21 Jul
2003
21 Jul
'03
3:11 p.m.
Pues parece que mi entusiasmo no es demasiado compartido o que ya estamos en medio del verano. Yo creo que el planteamiento de Internet como "espacio" de aplicación de una licencia es fecundo. Una reflexión. El código US (USC17) establece que la protección de Berna (del que nace el CPI español) no implica la protección del USC para la obra de un autor. En cambio, Berna implica que toda obra protegida según el USC tasmbién lo está según Berna. Me pregunto si una licencia "internet (c)fecha autor" podría ser invalidada desde EEUU. Creo que no. Pero en este caso, el resultado sería que los nacionales de EEUU no podrían utilizar libremente la obra en Internet. Bueno. Parece otro chiste más. :) Saludos - Natxo