Creo que la pregunta demuestra que hay cosas que no podemos dar por sentadas. Me parece que tendremos que afinar el tema de las reglamentaciones y los estatutos de constitución... y creo que todos podremos aportar algo. Ya saben lo que dice el refrán "Los amigos hacen contratos para cumplirlos cuando dejan de serlo" (no es textual y la memoria puede fallarme). Pero referido al tema puntual de la pregunta, expreso lo que me parece atinado: 1. Para ser miembro activo (con voz y voto) se debe residir en Argentina, es decir se debe tener domicilio legal en nuestro país. 2. Los residentes en el extranjero pueden ser miembros adherentes. Tendrán voz pero no voto en la elección de autoridades de Solar o en cualquier compulsa con caracter vinculante o decisoria. 2. Para ser miembro activo o adherente se debe solicitar la membresía previa lectura y aceptación total de la "Declaración de Principios y Fines" de Solar y de sus estatutos constitutivos. 3. Para ser elegido para ocupar cargos electivos de Solar se debe ser miembro activo. No quiero abundar con detalles, pero esto es masomenos la columna vertebral de todo tipo de asociación... Por la hora de la madrugada, seguro que se me olvidan otras cosas, pero esto es para empezar. Saludos. Vladimir di Fiore wrote:
Holas, recien veo un post en nuestro sitio que pregunta:
Pregunta tonta (o no): no hay ningún requisito de residencia o nacionalidad para ser candidato a pertenecer a la Comisión Directiva de SOLAR?
me ayudan a responder? segun entiendo los candidatos solo pueden ser argentinos, no? lo que nunca pensamos es silos extranjeros podran ser adherentes, yo creo qeu si. saludos
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