.... SEXTO.- Con fecha 3 de octubre, no constando contestación de las entidades bancarias Triodos y Caixabank, se acordó, al entender que con lo actuado no se consideraba necesaria la información solicitada respecto de las personas que hicieron aportaciones económicas, oficiar a dichas entidades a fin de que no informaran al efecto. Con igual fecha y en el día de hoy se han presentado escritos por defensas de imputados, a los que se han adherido otros imputados, en los que se solicita la declaración de la Sra. Delegada del Gobierno de Madrid como imputada y, en síntesis, por su presunta responsabilidad de los desórdenes públicos acaecidos el día 25 de septiembre en tanto que grupos de policías y colaboradores bajo la dirección de la Delegación del Gobierno de Madrid infiltrados entre los manifestantes fueron los que iniciaron dolosamente los desórdenes; solicitando además como diligencia a practicar remitir oficio a la Presidencia del Congreso de los Diputados en orden a que se informe sobre determinados extremos sobre la sesión del día 25 de septiembre. Asimismo se ha recibido en la mañana de hoy informe de la Brigada Provincial de Información sobre sucesos en movilización "ocupa el Congreso" del día 25 de septiembre en el que sorprendentemente se redacta tal informe "ante la posibilidad de que implicados en los hechos sean constitutivos de delito contra las Instituciones del Estado." señalando al efecto a cinco los detenidos que pasaron a disposición del Juzgado de Guardia de Madrid. En el día de hoy se ha recibido declaración a los imputados que han comparecido (todos menos uno), los cuales han manifestado que en modo alguno pretendían invadir, penetrar, acceder o alterar el normal funcionamiento del Congreso, insistiéndose en el carácter pacífico de las concentraciones, movilizaciones o manifestaciones convocadas. La falta de comparecencia de A.L.M, resulta indiferente, por cuanto citado en forma el mismo habría renunciado a declarar lo que tuviera por conveniente, no viéndose por tanto afectado su derecho de defensa. ..... DÉCIMO.- Se concluye, pues, que las convocatorias origen de estas diligencias no suponen comisión de delito alguno, y con ello que ninguno de los imputados en la presente causa, como otros identificados inicialmente como posibles partícipes de la convocatoria, han cometido delito alguno. UNDÉCIMO.- Con ello, la diligencia solicitada por las defensas de distintos imputados de oficiar a la Presidencia del Congreso deviene innecesaria. Y, en relación a la declaración de la Sra. Delegada del Gobierno en Madrid, tampoco cabe acordarla, ya que no podría atribuírsela un delito competencia de la Audiencia Nacional, debiendo en consecuencia dichas defensas en su caso denunciar los hechos ante los juzgados competentes, esto es, los de Instrucción de Madrid. Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación DISPONGO: Decretar el archivo de las presentes actuaciones al no ser los hechos constitutivos de infracción criminal. La presente resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de reforma y apelación. Una vez firme esta resolución archívese la presente causa. Lo acuerda y firma el Ilmo. Sr. D. Santiago J. Pedraz Gómez, Magistrado- Juez del Juzgado Central de instrucción número Uno. Doy fe http://estaticos.elmundo.es/documentos/2012/10/05/autopedraz.pdf ################################################################################################################ Recuerda que todos los mensajes que se envían a esta lista quedan archivados en la web https://lists.ourproject.org/pipermail/bah-smv-general y que serán de acceso público (salvo decisión diferente de la Asamblea). Lista de correo: Bah-smv-general Puedes enviar mensajes a [email protected] Puedes autogestionar tu suscripción en https://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/bah-smv-general ################################################################################################################