[Solar-general] Fwd: [SasLibre] Mail enviado por los de Microsoft...........para criticarlo.......

Juan Carlos Gentile jucar en hipatia.info
Vie Oct 23 03:38:20 CEST 2009


On Thursday 22 October 2009, Diego Saravia wrote:
 >ecuador, interesante reaccon micrososft
 >

que asco , hay que organizar un grupo de abogados para elaborar respuesta 
rapida a esta cosa.

Hay que publicarlo en todos lados acompañado de una critica punto por punto.

z/j


 >
 >---------- Mensaje reenviado ----------
 >De: Danilo Pastor <dpastor en espoch.edu.ec>
 >Fecha: 22 de octubre de 2009 20:02
 >Asunto: [SasLibre] Mail enviado por los de Microsoft...........para
 >criticarlo.......
 >Para: saslibre en googlegroups.com
 >
 >
 >
 >Estimado Ramiro:
 >
 >Te adjunto un mail, el cual un funcionario de Microsoft llamado Juan Jose
 >Mena envio a uno mis estudiantes de la ESPOCH y este su vez lo envio a sus
 >compañeros.
 >
 >Quisiera los comentarios de toda la comunidad.
 >
 >Saludos
 >
 >Atte.
 >
 >Danilo Pástor
 >DOCENTE - ESPOCH
 >
 >***************************************************************************
 >Hola Team,
 >
 >Me han enviado un documento comentando una sugerencia del CONESUP para que
 >las universidades públicas analicen el decreto 1014 sobre el Open Source y
 >que tomen las acciones que estimen conveniente.
 >
 >En algunas universidades están tomando la decisión de migrar todo a Open
 >Source incluyendo la currícula académica,  sin ver en profundidad el
 >perjuicio que esto puede tener en la universidad y en los estudiantes. Les
 >envío este análisis del decreto y mis sugerencias, porque creo que los
 >únicos perjudicados van a ser los estudiantes de la universidad, los
 >desarrolladores y el país, indistinto de cualquier preferencia de
 >tecnología que tengan.
 >
 >1. El decreto 1014 firmado por el gobierno, es un documento que no está a
 >nivel de ley, está en 6to  lugar de importancia bajo la Constitución de la
 >república.
 >
 >  a. La Constitución;
 >  b. Los tratados y convenios internacionales;
 >  c. Leyes ORGANICAS (en este nivel está la Ley referida);
 >  d. Leyes ordinarias;
 >  e. Las normas regionales y ordenanzas distritales;
 >  f. Los decretos y reglamentos (en este nivel está el Decreto
 >     Ejecutivo referido);
 >  g. Ordenanzas;
 >  h. Acuerdos y resoluciones;
 >  i. Los demás actos y decisiones de los poderes públicos.
 >
 >2. El decreto fue emitido únicamente para las organizaciones del gobierno
 >central. No se extiende a las universidades de ningún tipo
 >
 >  a. El artículo 1 del Decreto referido establece el siguiente mandato: se
 >     fija una Política Pública para las entidades de la Administración
 >     Pública Central la utilización de Software Libre en sus sistemas y
 >     equipamientos informáticos.
 >
 >  1. El artículo 1 en detalle dice lo siguiente:
 >
 >     - Se ha establecido una política pública, y no una obligación de
 >       hacer o no hacer algo. Entiéndase por Política Pública  una
 >       posición básica o curso de acción seleccionado por el gobierno para
 >       orientar las decisiones respecto a una necesidad o situación de
 >       interés público.
 >
 >     - El Decreto 1014 se aplica únicamente a las entidades de la
 >       Administración Pública Central (ver listado adjunto).
 >
 >     - La política pública anterior aplica a la UTILIZACIÓN de SOFTWARE
 >       LIBRE, en los sistemas y equipamientos informáticos ÚNICAMENTE de
 >       las entidades antes señaladas (“… en sus sistemas y equipamientos
 >       informáticos”.
 >
 >     - Conclusión: El Decreto 1014 fija un lineamiento que deben seguir
 >       únicamente las entidades de la Administración Pública central para
 >       el uso de software libre únicamente en SUS PROPIOS sistemas y
 >       equipamientos informáticos. Ello significa que hay un límite muy
 >       claro de aplicación del Decreto antes referido que no se debe
 >       sobrepasar.
 >
 >3. El decreto es una directriz mas no una imposición.
 >
 >  a. En el Artículo 4, el Decreto antes referido FACULTA la utilización de
 >     software propietario en los siguientes casos:
 >
 >     - Cuando no exista software libre que supla las necesidades
 >       requeridas.
 >     - Cuando esté en riesgo la seguridad nacional.
 >     - Cuando el proyecto informático se encuentre en un punto de no
 >       retorno. Se entiende por PUNTO DE NO RETORNO:
 >       o Sistema en producción funcionando satisfactoriamente y que un
 >       análisis de costo-beneficio muestre que no es razonable ni
 >       conveniente una migración a Software Libre;
 >       o Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo-
 >       beneficio muestre que no es conveniente modificar el proyecto y
 >       utilizar Software Libre.
 >
 >     - Cuando no exista capacidad técnica que brinde el soporte necesario
 >       para el uso de software libre.
 >
 >  b. Conclusión:  Si cualquiera de los cuatro escenarios antes señalados
 >     suceden, existen, se evidencian, las entidades de la Administración
 >     Pública Central están en plena facultad de adquirir software
 >     propietario SIN LA NECESIDAD DE SOLICITAR PERMISO O AUTORIZACIÓN A
 >     ENTIDAD ALGUNA.
 >
 >Hagan un análisis con sus decanos y profesores dirigentes respecto a los
 >problemas que tendrán los estudiantes de la carrera al eliminar materias y
 >equipamientos con software propietario. En el ámbito profesional, el Open
 >Source, de los cuales Microsoft es parte también de la comunidad,  es una
 >de las alternativas para las empresas, pero no es la única, y en el mundo
 >competitivo ahora se habla de Interoperabilidad y conectividad, es decir
 >la unión de varias tecnologías para llegar a un objetivo productivo.
 >
 >Qué pasa cuando ustedes como empresarios o profesionales enfrentan
 >requerimientos de elaborar productos con tecnologías de Microsoft, IBM,
 >Oracle, Cisco, Adobe.. entre otras??... van a tener que rechazar la
 >oportunidad de empleo o de negocio por desconocer  esas tecnologías???, o
 >van a tener que hacer estudios adicionales, eliminando la posibilidad de
 >ser competitivos apenas salgan de la universidad???
 >
 >Si les limitan al conocimiento de una sola tendencia en lugar de tener una
 >apertura académica, estarán en desventaja con los estudiantes de otras
 >universidades públicas y privadas del país y con profesionales de otros
 >lugares del mundo, en este mundo tan comunicado la competencia es más
 >fuerte que antes.. La universidad debe abrir su enseñanza para que el
 >nuevo profesional tenga la libertad de utilizar la mejor alternativa
 >tecnológica dependiendo de sus necesidades.
 >
 >Analicen esto con sus dirigentes y autoridades y cuenten conmigo siempre
 >para trabajar en equipo para que las universidades apoyen y promuevan la
 >interoperabilidad y trabajo en equipo entre todos a quienes nos apasiona
 >la tecnología.
 >
 >Saludos / Regards
 >
 >Juan José Mena | Adoption Program Manager | Microsoft del Ecuador
 >
 >teléfono: 02 396-9000 ext.280  | celular: 08 705-2080 | e-mail:
 >jjmena en microsoft.com
 >
 >www.microsoft.com/ecuador
 >***************************************************************************



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Fingerprint = EBFC CDE9 E57C 3EAD 65B1  2A59 5364 48C8 EACF 7357
Public key = 0xEACF7357 at http://pgp.mit.edu
------------ prxima parte ------------
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Tipo       : application/pgp-signature
Tamaño     : 197 bytes
Descripción: This is a digitally signed message part.
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