¿Comentarios?
Perdona pero no puedo seguirte, no sé de dónde sacas las conclusiones que sacas.
Sí Mejor no saltemos etapas. Por lo pronto, acudir a la redacción en www.in3activa.org/dic Para una obra expuesta en Internet, la declaración internet(c) se refiere en definitiva a Internet como su espacio de exposición. Lo que hace la declaración internet(c) es okupar Internet, en virtud del (c) del autor :) Pensando a dónde nos lleva esto: 1- Traducciones de las FAQ haciendo referencia a la legislación del Autor[1a] de las faq traducidas. 2- Establecer un sitio (varios sitios) especializado en la explotación, fuera de Internet, de obras declaradas internet(c), 3- Establecer un sitio(s)/reglas de Arbitraje especializado litigios en torno a la explotación de obras internet(c) Hay trabajo para gente con todo tipo de preparación :) Natxo