Sobre las falsas acusaciones de proscripción de listas presentadas en las elecciones pasadas
En las últimas elecciones de 2010 se presentaron dos listas, una de las cuales cumplió con los requisitos (http://solar.org.ar/spip.php?article799) y otra no,
falso, la resolucion de la junta electoral proscribiendo una lista fue apelada y por lo tanto no esta firme y la apelacion no fue siquiera presentada en la asamblea como correspondia. por lo tanto el tema no se resolvio, y las elecciones son nulas. se ha violado el proceso electoral violando el estatuto.
electoral para que la segunda lista fuera conformada positivamente (brindando más tiempo para que algunos de sus miembros sumaran antigüedad y dando nuevo plazo para una nueva presentación de lista), la lista presidida por Cristóbal López no dio lugar a que todos los
al no haberse contestado la apelacion, todo esos "esfuezos" fueron absurdos dado que desde nuestro punto de vista la lista cumplia las condiciones requeridas y este tema nunca fue tratado como correspondia por la asamblea
lista enmendada. El informe de la junta electoral puede verse aquí: informe que incluye, entre las irregularidades, inclusión en la lista de personas no socias o socios renunciados. [Comunicado de la junta electoral->http://solar.org.ar/spip.php?article723]
resolucion apelada y nunca contestada
Todos los artículos propuestos previamente a la votación democrática de los 9 puntos se encuentran publicados, 9 y los posteriores, fueron tratados siguiendo los puntos debatidos y votados democráticamente por los miembros de la asociación. [9 puntos para SoLAr-> http://www.solar.org.ar/spip.php?article746]
la ong solar no es dueña del sitio y no tiene autoridad mas que sobre la porcion institucional por lo tanto esos 9 puntos constituyen un abuso de autoridad por otro lado los que manejan el sitio son los admines, no la ong, y estos han aplicado innumerables medidas por su cuenta hay a la fecha varios articulos censurados
acusaciones (propuesto por el ahora ex socio Diego Saravia denominado “Principios participativos de Solar”), se encontraba ya publicado en
sigo siendo socio, dado que nunca presente la renuncia por escrito, como exije el estatuto
participación democrática (por eso elegimos constituirnos como Asociación) y una visibilidad de las acciones coordinadas de sus
si, la asociacion es posterior al sitio
información de SoLAr en tanto asociación (constitución que llevó su
solar ong tiene una carpeta: institucional, en el sitio si hubiera mas ong en el movimiento podrian tener cada una su carpeta -- Diego Saravia [email protected] NO FUNCIONA->[email protected] ==================================================================== "Disclaimer:" Haré lo que desee con los correos que reciba, quien no este de acuerdo, que se abstenga de enviarme correo a mí o a las listas donde este suscripto. En particular NO VALE ningun "disclaimer" que indique que el correo enviado es privado o sujeto a normas de empresas, gobiernos, u organizaciones de cualquier tipo. Con relación a los estados y sus leyes, analizare cualquier norma aplicable en el territorio donde eventualmente actúe en el momento, escucho a cualquiera que tenga algo que decir. Con respecto en particular a los derechos de autor, salvo acuerdo previo, gozaré plenamente de las 4 libertades con todo lo que reciba, considerandolo, en cuanto a lo patrimonial, como propio. ====================================================================