[Solar-general] La cultura como propiedad y el anillo de Giges, de Francisco J. Laporta en El País
Javier Villalba
jvillalba en pcajedrez.com
Jue Mar 10 21:13:30 CET 2011
El 09/03/11 14:44, Ariel Alegre escribió:
> Amigos,
> comparto con Uds. un artículo que hace una enjundiosa defensa de la
> propiedad intelectual.
> Es muy interesante la cultura libre, pero intentar obligar a los
> autores a liberar como pretenden hacer algunos seguidores
> de Richard Stallman con el retorcido argumento de que no se puede
> defender la libertad de esclavizar es un tanto bizarro.
> Saludos!
> Ariel Alegre
> http://elcomentario.tv/reggio/la-cultura-como-propiedad-y-el-anillo-de-giges-de-francisco-j-laporta-en-el-pais/09/03/2011/
>
>
> Reggio's <http://elcomentario.tv/reggio/>
>
> Periodismo de opinión en Reggio's
>
>
> La cultura como propiedad y el anillo de Giges, de Francisco J.
> Laporta en El País
> <http://elcomentario.tv/reggio/la-cultura-como-propiedad-y-el-anillo-de-giges-de-francisco-j-laporta-en-el-pais/09/03/2011/>
>
> */Todos admiten que una canción es de quien la crea, luego es
> incongruente que, sentado esto, cualquiera pueda reproducirla o
> descargarla sin pago alguno. Eso es ignorar que la propiedad no es un
> título honorífico./*
>
> Hay una conocida pregunta filosófica sobre la naturaleza de las
> creaciones intelectuales que vale la pena recordar. El califa Omar,
> aquel iluminado que prendió fuego a la biblioteca de Alejandría, creía
> necesario acabar con todos los libros porque los contrarios al Corán
> eran heréticos y los otros redundantes. Para probar que el fanatismo
> también es capaz de simetrías sorprendentes y saltos en el tiempo, el
> pasado 11 de septiembre un mentecato de Florida llamado Terry Jones,
> pastor de una iglesia lugareña con menos de 100 ovejas, convocó a una
> quema solemne del Corán. Quería, al parecer, quemar solo este libro y
> dejar todos los demás. Omar hizo mucho más daño, claro, pero se
> equivocaba exactamente igual que el pastor: los libros no se queman,
> lo que se quema son los ejemplares físicos de esos libros. Se ha
> podido por ello afirmar que el califa Omar no quemó en realidad ningún
> libro, y mucho menos pudo quemar el Corán el cretino de Florida. Es la
> misma idea que se insinúa en aquella genialidad de Ray Bradbury:
> "Montag, tenga cuidado. Cuide su salud. Si algo le ocurriera a Harris,
> /usted/ sería el /Eclesiastés"./ Los personajes de su famosa novela
> dieron en memorizar los libros. No podían correr el riesgo de
> plasmarlos en papel o en microfilme. La sola actividad de las neuronas
> que nutren nuestra memoria les servía de asiento. Igual que al músico
> que interpreta un concierto con la partitura en la mente. Un poema
> declamado, una canción, un cuento narrado a un niño no tienen
> materialidad alguna. Como dice el verso sin par de Lope, "en el aire
> se aposentan".
>
> Solo desde esa perspectiva se puede entender lo que es una obra de
> arte y de cultura. Es su rara inmaterialidad lo que le confiere su
> impronta. Los productos culturales son entes incorpóreos que descansan
> por lo general en un asiento físico, pero a nadie se le ocurriría
> identificarlos con él. Decir de las /Coplas/ de Jorge Manrique que son
> hojas de papel es ignorarlo todo sobre ellas. Para referirse a esa
> condición, los juristas hablan, con notoria impropiedad, de /corpus
> mysticum./ Y afirman que el objeto de la propiedad intelectual es
> precisamente ese "cuerpo" incorpóreo. Quizás alguien pueda extrañarse
> de ver tratada una realidad tan delicada con las herramientas
> jurídicas del derecho de propiedad, pero no hay nada de sorprendente
> en ello. Es más difícil justificar la propiedad de una viña o una casa
> que la de un soneto.
>
> Precisamente por esa cualidad incorpórea, la propiedad intelectual es
> la más sólidamente justificada de todas las formas de propiedad.
> Encaja con todos los argumentos que a lo largo de la historia han
> tratado de justificar la propiedad privada. Y a diferencia de las
> demás, sale siempre victoriosa de la prueba. Incluso frente a
> construcciones arcaicas. Así, el acto creador hacía de Dios señor,
> /dominus,/ propietario de la creación. O la vieja teoría de la primera
> ocupación, que fundamentaba la propiedad en el acto originario de
> posesión física del bien. Semejantes razonamientos solo son plausibles
> para la propiedad intelectual. Solo si se piensa la obra como acto
> creador o como el descubrimiento de un espacio nuevo en el universo
> intelectual caben estos argumentos. El primero que crea u ocupa ese
> espacio, aquel al que se le revela por primera vez, puede considerarse
> su propietario.
>
> Por no mencionar la idea de la propiedad como producto del trabajo
> humano, como derivación de nuestro cuerpo y su proyección sobre las
> cosas. Locke la formuló en una secuencia argumental que partía de la
> propiedad de nuestro cuerpo mismo, derivaba de ahí la propiedad del
> trabajo humano, y acababa por atribuir la propiedad de las cosas a
> quien las había mejorado con su trabajo. Aunque ya sabemos que así no
> se justifica la propiedad de un campo, nadie duda hoy que una novela
> es producto del trabajo del creador. Hasta una cautela que Locke
> introducía en su construcción, impensable hoy para los bienes
> materiales, cuadra sin embargo con la propiedad intelectual. Decía que
> su argumento valía solo si tras la apropiación quedaban bienes
> suficientes para ser compartidos por los demás. En un mundo
> superpoblado, de bienes escasos y ocupados, esto es impensable. Pero
> el creador intelectual, cuando alumbra su obra, deja siempre para el
> disfrute común el universo entero del lenguaje y el sonido, la
> geometría infinita de las formas. No erosiona nada ese bien público
> inextinguible que es la cultura humana. Puede así defender su
> propiedad también con este argumento imposible.
>
> Y están los argumentos de la utilidad y la eficiencia, tan sobados y
> resobados por la cofradía del libre mercado. ¿Quién puede discutir que
> estas obras incrementan nuestra felicidad? ¿Quién duda de que se dan
> con más eficiencia en un espacio de libertad, sin dependencias del
> creador, sin condicionamientos para expresar su talento? Pues bien,
> solo la propiedad de su obra puede alcanzar esos logros en su grado
> máximo. Resignarnos a que sean alumbradas en horas de ocio, o
> sometidas a patronos y mecenas, es menguar el impulso creador. "No
> puedo concebir un sistema más fatal para la integridad e independencia
> de los hombres de letras -decía Macaulay a los Comunes en 1841- que
> aquel bajo el que se les enseñe a buscar su pan diario en el favor de
> ministros y nobles". Pues bien, de ese destino solo puede salvarlos el
> derecho de propiedad.
>
> Se me dirá que esto no lo discute nadie, que todos admiten hoy que una
> canción es de quien la crea, que apoderarse de ella o suplantar al
> creador debe seguir castigándose como apropiación y plagio. Pero no se
> pretenda después que, sentado esto, cualquiera puede reproducirla o
> descargarla sin pago alguno. Eso es incongruente. Tanto como decirle a
> alguien que es propietario de su ordenador pero cualquier otro puede
> usarlo cuando le venga en gana. Es ignorar que la propiedad no es un
> título honorífico, una especie de aura mágica en torno a la cabeza,
> sino precisamente el poder jurídico de administrar la cosa como a uno
> le parezca y excluir de ella a los demás.
>
> En la /República/ reflexiona Platón sobre la idea de si ser justo es
> un bien deseable en sí o un obrar penoso que demanda sacrificios que
> pocos harían si no lo impusiera la ley. Pone para ello en boca de
> Glaucón la historia del anillo de Giges. Un pastor lidio encontró un
> anillo que al ser girado hacia el interior de la mano producía la
> invisibilidad de quien lo llevaba; si se giraba al contrario volvía a
> ser visible. Al cerciorarse de que funcionaba así, el pastor se las
> ingenió para matar al soberano y apoderarse del reino. El texto
> transmite una vieja certeza: con un anillo así "no habría persona de
> convicciones tan firmes como para perseverar en la justicia y
> abstenerse en absoluto de tocar lo de los demás cuando nada le impedía
> dirigirse al mercado y tomar de allí sin miedo alguno cuanto
> quisiera". Esta antigua relación entre la invisibilidad del actor y la
> impunidad de su conducta retorna hoy cuando se contemplan los
> contenidos que circulan por Internet. La abundancia de basura
> informativa, intercambios repugnantes, injurias y embustes
> deliberados, no hace sino recordarnos que la prodigiosa tecnología que
> la anima puede también funcionar como un anillo de Giges que confiera
> invisibilidad a quienes en ella actúan. Allí parece reinar el
> anonimato y la impunidad. Ese mismo anonimato tras el que los
> contrarios a la /ley Sinde/ se ocultan para zaherir a la ministra. Y,
> no nos engañemos, es la invisibilidad lo que les envalentona para
> dirigirse al mercado y tomar en él cuanto quieran sin responder de
> nada. En el calor de las discusiones algunos han llegado a afirmar que
> se trata de una libertad suya, un derecho personal. Pero solo es una
> forma nueva de la vieja y sempiterna injusticia. Eso que sabemos hace
> mucho que consiste en atropellar los derechos de los demás.
>
> *Francisco J. Laporta* es catedrático de Filosofía del Derecho de la
> Universidad Autónoma de Madrid.
>
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>
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