animales. Estos procedimientos pueden ser > /aplicados/ a plantas y animales, pero no son, de ninguna manera, > procedimientos para /producir/ plantas, semillas o animales. Si no se > tiene en cuenta esta diferenciación fundamental a la hora de verificar y > conceder patentes, esto conduciría a una situación donde cualquier > esfuerzo (inventivo) técnico menor aplicado en plantas o animales los > convertiría en un invento, teniendo como consecuencia que incluso las > siguientes generaciones se verían también afectadas por la patente > correspondiente (véase artículo 8.2 de la directiva de la UE 98/44 > relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas). > De esta manera, la ley de patentes se convertiría en un instrumento de > injusta apropiación de los recursos básicos, como la producción de > alimentos, semillas, plantas y animales. Si no desea perder su > justificación, la ley de patentes y su interpretación debe encontrar un > balance justo entre los intereses de la sociedad civil y los de los > titulares de las patentes.> > Si se tienen en cuenta estos argumentos, debería ser fácil encontrar una > respuesta a las preguntas dirigidas a la Alta Cámara de Recursos. En > Europa no se deben conceder patentes sobre "procesos esencialmente > biológicos para la producción de plantas y animales". Las dos patentes > que están siendo debatidas (G2/07 y G1/08) caen bajo esta prohibición y, > por lo tanto, no pueden mantenerse.> > Atentamente,> > ....> > > > ___________________________________________________________> You're receiving this Newsletter because you have subscribed> to the Newsletter Service at http://www.no-patents-on-seeds.org.> To unsubscribe please click here: > http://www.no-patents-on-seeds.org/index.php?option=com_mkpostman&task=unsubscribe&Itemid=52 > <http://www.no-patents-on-seeds.org/index.php?option=com_mkpostman&task=unsubscribe&Itemid=52>> > > > __________ Información de NOD32, revisión 3485 (20081001) __________> > Este mensaje ha sido analizado con NOD32 antivirus system> http://www.nod32.com> > _______________________________________________> Lista del Area Agroecología y Soberanía Alimentaria> Ecologistas en Accion> Marques de Leganes 12 - 28004 Madrid> Telefono:+34-91-5312739 Fax:+34-91-5312611> http://www.ecologistasenaccion.org/
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