[Solar-general] Ley de colegio informatico?
Diego Saravia
dsa en unsa.edu.ar
Jue Sep 17 22:39:00 CEST 2009
El día 17 de septiembre de 2009 17:12, Santiago Roza
<santiagoroza en gmail.com> escribió:
> 2009/9/17 Diego Saravia <dsa en unsa.edu.ar>:
>
>
>> regula el ejercicio dela profesion en forma completa, sea como
>> contrato o bajo relacion de dependencia, lo que no significa que
>> participe en negociaciones colectivas como sindicato
>
> cuando hablaste de "mano de obra barata", ahi si te interesaba la
> negociacion de ingresos. ahora que ves que los colegios no la hacen,
> ahi te deja de interesar. entonces admitis que los colegios no
> solucionan el problema de la mano de obra barata??
ayudan muchisimo
restringen la oferta
que no hagan negociaciones colectivas es otro tema, no son un sindicato :)
>
>
>> los abogados en particular siempre cobran los honorarios por sus
>> acciones en la justicia aunque esten en relacion de dependencia
>
> un abogado o contador en relacion de dependencia (casi) siempre
> trabajan por cuenta y orden de quien los contrata,
cuando van a juicio se les fija honorarios y eso lo cobran este o no
en relacion de dependencia
o sea muchas veces
> ni siquiera firman ese trabajo, y oficialmente se registra como que lo
> hizo otro (matriculado). por eso los colegios no regulan su ingreso,
> ya que oficialmente ese tipo ni existe, figura el otro.
siempre hay formas de esclavizar al otro, y de trampear al sistema,
pero mejor que exista sistema a que no exista
--
Diego Saravia
Diego.Saravia en gmail.com
NO FUNCIONA->dsa en unsa.edu.ar
Más información sobre la lista de distribución Solar-general