[Solar-general] CC en argentina
Enrique A. Chaparro
echaparro en uolsinectis.com.ar
Mie Abr 13 06:12:14 CEST 2005
On Tue, 12 Apr 2005 15:38:38 -0300
"Diego Saravia" <dsa en unsa.edu.ar> wrote:
DS>
DS> En que viola la FDL las DFSG?
DS>
DS> Por otra parte prefiero referirme a las 4 libertades para definir lo
DS> que es libre y lo que no es libre.
Tres de las obligaciones establecidas en la GFDL son incompatibles con
el SL. En particular, la GFDL es incompatible (ida y vuelta) con la
GPL, por el principio general de la GPL de que cualquier licencia es
incompatible con ella si exige cosas que la GPL no exige.
Los tres aspectos centrales para considerar a la GFDL ``no libre''
son:
1 - La cuestion de las ``Invariant Sections'' (Sección 4 de la GFDL:
al prohibir la modificacion de parte del material, y exigir la
inclusión de estas secciones inmodificables en las obras derivadas,
va contra la libertad de modificar arbitrariamente.
2 - La ``limitación DRM'' (Sección 2 de la GFDL): al exigir ``(y)ou may
not use technical measures to obstruct or control the reading or
further copying of the copies you make or distribute'' impone
restricciones de _uso_. La clásula puede leerse[1] en el sentido
de no permitir el almacenamiento privado de copias que no sean
públicamente accesibles, pues la obligación _no_ se limita al
acto de distribución. Todo se arreglaría si en lugar de ``make
or'' dijese ``make and'', pero tal como está es un problema.
Impide, de hecho y derecho, distribuir copias en alguna forma de
medio DRM (por cualquier razón técnica, por ejemplo) aunque se
distribuya en paralelo una copia `transparente'.
3 - Las ``copias transparentes y opacas'' (Sección 3): tal como está
redactada, esta cláusula obliga a distribuir una versión
`transparente' junto a la versión `opaca'. Esto, según la
opinión del equipo legal de Debian, excede la obligación normal
del SL de poner a disposición una copia del código fuente junto
con el binario.
También hay dificultades prácticas, por ejemplo las derivadas del
punto 1: si quiero incluir, por ejemplo, la documentación de una
función que esté en el manual de Emacs en un programa que planeo
liberar bajo la GPL, estoy obligado a incluir en él el "GNU
Manifesto", la sección "Distribution" y el texto completo de la
GPL.
Sin embargo, la GFDL sigue siendo un instrumento razonable para
distribuir texto, a falta de uno mejor. Las restricciones que
presenta no la invalidan, solo la hacen ``no libre'' en los
términos que aceptamos para definir la libertad del software.
Saludos,
Enrique
DS>
DS> La mayorias de las CC no son libres, lo que tambien es cierto es que
DS> alguna gente que cree que el software debe ser libre, no considera que
DS> la musica u otro material deba ser libre.
DS>
DS> En lo personal creo que todo lo digitalizable no debe ser privatizado
DS>
DS>
DS>
DS>
DS>
[1] Nótese que aquí la cuestión no es la _intención_, sino la _letra_,
que la hace no-libre.
--
``Izena duen guzia omen da.''
------------ próxima parte ------------
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