El Senado sancionó por unanimidad cuatro proyectos de ley de carácter económico remitidos por el Poder Ejecutivo, entre los que sobresale el que otorga beneficios fiscales a la industria del software, con la intención de promocionar la investigación y el desarrollo de dicho sector productivo. En otra de las leyes sancionadas se le otorga un reintegro del 15 por ciento a los beneficiarios de planes sociales que utilizan tarjeta magnética. Se trata de una iniciativa que además obliga a los monotributistas que brinden servicios a aceptar la tarjeta magnética como medio de pago. Los cuatro proyectos fueron con el voto afirmativo de los 50 senadores presentes, luego de un breve debate que precedió a la presentación de las iniciativas, que realizó como miembro informante el senador chaqueño del PJ, Jorge Capitanich en su carácter de presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda. En cuanto a la ley de promoción al software, le garantiza al sector una estabilidad fiscal por diez años, y además una serie de beneficios en el impuesto a las ganancias y en los aportes patronales. Ello significa que podrán convertir en un bono el 70 por ciento de sus aportes patronales para cancelar tributos nacionales relacionados con la industria del software, como por ejemplo el IVA. También gozarán de una desgravación del 60 por ciento del monto total del impuesto a las ganancias, que sólo podrá ser acreditado a gastos que se adjudiquen a la investigación y desarrollo del sector. Además, el Senado sancionó una ley por la cual se condona la deuda que los estados nacionales, provinciales y municipales, mantenían sobre el incentivo docente, que afectaba a los automóviles cuya propiedad poseen esas reparticiones. El proyecto remitido por el Poder Ejecutivo, está fundamentado en un dictamen de la Procuradoría del Tesoro, en el que se establece que la ley que implementó el incentivo docente no especificó de donde debían provenir los recursos para que el estado cumpliera con la norma. También se sancionó una modificación a la ley del Impuesto al Valor Agregado, por la cual se dispone que las exenciones al tributo no deben ser genéricas sino explícitas. Se trata de una norma instrumental, que determina que aquellos exenciones deben estar incluídas taxativamente en la propia Ley de IVA, y no en forma genérica en otras leyes de determinados sectores productivos.