Satoru Lucas Shindoi wrote:
Hola gente
Pregunta para los que saben (y para los que tocamos de oído): Un acto puede ser definido como donación, si a esta acción le antepongo condiciones?
Uy!! que preguntas tiras :) Te estas metiendo en tenebroso....
Ejemplo1: Una corporación entrega "como donación"(?) mil computadoras, con la condición de que solo usen su software.
Te tiro unas ideas propias de una noche repasada... Si M$, donara 1000 inodoros de la empresa Pereyra SA, y dicha empresa siempre que vende ese producto lo hace con la "condicion" de que "uses unicamente" ese artefacto. ¿Que pasa ahi? ......(no respondan literalmente, plissss) ¿M$ es responsable (si lo hubiera sido alguna vez, no?) de esos condiciones? ...... mmmm, dificil no? ¿Seria lo mismo que si entregaran solo plata? ......jeje pepepe ¿Si dan plata para que luego compren dichos inodoros, seria igual? ...... esto huele mal!! ¿Si te dan plata para que luego solo compres windows, sigue siendo igual? ...... menos mal que compraron Inodoros!!!! (es una venta encubierta) Esta claro que la Donacion, solo se da cuando entregas algo, sin recibir contrasprestacion alguna (monetaria o estrategica). Ahora si me viene con que estan obligados a dar windows con ese lincenciamiento, nunca nos vamos a poner de acuerdo... Como dijo un referente de la lista, el gobierno debe armar los pliegos y condiciones.... desde cuando se vio que tengo que comprar inodoros de color rosa???!!! ehh???!!
Ejemplo2: Una corporación entrega "como donación"(?) mil computadoras y además el software para utilizarlo, pero te obliga a firmar acuerdos anticonstitucionales?
El ejemplo 2 cae de maduro, que nada puede violar la constitucion, (bue, todos me entienden...)
2ª pregunta: el Estado puede/debe aceptar estas condiciones?
Argentina, es el Pais del TODO SE PUEDE (te acordas Angeloz?) Argentina, no necesita de esas condiciones......
3ª pregunta: esta corporación, al realizar esta donación al Estado, puede deducirlo de sus impuestos? (me caería de de colon si así fuera)
No existe respuesta simple al tema, hay un mail mio a la lista sobre el tema, es bastante largo.... http://lists.ourproject.org/pipermail/solar-general/2004-May/006373.html
4ª pregunta: no podríamos proponer al Estado, que acepte la donación de los equipos.... no así el soft, mas bien incluir en el acuerdo que el soft sea provisto por Solar, Lugar (a través del Cafelug), Vía Libre, SADIO, AONG (AnotherONG)?
Si!!! pero como toda Donacion parte del Donante, la donacion de equipos sin SOs, puede lograrse luego de los "viajes a Japon en una hora, desde la estratosfera", te acordas? saludos rob *Cohecho y extorsión.- *El cohecho que es un intercambio voluntario de prestación y contraprestación entre los actores para beneficio mutuo. Aquí se da la imagen tradicional del sujeto activo y pasivo de la corrupción. El que soborna da al sobornado una suma de dinero o realiza una prestación (conducta), recibiendo a cambio una contraprestación ilegal. Para realizar esta contraprestación el funcionario público viola las normas de conducta que debe observar, abusando de su posición de poder y de la confianza pública que le ha sido depositada. En la extorsión no hay voluntad, porque se ejerce una coacción moral para obtener el beneficio. Se realiza, tolera u omite cierta acción. Este tipo de conducta puede expresarse a través de la amenaza de una expropiación sin indemnización, aumento arbitrario de impuestos y cargas sociales o la amenaza de demorar trámites y/o generar costos adicionales si el amenazado rehúsa a pagar o realizar una prestación. No es fácil distinguir sin embargo, cuándo se da el cohecho y cuándo la extorsión. Depende del poder económico, político y social de los implicad