[Solar-general] AFIP y Software legal.
Daniel Spada
estudio en temaspublicos.com
Vie Jul 2 22:38:12 CEST 2004
Pablo De Napoli escribió:
>
> Es realmente increible esto. Por un lado la AFIP te obliga a
> usar Windows para liquidar los impuestos, y ademas verifica
> que hayas pagado las licencias. O sea que actua como agente
> de venta de M$ (una compania privada), en vez de representar
> los intereses colectivos de todos nosotros (que es lo que
> deberia hacer el Estado). Sigo insistiendo que tenemos que
> hacer de nuestro reclamo a la AFIP una de las banderas que
> tenemos que levantar en cuanto foro nos den espacio.
>
A ver, la AFIP no puede exigir las licencias del software
en las empresas que inspecciona, si puede exigir las facturas
de compra del software o de quien desarrollo el software,
pero vale para cualquier bien o servicio que haya comprado
la empresa: "tiene que tener boleta". Va esto de ejemplo:
- si compro un win server y tiene la licencia pero perdio
la factura va a tener un quilombo con la AFIP.
- si compro un win server trucho a "pepitito computacion" y
este le dio una factura en regla, para la AFIP esta bien.
- si el s.o. es una distro libre no es comercial, entonces
no pide factura.
- adicional:el SIM entro de contrabando pero puede que tenga
licencia y hasta factura.
La facturacion esta harto reglamentada por la AFIP, aqui
copio y pego una partecita de su ultima novedad, la Rg.1697:
"4. Detalle del sistema computarizado utilizado a los fines de
la emisión de comprobantes y forma en que se cumplirá el
requisito de autoimpresión:
4.1. Si el sistema es:
4.1.1. de diseño propio;
4.1.2. por encargo a un tercero ("a medida");
4.1.3. o por compra ("software comercial");
4.2. Individualización del responsable del área de sistemas y
de la empresa respectiva:
4.2.1. Apellido y nombres, tipo y número de documento de
identidad del responsable del área de sistema.
4.2.2. Apellido y nombres, denominación o razón social,
domicilio comercial y Clave Unica de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.) de la empresa responsable del desarrollo del
sistema, para el punto 1.2.
4.2.3. Apellido y nombres, denominación o razón social;
domicilio comercial y Clave Unica de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.) de la empresa vendedora del "software comercial",
para el punto 1.3.
4.3. Detalle de "software" de aplicación y sistemas operativos
(por ejemplo XENIX, UNIX, DB 2/3/ 4) y toda adaptación de los
mencionados."
Notar: a)no menciona a win entre los s.o; b) cuantos de uds.
estan hasta las manos.
Por el SIAP sobre win si, ya me tienen podrido!!!
Daniel Spada
Contador y linuxero
Porteña-Cba(casi en el Reino de Dinamarca)
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