[Solar-general] Ley de colegio informatico?

Diego Saravia dsa en unsa.edu.ar
Jue Sep 17 22:39:00 CEST 2009


El día 17 de septiembre de 2009 17:12, Santiago Roza
<santiagoroza en gmail.com> escribió:
> 2009/9/17 Diego Saravia <dsa en unsa.edu.ar>:
>
>
>> regula el ejercicio dela profesion en forma completa, sea como
>> contrato o bajo relacion de dependencia, lo que no significa que
>> participe en negociaciones colectivas como sindicato
>
> cuando hablaste de "mano de obra barata", ahi si te interesaba la
> negociacion de ingresos.  ahora que ves que los colegios no la hacen,
> ahi te deja de interesar.  entonces admitis que los colegios no
> solucionan el problema de la mano de obra barata??

ayudan muchisimo

restringen la oferta

que no hagan negociaciones colectivas es otro tema, no son un sindicato :)

>
>
>> los abogados en particular siempre cobran los honorarios por sus
>> acciones en la justicia aunque esten en relacion de dependencia
>
> un abogado o contador en relacion de dependencia (casi) siempre
> trabajan por cuenta y orden de quien los contrata,

cuando van a juicio se les fija honorarios y eso lo cobran este o no
en relacion de dependencia

 o sea muchas veces
> ni siquiera firman ese trabajo, y oficialmente se registra como que lo
> hizo otro (matriculado).  por eso los colegios no regulan su ingreso,
> ya que oficialmente ese tipo ni existe, figura el otro.

siempre hay formas de esclavizar al otro, y de trampear al sistema,
pero mejor que exista sistema a que no exista


-- 
Diego Saravia
Diego.Saravia en gmail.com
NO FUNCIONA->dsa en unsa.edu.ar



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