On Wed, May 28, 2008 at 2:31 AM, Alejandro René Fernández Blanco <[email protected]> wrote: ....
En el artículo que pasó Diego se menciona posibilidad de **confiscar** bienes (...) "iPods, iPhones, portátiles y otros dispositivos digitales podrían ser confiscados por funcionarios de aduanas de todo el mundo conforme a un nuevo acuerdo confidencial para hacer cumplir las leyes de propiedad intelectual que se está negociando actualmente entre las naciones G8."
lo que contradice a nuestra constitución que en la oración final de su artículo 17 declara abolida la confiscación de bienes en Argentina y no creo que seamos el único país en el mundo que tiene prohibida la confiscación de bienes
Se me ocurren 2 cosas: 1) Asi es. Pero creo que tecnicamente lo salvan diciendo que si queres podes conservar el bien, pero no cruzas la frontera. Nadie te obliga a cruzar la frontera, asi que no hay confiscación. 2) Intentá subir con una Victorinox a un avión. Cuando te la quieran confiscar, invocá el artículo 17 a ver que te dicen :). En realidad es como el punto 1, podes quedarte con la Victorinox si queres, pero no intentes pasar el checkpoint. Es tu elección. El punto 2 se aplica para cualquier elemento prohibido (drogas, material radiactivo, agua mineral no comprada en el aeropuerto, etc). Para mi no se va a aplicar por una cuestion practica, no ideologica o de derechos y garantias. Y es que habria que contratar mas personal, hacer mas largas las colas, molestar a los clientes de Apple (la gran mayoria en USA), todo esto va a pesar mas que el articulo 17. Ah, hablando del articulo 17, los que pusieron dolares y le devolvieron 1,4+CER, que opinarán de la vigencia de ese articulo? -- Sebastián Bassi (セバスティアン). Diplomado en Ciencia y Tecnología. Curso Biologia molecular para programadores: http://tinyurl.com/2vv8w6 Mostrá tu código: http://www.pastecode.com.ar GPG Fingerprint: 9470 0980 620D ABFC BE63 A4A4 A3DE C97D 8422 D43D