[Solar-general] el copyright...

Paolo Stancato paolodoors en yahoo.com.ar
Jue Abr 15 19:54:01 CEST 2004


Martin Olivera wrote:
>  --- Gerardo_Díaz <gerardobdiaz en arnet.com.ar>
> escribió: > Este tema me interesó porque en algún
> momento con mi
> 
>>ex jefe hicimos
>>algo para que EL pueda navegar con la carta del
>>delta en su palm
>>integrada al GPS del velero. Siempre pensé que sería
>>lindo hacerlo más
>>prolijo y publicarlo GPL pero el se resistía, y
>>tiene que estar de
>>acuerdo pq el copyright es de él que era quién me
>>pagaba :-(
> 
> 
> que buen punto este!
> si yo contrato a alguien para que me escriba una
> cancion, la cancion es mia? tenemos por un lado, las
> canciones de peliculas o de programas de tlevision
> (por ej, cuando Lerner escribe para Pol-ka, se queda
> con el copyright), pero tambien los jingles
> comerciales (que no sé, pero supongo son de la empresa
> contratante)... 
> 
> si yo contrato a alguien para que me escriba una
> articulo perioditico, de quien es el copyright, del
> periodista, del medio que lo publica? no se, me
> cuentan?
> 

Si no me equivoco, sí, es así y está legislado. Si vos contratás a 
alguien para que haga algo, eso es tuyo. Pero si ese alguien hace algo 
(con tus herramientas) que no es lo que le pediste, es de él.

Ej: Vos contratás a Lerner para que te haga un jingle y le das un piano 
para que pueda componer porque el tipo no tiene uno.

El tipo hace el jingle, este es tuyo. Ahora, si el tipo hace un jingle y 
cinco canciones (todo con tu piano) super exitosas, las canciones son de 
él aunque haya usado tu piano en horas de trabajo (digamos que en los 
recreos).

Esto es así si están en relación de dependencia.

Si estoy equivocado... por favor corrijanme!!

> no se porque aceptamos tan livianamente que el
> copyright es del empleador los desarrolladores de
> software!
> 
> digamos, que pasaria si aplicaramos la idea de
> licencia de uso para el software que escribimos,
> digamos que yo escribo un codigo, el codigo es MIO, y
> le permito a la empresa que nos contrata (supongamos,
> Microsoft) que lo use para integrarlo en SU producto
> (marca comercial que incorpora MI codigo). Si aplico
> condiciones de licencia propietaria la empresa no
> puede modificarlo sin mi autorizacion, y erquiere de
> mis servicios para nuevas versiones, etc. es mas ,
> deberia pagarme licencia por MI codigo cada vez que lo
> incorpore en una distribucion de sus productos, no?

Supongo que esto es plenamente válido siempre y cuando la relacion con 
M$ no sea de dependencia. Si M$ te compra un soft todo vien, pero si 
Bill es tu jefe......


Un abrazo a todos y todas!!





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