Es muy interesante lo que dice daniel que le dijo el abogado o sea no hay problema en difundir un mail privado. podes tener problemas si con eso: a) difundis informacion protegida b) calumnias pero el acto en si de republicar un mail dirigido a ti no es penable cosa diferente a si conseguis un mail destinado a otro por medios non-santos y lo publicas. O sea republicar mails que no calumnien o divulgen informacion protegida es legal -- Diego Saravia [email protected]
On Wed, 6 Jul 2005 21:33:45 -0300 "Diego Saravia" <[email protected]> wrote:
Es muy interesante lo que dice daniel que le dijo el abogado
o sea no hay problema en difundir un mail privado.
podes tener problemas si con eso:
a) difundis informacion protegida b) calumnias
pero el acto en si de republicar un mail dirigido a ti no es penable
cosa diferente a si conseguis un mail destinado a otro por medios non-santos y lo publicas.
O sea republicar mails que no calumnien o divulgen informacion protegida es legal
Perjuicio o Daños pueden ser morales tambien, puedes considerar que es un perjuicio la publicacion de un mail personal segun su contenido y el valor que el remitente le da a ese contenido. Un caso real de esto es si publica, el contenido de un mail que tiene tu telefono en un mail a una lista o un sitio web y recibes una amenaza o molestia luego de esa publicacion. O envias a alguien una noticia de la muerte de un familiar y esa persona lo publica en un meido de acceso publico y se rie de eso por ejemplo o dice "que se joda". Lo de medios "non-santos" es violacion de la correspondencia, y eso incluye a los mails y hay un articulo de la contitucion que lo proteje, si mal no recuerdo es el 16 Si no eres el emisor o el receptor de un mensaje enviado por un medio de comunicacion eres alguien no autorizado a conocer su contenido. Este tema me empezo a gustar, realmente me gusto, voy a ponerme a investigar. Daniel -- ,= ,-_-. =. |Mate.Cosido (..aun fuera de la ley) ((_/)o o(\_)) | `-'(. .)`-' |UTUTO XS GNU System with Linux \_/ |Linux 2.6.7-HR4 / GCC 3.4.3.1 --------------------------------------------------- Mi BLOG: http://daniel.ututo.org.ar Celular / Cell Phone (SMS): (+5411) 5707-5013 SipPhone: [email protected] ICQ: 8368437 / Jabber: [email protected] ---- Solo sere comunista hasta el dia anterior a mi muerte, el ultimo lo dedicare a mi mismo. Pido disculpas, por tal egoismo. ---- Estudien mucho para poder dominar la tecnica que permite dominar la naturaleza. CHE
On Wed, 6 Jul 2005 21:40:28 -0300, Daniel Olivera wrote
On Wed, 6 Jul 2005 21:33:45 -0300 "Diego Saravia" <[email protected]> wrote:
Es muy interesante lo que dice daniel que le dijo el abogado
o sea no hay problema en difundir un mail privado.
podes tener problemas si con eso:
a) difundis informacion protegida b) calumnias
Este tema me empezo a gustar, realmente me gusto, voy a ponerme a investigar.
es un tema interesante tambien no debieramos olvidarnos que si publicas una obra intelectual que el autor te haya licenciado bajo terminos privativos mediante un mail, tambien estas violando la ley de derecho de autor. En principio si no decis nada solo das licencia a leerlo, no a redistribuirlo. Entonces si podes considerar tu mail una obra intelectual, por ahi podes encontar una forma de acusar de algo al redistribuidor. -- Diego Saravia [email protected]
On Wed, 6 Jul 2005 21:59:35 -0300 "Diego Saravia" <[email protected]> wrote: ...
es un tema interesante
tambien no debieramos olvidarnos que si publicas una obra intelectual que el autor te haya licenciado bajo terminos privativos mediante un mail, tambien estas violando la ley de derecho de autor.
En principio si no decis nada solo das licencia a leerlo, no a redistribuirlo.
Entonces si podes considerar tu mail una obra intelectual, por ahi podes encontar una forma de acusar de algo al redistribuidor.
Interesante eso!! Daniel -- ,= ,-_-. =. |Mate.Cosido (..aun fuera de la ley) ((_/)o o(\_)) | `-'(. .)`-' |UTUTO XS GNU System with Linux \_/ |Linux 2.6.7-HR4 / GCC 3.4.3.1 --------------------------------------------------- Mi BLOG: http://daniel.ututo.org.ar Celular / Cell Phone (SMS): (+5411) 5707-5013 SipPhone: [email protected] ICQ: 8368437 / Jabber: [email protected] ---- Solo sere comunista hasta el dia anterior a mi muerte, el ultimo lo dedicare a mi mismo. Pido disculpas, por tal egoismo. ---- Estudien mucho para poder dominar la tecnica que permite dominar la naturaleza. CHE
On 7/6/05, Diego Saravia <[email protected]> wrote:
tambien no debieramos olvidarnos que si publicas una obra intelectual que el autor te haya licenciado bajo terminos privativos mediante un mail, tambien estas violando la ley de derecho de autor.
Claro, si Disney Resorts (cualquiera) me manda un folleto para promocionar vacaciones en Orlando, no puedo agarrar el dibujito del Mickey, recortarlo y usarlo para vender productos. Pero es algo previamente registrado. Hay una ley en USA, que dice que si una agencia te manda material promocional, ese material es tuyo y no tenes obligacion de devolver ni de nada. Eso lo hicieron porque habia hecho un curro que consistia en suscribirte a servicios (tipo tarjetas de credito o cualquier cosa) y en la carta decia que si no cancelabas, te cobraban el servicio, que uno nunca pidio. Eso ahora es ilegal, y por eso la ley dice que te podes quedar con la correspondencia que te llega y no tenes obligacion alguna con el remitente (salvo en el caso que vos lo hayas pedido).
En principio si no decis nada solo das licencia a leerlo, no a redistribuirlo. Entonces si podes considerar tu mail una obra intelectual, por ahi podes encontar una forma de acusar de algo al redistribuidor.
CREO, que para tener el derecho a reclamar, tenes que "hacer el deposito que marca la ley". En realidad, en teoria, igual podes reclamar, pero si no pasaste antes por la oficina de derecho de autor para registrar tu obra (queda en Talcahuano al 800), es dificil demostrar tu autoria. -- <a href="http://www.spreadfirefox.com/?q=affiliates&id=24672&t=1">La web sin popups ni spyware: Usa Firefox en lugar de Internet Explorer</a>
Sebastian Bassi escribió:
On 7/6/05, Diego Saravia <[email protected]> wrote:
tambien no debieramos olvidarnos que si publicas una obra intelectual que el autor te haya licenciado bajo terminos privativos mediante un mail, tambien estas violando la ley de derecho de autor.
Claro, si Disney Resorts (cualquiera) me manda un folleto para promocionar vacaciones en Orlando, no puedo agarrar el dibujito del Mickey, recortarlo y usarlo para vender productos. Pero es algo previamente registrado. Hay una ley en USA, que dice que si una agencia te manda material promocional, ese material es tuyo y no tenes obligacion de devolver ni de nada. Eso lo hicieron porque habia hecho un curro que consistia en suscribirte a servicios (tipo tarjetas de credito o cualquier cosa) y en la carta decia que si no cancelabas, te cobraban el servicio, que uno nunca pidio. Eso ahora es ilegal, y por eso la ley dice que te podes quedar con la correspondencia que te llega y no tenes obligacion alguna con el remitente (salvo en el caso que vos lo hayas pedido).
Oia, de repente me acordé de AOL en Argentina, te regalaban un CD con internet gratis un mes, luego te lo empezaban a cobrar si no te acordabas de darlo de baja, como garcaron gente con eso, por suerte duraron poco esos delincuentes.
On 7/6/05, Herman Maseberg <[email protected]> wrote:
Oia, de repente me acordé de AOL en Argentina, te regalaban un CD con internet gratis un mes, luego te lo empezaban a cobrar si no te acordabas de darlo de baja, como garcaron gente con eso, por suerte duraron poco esos delincuentes.
Si, pero el caso que yo digo es distinto y peor. Porque al menos en AOL vos tenias que hacer algo para "engancharte" que es meter el CD y usar Internet con ellos (y supongo que darle los datos de la TC). En cambio, lo que yo digo es que te meten en algo de prepo sin necesidad de que hagas nada, es mas, tenes que si o si decir explicitamente que no queres la oferta, sino te facturan. Por suerte eso ahora es ilegal. -- <a href="http://www.spreadfirefox.com/?q=affiliates&id=24672&t=1">La web sin popups ni spyware: Usa Firefox en lugar de Internet Explorer</a>
que te pasa sabio te calentaste: Pensaba dejarla en privado por tu nivel de obscenidad, pero me gonfiaste gli coioni asi que te la contesto pa terminarla, la edite un poco, para que se entienda un cachito mas, y demostrar tus errores. Primero no se donde muy bien dondese hicieron, pero man si recordas habia un gran deposito de filmes tanto nacionales como extranjeros en el viejo canal once (LEONCIO) si los telefilmes se realizaron en canal 7 cuando estaba todavia en el edificio alas puede ser o no, pero lo que si me acuerdo que estudios no habia muchos, y el alas no era precisamente grande esta la filmografia de Narciso asi no me acusas de mezclador http://www.primordiales.com.ar/retrospectivas/narciso_ibanez-menta.htm Es mas como te dije despues estos ciclos se repitieron por canal dos. Y tambien me habia olvidado que "es usted el asesino cuentos de terror" 1960 ...adivina quien lo distribuyo CANAL 9 http://www.cinefania.com/movie.php/56746//b Me decis que laburaste en el robot ...fue el nueve too http://www.cinefania.com/movie.php/47263//b y adivina....el monstruo no ha muerto ....siii Romai http://www.cinefania.com/movie.php/47265//b y un pacto con los brujos pa no ser menos ...no podia ser menos 9 tambien http://www.cinefania.com/movie.php/44053//b y si todavia te queda duda http://www.cinefania.com/studios/nomina.php?prod=Canal+9&l= No sere Diego Curubeto, pero soy muy seguidor de cine de terror horror y sci-fi, a post jueguenle al 9 a la quiniela que seguro sale :P A mire pero no encontre ningun Halconcete Rodolfo ...pero haremos relaciones a ver quien sos en realidad, uno de mis yoes y mis multiples personalidades transformables. Cuando se quemo la filmoteca ser perdieron muchisimas cosas y si queres andate por el Pablo Dukros Hicken y averigualo. Es mas facil conseguir "London after midnigth" con Lon Chaney (que se considera perdida para siempre) que algunas otras cosas nacionales. Despues Horacio se hizo jefe de maquillaje de canal 9 por donde pasaron 25000 cosas desde "domingos para la juventud" donde hacia un juego, a division homicidios y eran maquillajes de aquilon , dulce de leche tempera con vaselina, y las cosas mas inesperadas. No mezclo los tiempos porque laburaba con Pisani cuando tuvo la hemiplejia y fue en 1982 exactamente, me acuerdo bien la guerra de malvinas, dado que me entere de ella en la sala de maquillaje de canal 9 a mis 15 -16 tiernos años. Y la que yo dije que se hizo en el nueve es el "pulpo negro" en la cual tambien iba a laburar y me la soplo Nathan Solans, ya cuando Narciso estaba bastante viejito, y fue una mierda en el 85. http://www.cinefania.com/movie.php/43608//b Y si lo conociste a Narciso, sabes muy bien el ironico humor que tenia. Y finalmente te recuerdo que vos dijiste que inauguro la escuela cerca de su muerte, y aca me hablas del año 70, habiendo fallecido en el 82, vivio un poco no,y eso que el pòbre man se murio joven. No se a que te dedicas pero perdiste completamente tu actitud "Osvaldo Miranda". No se si estara vivo todavia , pero lo voy a invitar a Bajarlia para que te escriba, porque tu patetismo es de terror, chicanear en la lista y insultar a diestra y siniestra por privado...mmmm no man te falta crecer mucho de cabeza aunque tengas edad de peinar canas. Yo sere un pendejo de 40 años, pero vivi mucho, mal que te pese, me puedo equivocar alguna fecha, pero nunca un echo, porque nunca hablo de cosas contadas sino vividas como cine-laburante y como cinefilo. Bueno terminando esta isla de cultura general vuelvo al software. Como diria un amigo de la lista ..Un beso en las Nalgas, Yo te deseo una larga vida y una feliz muerte. Hasta siempre y que te vaya bien. CE FINI -- Salutti a tutti, Enzo '=£0ßÎZ0N Ïs ßÅÇk='® ------------------------------------------------------------------ * El alma mala gobernará mal; y la que es buena todo lo hará bien. Platón. ------------------------------------------------------------------
Argentina: El primer fallo que ampara el E-mail en la Argentina. Caso de violación & publicación indebida. El e-mail, es un verdadero correo en versión actualizada y en tal, sentido la correspondencia y todo lo que por su conducto pueda ser transmitido o receptado, goza de la misma protección que las cartas. Aunque nuestra Constitución de los años 1853, hace referencia en su art.18 a la inviolabilidad de la “correspondencia epistolar” para todos los habitantes de la Republica. Las leyes que lo reglamentaron han quedado obsoletas frente a estas nuevas tecnologías y que hacen una necesaria una reforma legislativa. El avance de la tecnología con la creación de la “Internet” en la década del ´70 y los grandes desarrollos de los servicios que puede brindar a toda la Humanidad, como ser por ejemplo el E-mail, los Chats, el ICQ, la Videconferencia, el Needmiting,etc. Siendo el primero de ellos, el que nos permite que cualquier persona envía o reciba el mensaje escrito por medio de una computadora, sin importar el lugar donde este el receptor, a una velocidad de segundos y a bajo costo. Aunque todavía no existe una normativa en el Derecho Privado que expresamente lo ampare legalmente como bien jurídico el e-mail, se ha presentado en el Congreso Nacional por iniciativa del Ministro de Justicia la Comisión integrada por los Dres. Héctor Alegría - Atilio Aníbal Alterini - Jorge Horacio Alterini - María Josefa Méndez Costa - Julio César Rivera - Horacio Roitman el “Proyecto de Código Civil unificado con el Código de Comercio” que entre sus características más relevantes en el campo tecnológico con respecto a la Correspondencia, establece en su art.295 que “La correspondencia, cualquiera sea el medio empleado para crearla o transmitirla, puede presentarse como prueba por el destinatario, pero la que es confidencial no puede ser utilizada sin consentimiento del remitente. Los terceros no pueden valerse de la correspondencia sin asentimiento del destinatario, y del remitente si es confidencial. La correspondencia dirigida a terceros no constituye prueba suficiente de las obligaciones a que se refiere.Están comprendidos en la disposición de este artículo los instrumentos electrónicos aunque por el modo de transmisión queden archivados en poder de un tercero.”, abarcando entonces al e-mail, ya que en el Servidor de Correo Electrónico o SMTP/POP, quedan guardados físicamente los mensajes electrónicos enviados y recibidos, siendo responsables este tercero de preservar la privacidad de los mismos por pertenecer a la esfera privada de los usuario registrados. Con respecto a la órbita del Derecho Público, existiendo un vacío legal al respecto se planteo el primer caso a fines de 1.999 donde una Resolución judicial, emitida por la Cámara Apelaciones Criminal y Correccional - Sala 6 - Dr.Carlos Alberto Gonzalez, Luis Ameguino Escobar, Carlos Elbert - de Capital Federal, en la causa “Edgardo Martolio c/Jorge Lanata s/querella”, se pronuncio sobre el “e-mail” equiparándolo con los “correspondencia postal”, y como consecuencia de esta interpretación, su violación podría ser castigada por nuestro Código Penal, en caso de encuadrar en alguna figura establecida en el Capito II Bajo el Título: Violación de Secretos (art.153 y sig.), como ser: Violación de correspondencia o Publicación indebida de correspondencia. La causa se originó cuando el Sr.Edgardo Martolio, vio publicado en una revista que dirige Jorge Lanata, distintos e-mails que había enviado o recibido, que no podían ser difundidos por no tener el “consentimiento de ninguno de los remitentes o destinatarios de los mismos”. La sentencia del a quo, fue dictada en un proceso en el que se revocó la resolución de la Justicia Correccional de Primera Instancia, que había desestimado, por considerar la inexistencia del delito mencionado. Surge del expediente judicial que en la demanda, se le reprochó al demandado “haberse apoderado indebidamente de una misiva enviada electrónicamente, para publicarla posteriormente, cuando no estaba destinada a tal fin”, lo que lo hacía incursó, según el apoderado del actor el Dr.Gustavo Romano Duffau, en las normas que reprimen la violación y publicidad de correspondencia. Los magistrados destacaron en su fallo que “el tan difundido e-mail de nuestros días es un medio idóneo certero, veloz para recibir y enviar todo tipo de mensajes”. Además, afirmaron los mismos, que el correo electrónico otorga “la amplia gama de posibilidades que brindaba el correo tradicional al usuario que tenga acceso al nuevo sistema”. También, explicaron que ese sistema “posee características de protección a la privacidad más acentuadas que la inventarada vía postal a la que estamos acostumbrados”, ya que para su funcionamiento se requieren varias condiciones que “impiden el acceso de terceros extraños a la información”. La conclusión que arribo de este precedente judicial es que puede tomarse como un “Leading Case”, entendiéndolo que el bien jurídico del e-mail o correo electrónico se encuentra amparado en el art.154 y siguientes de nuestro Código Penal, cuando dice en el tipo el que ” abriere indebidamente una carta...o de otra naturaleza que no le esté dirigido”, por esta nueva interpretación judicial de la nueva tecnología del correo electrónico, Que en la práctica este medio de comunicación se esta implementando velozmente en todo rubro industrial, comercial y profesional, pudiendo citar en nuestra esfera social que cada vez más estudios jurídicos lo están incorporando para llegar rápidamente a sus clientes. Generándose así nuevos conflictos jurídicos, como los citados anteriormente, que el derecho no puede dejar de tutelarlos, como ha sido expuesto en el fallo de los Camaristas de esta Sala Criminal citada precedentemente. Tenemos que tomar el ejemplo de los Estados Unidos en este asunto, en donde se ha admitido el e-mail como medio de prueba en determinados juicios laborales, siendo plenamente idóneos, seguros y válidos para demostrar una declaración de voluntad de los litigantes, al contener los datos del emisor, receptor, fecha, lugar. Saludos Diego Saravia wrote:
On Wed, 6 Jul 2005 21:40:28 -0300, Daniel Olivera wrote
On Wed, 6 Jul 2005 21:33:45 -0300 "Diego Saravia" <[email protected]> wrote:
Es muy interesante lo que dice daniel que le dijo el abogado
o sea no hay problema en difundir un mail privado.
podes tener problemas si con eso:
a) difundis informacion protegida b) calumnias
Este tema me empezo a gustar, realmente me gusto, voy a ponerme a investigar.
es un tema interesante
tambien no debieramos olvidarnos que si publicas una obra intelectual que el autor te haya licenciado bajo terminos privativos mediante un mail, tambien estas violando la ley de derecho de autor.
En principio si no decis nada solo das licencia a leerlo, no a redistribuirlo.
Entonces si podes considerar tu mail una obra intelectual, por ahi podes encontar una forma de acusar de algo al redistribuidor.
On 7/6/05, Daniel Olivera <[email protected]> wrote:
Perjuicio o Daños pueden ser morales tambien, puedes considerar que es un perjuicio la publicacion de un mail personal segun su contenido y el valor que el remitente le da a ese contenido.
Tambien hay que considerar que pasa si el contenido de un mail es difundido por un virus. Vos me escribis a mi, y yo me infecto con un gusano que forwardea tu email a todo el mundo. De quien es la culpa ahi? Se me puede acusar de algo? Si fue mi PC la que hizo "el daño", yo como dueño seria responsable, de la misma manera si dejo el auto estacionado en bajada sin ponerle freno de mano y baja y atropella a alguien. Yo puedo argumentar que el gusano me entró sin mi consentimiento, por lo que tambien soy victima. Hubo un caso en USA donde un tipo fue absuelto de no se que cargos, porque no consideraron en la causa la evidencia encontrada en su PC, porque su PC estaba llena de gusanos, virus, troyanos, etc y por lo tanto, el tipo pudo argumentar que "no tenia control de la PC" por lo que no podian acusarlo de lo que encontraran ahi. No se, da para la discusión, de algo tienen que vivir los abogados. -- <a href="http://www.spreadfirefox.com/?q=affiliates&id=24672&t=1">La web sin popups ni spyware: Usa Firefox en lugar de Internet Explorer</a>
El 7/07/05, Sebastian Bassi<[email protected]> escribió:
On 7/6/05, Daniel Olivera <[email protected]> wrote:
Perjuicio o Daños pueden ser morales tambien, puedes considerar que es un perjuicio la publicacion de un mail personal segun su contenido y el valor que el remitente le da a ese contenido.
Tambien hay que considerar que pasa si el contenido de un mail es difundido por un virus. Vos me escribis a mi, y yo me infecto con un gusano que forwardea tu email a todo el mundo. De quien es la culpa
<joke> Tuya por usar Windows :P </joke>
si en tu pc entran virus mas que responsable sos un irresponsable =P cuac El Thu, 7 Jul 2005 21:49:32 -0300 Sebastian Bassi <[email protected]> escribió:
On 7/6/05, Daniel Olivera <[email protected]> wrote:
Perjuicio o Daños pueden ser morales tambien, puedes considerar que es un perjuicio la publicacion de un mail personal segun su contenido y el valor que el remitente le da a ese contenido.
Tambien hay que considerar que pasa si el contenido de un mail es difundido por un virus. Vos me escribis a mi, y yo me infecto con un gusano que forwardea tu email a todo el mundo. De quien es la culpa ahi? Se me puede acusar de algo? Si fue mi PC la que hizo "el daño", yo como dueño seria responsable, de la misma manera si dejo el auto estacionado en bajada sin ponerle freno de mano y baja y atropella a alguien. Yo puedo argumentar que el gusano me entró sin mi consentimiento, por lo que tambien soy victima. Hubo un caso en USA donde un tipo fue absuelto de no se que cargos, porque no consideraron en la causa la evidencia encontrada en su PC, porque su PC estaba llena de gusanos, virus, troyanos, etc y por lo tanto, el tipo pudo argumentar que "no tenia control de la PC" por lo que no podian acusarlo de lo que encontraran ahi. No se, da para la discusión, de algo tienen que vivir los abogados.
-- <a href="http://www.spreadfirefox.com/?q=affiliates&id=24672&t=1">La web sin popups ni spyware: Usa Firefox en lugar de Internet Explorer</a>
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