http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=67 http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=65 -- Ing. Di Biase José Luis Contactos --> Sitio [http://www.interorganic.com.ar] Contactos -->[ <http://www.interorganic.com.ar/josx/> - Info Personal] Contactos --> Tel: +54-11-4382-9533 GnuPG Public Key: 0xF6396FCC
On Tue, 12 Apr 2005 09:16:17 -0300 josx <[email protected]> wrote:
http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=67 http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=65
Estaria bueno armar una charla. Se sabe poco de las CC en general. Ya se que no soy muy aplicables a Software, pero es una apertura a otras actividades creativas que me parece bueno impulsar. Daniel -- ,= ,-_-. =. |Mate.Cosido (..aun fuera de la ley) ((_/)o o(\_)) | `-'(. .)`-' |UTUTO XS GNU System with Linux \_/ |Linux 2.6.7-HR4 / GCC 3.4.3.1 --------------------------------------------------- Mi BLOG: http://daniel.ututo.org.ar Celular / Cell Phone (SMS): (+5411) 5707-5013 SipPhone : [email protected] ICQ: 8368437 / Jabber: [email protected] Estudien mucho para poder dominar la tecnica que permite dominar la naturaleza. CHE
On Tue, 12 Apr 2005 09:22:54 -0300 Daniel Olivera <[email protected]> wrote: DO> On Tue, 12 Apr 2005 09:16:17 -0300 DO> josx <[email protected]> wrote: DO> DO> > http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=67 DO> > http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=65 DO> > DO> DO> Estaria bueno armar una charla. DO> Se sabe poco de las CC en general. DO> Ya se que no soy muy aplicables a Software, pero es una apertura a DO> otras actividades creativas que me parece bueno impulsar. Exacto. Las CC son buenas para otras expresiones intelectuales != software, y tiene una "sintonía más fina" que permite a los autores pasar progresivamente a un modelo más libre. Pero, ojo al piojo, ninguna de las licencias CC es libre en el sentido definido en las DFSG (Debian Free Software Guidelines); tampoco lo es la GFDL (GNU Free Documentation License). Saludos, Enrique -- ``Izena duen guzia omen da.''
On Tue, 12 Apr 2005 14:02:32 +0000 "Enrique A. Chaparro" <[email protected]> wrote:
On Tue, 12 Apr 2005 09:22:54 -0300 Daniel Olivera <[email protected]> wrote:
DO> On Tue, 12 Apr 2005 09:16:17 -0300 DO> josx <[email protected]> wrote: DO> DO> > http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=67 DO> > http://www.arielvercelli.org/blog/index.php?p=65 DO> > DO> DO> Estaria bueno armar una charla. DO> Se sabe poco de las CC en general. DO> Ya se que no soy muy aplicables a Software, pero es una apertura a DO> otras actividades creativas que me parece bueno impulsar.
Exacto. Las CC son buenas para otras expresiones intelectuales != software, y tiene una "sintonía más fina" que permite a los autores pasar progresivamente a un modelo más libre. Pero, ojo al piojo, ninguna de las licencias CC es libre en el sentido definido en las DFSG (Debian Free Software Guidelines); tampoco lo es la GFDL (GNU Free Documentation License).
Saludos,
Enrique
Pero es bueno como iniciativa? Crees que es bueno darle difusion a esa iniciativa? Es aplicable la FDL a canciones o libros por ejemplo? Daniel -- ,= ,-_-. =. |Mate.Cosido (..aun fuera de la ley) ((_/)o o(\_)) | `-'(. .)`-' |UTUTO XS GNU System with Linux \_/ |Linux 2.6.7-HR4 / GCC 3.4.3.1 --------------------------------------------------- Mi BLOG: http://daniel.ututo.org.ar Celular / Cell Phone (SMS): (+5411) 5707-5013 SipPhone : [email protected] ICQ: 8368437 / Jabber: [email protected] Estudien mucho para poder dominar la tecnica que permite dominar la naturaleza. CHE
On Tue, 12 Apr 2005 11:15:53 -0300 Daniel Olivera <[email protected]> wrote: DO> DO> Pero es bueno como iniciativa? DO> Crees que es bueno darle difusion a esa iniciativa? DO> Es aplicable la FDL a canciones o libros por ejemplo? DO> Seguro! No todo lo que anda por el mundo es software, aunque a veces nos lo parezca :) La FDL es aplicable a textos (y eventualmente, imágenes), pues algunas de sus condiciones son superfluas o de difícil aplicación para otros modos de expresión. Un hueco que, a su manera, llenan las CC. Saludos, Enrique -- ``Izena duen guzia omen da.''
Las CC son buenas para otras expresiones intelectuales != software, y tiene una "sintonía más fina" que permite a los autores pasar progresivamente a un modelo más libre. Pero, ojo al piojo, ninguna de las licencias CC es libre en el sentido definido en las DFSG (Debian Free Software Guidelines); tampoco lo es la GFDL (GNU Free Documentation License).
En que viola la FDL las DFSG? Por otra parte prefiero referirme a las 4 libertades para definir lo que es libre y lo que no es libre. La mayorias de las CC no son libres, lo que tambien es cierto es que alguna gente que cree que el software debe ser libre, no considera que la musica u otro material deba ser libre. En lo personal creo que todo lo digitalizable no debe ser privatizado -- Diego Saravia [email protected]
On Tue, 12 Apr 2005 15:38:38 -0300 "Diego Saravia" <[email protected]> wrote: DS> DS> En que viola la FDL las DFSG? DS> DS> Por otra parte prefiero referirme a las 4 libertades para definir lo DS> que es libre y lo que no es libre. Tres de las obligaciones establecidas en la GFDL son incompatibles con el SL. En particular, la GFDL es incompatible (ida y vuelta) con la GPL, por el principio general de la GPL de que cualquier licencia es incompatible con ella si exige cosas que la GPL no exige. Los tres aspectos centrales para considerar a la GFDL ``no libre'' son: 1 - La cuestion de las ``Invariant Sections'' (Sección 4 de la GFDL: al prohibir la modificacion de parte del material, y exigir la inclusión de estas secciones inmodificables en las obras derivadas, va contra la libertad de modificar arbitrariamente. 2 - La ``limitación DRM'' (Sección 2 de la GFDL): al exigir ``(y)ou may not use technical measures to obstruct or control the reading or further copying of the copies you make or distribute'' impone restricciones de _uso_. La clásula puede leerse[1] en el sentido de no permitir el almacenamiento privado de copias que no sean públicamente accesibles, pues la obligación _no_ se limita al acto de distribución. Todo se arreglaría si en lugar de ``make or'' dijese ``make and'', pero tal como está es un problema. Impide, de hecho y derecho, distribuir copias en alguna forma de medio DRM (por cualquier razón técnica, por ejemplo) aunque se distribuya en paralelo una copia `transparente'. 3 - Las ``copias transparentes y opacas'' (Sección 3): tal como está redactada, esta cláusula obliga a distribuir una versión `transparente' junto a la versión `opaca'. Esto, según la opinión del equipo legal de Debian, excede la obligación normal del SL de poner a disposición una copia del código fuente junto con el binario. También hay dificultades prácticas, por ejemplo las derivadas del punto 1: si quiero incluir, por ejemplo, la documentación de una función que esté en el manual de Emacs en un programa que planeo liberar bajo la GPL, estoy obligado a incluir en él el "GNU Manifesto", la sección "Distribution" y el texto completo de la GPL. Sin embargo, la GFDL sigue siendo un instrumento razonable para distribuir texto, a falta de uno mejor. Las restricciones que presenta no la invalidan, solo la hacen ``no libre'' en los términos que aceptamos para definir la libertad del software. Saludos, Enrique DS> DS> La mayorias de las CC no son libres, lo que tambien es cierto es que DS> alguna gente que cree que el software debe ser libre, no considera que DS> la musica u otro material deba ser libre. DS> DS> En lo personal creo que todo lo digitalizable no debe ser privatizado DS> DS> DS> DS> DS> [1] Nótese que aquí la cuestión no es la _intención_, sino la _letra_, que la hace no-libre. -- ``Izena duen guzia omen da.''
Tres de las obligaciones establecidas en la GFDL son incompatibles con el SL. En particular, la GFDL es incompatible (ida y vuelta) con la GPL, por el principio general de la GPL de que cualquier licencia es incompatible con ella si exige cosas que la GPL no exige.
bueno la gpl se aplica a software, la FDL a otro tipo de informacion, por lo que siquiera aplica la cuestion de la incompatibilidad. Es algo fuera de ambito. como toda herramienta debe ser bien usada.
Los tres aspectos centrales para considerar a la GFDL ``no libre'' son: 1 - La cuestion de las ``Invariant Sections'' (Sección 4 de la GFDL: al prohibir la modificacion de parte del material, y exigir la inclusión de estas secciones inmodificables en las obras derivadas, va contra la libertad de modificar arbitrariamente.
No todos los documentos licenciados bajo la fdl tienen estas secciones Obviamenete si alguien usa esta posibilidad para proteger algo que no corresponde proteger el documento, esta parte del mismo no sera libre, pero la FDL no te obliga a usar estas seecciones. te da la posibilidad de usarlas.
2 - La ``limitación DRM'' (Sección 2 de la GFDL): al exigir ``(y)ou may not use technical measures to obstruct or control the reading or further copying of the copies you make or distribute'' impone restricciones de _uso_. La clásula puede leerse[1] en el sentido de no permitir el almacenamiento privado de copias que no sean públicamente accesibles, pues la obligación _no_ se limita al acto de distribución. Todo se arreglaría si en lugar de ``make or'' dijese ``make and'', pero tal como está es un problema. Impide, de hecho y derecho, distribuir copias en alguna forma de medio DRM (por cualquier razón técnica, por ejemplo) aunque se distribuya en paralelo una copia `transparente'.
El almacenamiento privado es para tu propio uso, es una autolimitacion, las licencias son relaciones entre dos personas. Tu estas analizando el caso en que tu mismo te impones restricciones para tu lectura, eso no es parte del marco del copyright. El articulo claramente se refiere a copias destinadas a la lectura por terceros distribuidos en el marco de esta licencia, no al almacenamiento privado de tus copias para tu lectura y uso. Impedir usar DRM me parece perfecto, es bueno oponerse a esto.
3 - Las ``copias transparentes y opacas'' (Sección 3): tal como está redactada, esta cláusula obliga a distribuir una versión `transparente' junto a la versión `opaca'. Esto, según la opinión del equipo legal de Debian, excede la obligación normal del SL de poner a disposición una copia del código fuente junto con el binario.
estas planteando diferencias entre ¿transparente y fuente? o el problema es por distribuir "juntas las cosas"
También hay dificultades prácticas, por ejemplo las derivadas del punto 1: si quiero incluir, por ejemplo, la documentación de una función que esté en el manual de Emacs en un programa que planeo liberar bajo la GPL, estoy obligado a incluir en él el "GNU Manifesto", la sección "Distribution" y el texto completo de la GPL.
creo que los manales son parte del software y deben distribuirse con la misma licencia que el software la fdl no es para manuales sino para otro tipo de documentacion -- Diego Saravia [email protected]
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josx