[Solar-general] copyright gpl y patentes

Gerardo Díaz gerardobdiaz en arnet.com.ar
Sab Abr 10 05:14:43 CEST 2004


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Gerardo Díaz wrote:

| Diego Saravia wrote:
| | Por ahi esto es util como parte de la formacion de nuevos miembros,
| | un tema a empezar a estudiar si seguimos creciendo. Habria tambien que
| | resolver el tema ingles.
| |
| | Introduccion al copyright y la GPL
| |
| | http://www.groklaw.net/article.php?story=2004040421042728
|


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------------ próxima parte ------------

INTRODUCCION A LA GPL

Open Source Software: ¿Qué es esto, y cómo funciona?

	Por el Dr. Ben Kremer


El Software Libre está jugando un rol crecientemente importante en el mercado. Esto es, sin embargo, objeto de confusiones en el terreno legal. Este artículo intentará clarificar algo de la incertidumbre al tratar dos temas fundamentales: ¿Que es el Software Libre?, y ¿como funciona?

¿Qué es el Software Libre?

El término 'software' se refiere a dos diferentes cosas relacionadas. Una es el 'código fuente', que es un conjunto de instrucciones legibles y comprensibles por humanos, que conforman el 'recipiente' a partir del cuál un programa puede ser hecho. La otra es el 'código objeto', que es el programa en formato ejecutable, un paquete de 1s y 0s que alimentan al microprocesador de la computadora para hacer que la computadora ejecute varias operaciones.

Por varias razones, el software es invariablemente escrito en forma de código fuente. Este no puede ser ejecutado directamente por la computadora, sino que es 'compilado' por un programa especial o 'compilador' para producir código objeto. El proceso inverso es difícil de efectuar (mediante técnicas de 'descompilación') porque el proceso de compilación generalmente quita cosas como los comentarios insertados por los programadores para describir como funciona el programa, y nombres de variables o subrutinas. (Esta información generalmente no puede ser restaurada durante la 'descompilación, de manera que el código descompilado suele ser difícil de entender y modificar.) Ciertas funciones pueden ser incorporadas en el código fuente, de manera que diferentes versiones del código objeto puedan existir, como programas de demostración; versiones del programa con mayor o menor funcionalidad; o programas optimizados para diferentes computadoras o sistemas operativos pueden ser producidos con un esfuerzo mínimo. 

El modelo de código privativo
Históricamente, los vendedores de software se guardaban el código fuente para ellos (es decir, invariablemente protegiendo este como secreto comercial) y vendiendo, o licenciando sólo las versiones del códgigo objeto de los programas a sus clientes. Estos podían ejecutar esas piezas de código objeto, pero no podían ver o modificar el código fuente (y a partir de allí modificar el comportamiento del programa) sin negociar con el vendedor del software. Los términos de licencia comunmente prohiben a los clientes descompilar el código objeto. Como resultado, ellos pueden solo usar lo que sea que les es provisto,  como así también cualquier modificación que ellos hayan pedido al proveedor del software que sea incorporada. Este modelo es el llamado software 'privativo', y continúa siendo usado por la mayoría de las compañías de software comercial.

El modelo del 'software libre'
El 'software libre', describiéndolo simplemente, es aquel software cuyo código fuente es distribuido abiertamente y en conjunto con el código objeto.  Cada usuario tiene así acceso al código fuente original (sin necesidad de producir una version de calidad inferior mediante la descompilación). La intención es que cada usuario de este software sea 'libre' de modificarlo, mejorarlo o adaptarlo para producir una versión mejorada del programa. Gran confusión suele causar la expresión inglesa que lo define: Free Software: 'free' se usa en el sentido de 'libre', indicando así la 'libertad de modificarlo', y no en el sentido de gratis, como sería en 'free beer'. Empeora las cosas el hecho de que el Software Libre a menudo cumple con las dos acepciones, pero por suerte este problema no existe en nuestro idioma.

El problema conceptual más difícil de lograr con respecto al Software Libre es cómo asegurarse que la gente juegue el juego dentro de las reglas. Existen muchos modelos, pero el más común es requerir a cualquier persona que redistribuye un determinado software libre (ya sea este un original o con algún cambio que se le haya hecho) que distribuya también el código fuente acompañándolo. Este requerimiento es necesario para es necesario para evitar una conducta humana natural: Después de todo, tomar un código fuente, hacerle algunos cambios, y redistribuir la versión modificada quedándose con el código fuente modificado para uno mismo es intuitivamente una forma de crear y mantener una ventaja competitiva sobre otros. Cualquier otro que desee replicar las modificaciones al código debe también rehacer el trabajo por si mismos. Un usuario como este podría salirse del juego con una versión temprana del programa libre, para producir un modelo privativo para él mismo.

La respuesta al problema es sencilla, pero aparentemente resulta contra-intuitiva para muchos: Esto es hecho con la ley del copyright.

Copyright y la GPL

El mito del contrato
La mayoría de la gente parece asumir que, si una persona (el productor original de algún software libre) busca controlar o limitar las acciones de otros (el subsiguiente modificador del mismo software), entonces debe haber algún tipo de contrato entre los dos. Si bien es verdad que podría ser posible alcanzar esta protección por medio de un contrato, este no funcionaría en la práctica. En general, para ser aplicable, un contrato debe ser aceptado voluntariamente por cada parte, y usualmente no hay forma de forzar a otra persona a que lo haga. Así, si el productor de un software libre deja su software a disposición de otros para que lo accedan sin restricción, no habría ninguna forma de forzar que otra persona firme el contrato necesario. Incluso si la hubiera, los costos contractuales implicados, serían significativos.

Entrando en el copyright (derecho de copia)
De todos modos, el software tanto en su forma de código fuente como de código objeto es un trabajo protegido contra copias si se dan ciertas condiciones (relativas a la originalidad y sustancialidad). 2 El productor original del software posee el derecho de copia sobre su obra. El derecho de copia es un conjunto de derechos de exclusión, que incluyen del derecho de controlar tanto el copiado de la obra, sea este parcial o total; como el de efectuar modificaciones sobre la misma, incluyendo la traducción de esta. 3 El el contexto de los programas de computadora, esto le da el derecho de copiar el código fuente, hacerle modificaciones, o compilarlo para producir un código objeto, incluyendo el derecho de copiar el código objeto producido.


Licencias
Por lo tanto, no hay nada que le impida al dueño del derecho de copia permitir a otros hacer uno o más de los actos mencionados. Tampoco existe algo que le impida que el permiso esté garantizado en los términos. Una autorización para permitirle a una persona hacer algo que de otra forma la persona lo tiene prohibido es algo bastante común. En términos legales, esa es la precisa deficinicón de una licencia. 4 Las licencias pueden formalizarse con un contrato, o pueden ser permisos orales (sujetos a algún estatuto aplicable), y pueden ser simples o convoluted, y restringidas o amplias, pero todas cumplen con una forma básica: El de una persona que teniendo tanto el poder de excluir a otra persona de un determinado acto como el de autorizarla a el, decide hacerlo.

El poder de excluir puede tener su origen en una cierta cantidad de fuentes, pero la más común es la propiedad o estatudo: El ocupante de una tierra puede permitir a otra presona ingresar a esa tierra, pero en ausencia de ese permiso, generalmente puede iniciar una querella por intrusión. El dueño de un auto puede autorizar a otra persona a usarlo, pero sin su permiso expreso el uso mencionado sería una violación a la propiedad. Finalmente, el titular del derecho de copia o 'copyright' que es en sí mismo una propiedad estatutaria, puede autorizar a otra persona a usar alguno, todos o ninguno de los varios derechos que el derecho inicialmente reserva exclusivamente para el dueño.

La forma en que se hace al software libre legalmente efectivo, generalmente es incluyendo como requerimiento en los términos de la autorización de uso de la obra original, la obligación de mostrar cualquier modificación que se haga sobre el código fuente. Si los usuarios subsiguientes adhieren a las condicioens en que el permiso fué concedido, están dentro del alcance del permiso, y no pueden ser querellados por infringir el derecho de copia cuando hacen copias o modificaciones del código fuente original. Este tipo de consentimiento es común: El permiso dado para entrar a la casa de una persona para asistir a una fiesta no te da el derecho de vivir allí indefinidamente; el permiso dado para entrar a un negocio no te autoriza a quedarte y comenzar busking; y el permiso dado para pegar la marca registrada de una persona a algunas cosas no te permite pegar la marca en cualquier otra cosa. Salte fuera del alcance del permiso, y estás nuevamente sujeto al régimen legal que da al dueño el derecho de excluirte en su permiso de uso.


La licencia pública GNU

La forma en que esta opera con el Software Libre puede ser claramente vista en la 'GPL', la 'GNU public license', una de las más comunes licencias bajo las que el Software Libre es distribuído. Entre otros requerimientos, la sección 3 de la GPL dice:

    'Ud puede copiar y distribuir el Programa (o un trabajo basado en este, bajo Sección 2) en forma de código objeto o código ejecutable bajo los términos de las Secciones 1 y 2 que anteceden, si también hace una de las dos cosas siguientes: a) Acompaña a este con el código fuente completo en forma legible por la máquina, que debe ser distribuído bajo los términos de las Secciones 1 y 2 anteriores, en un medio comunmente usado para el intercambio de software.' (Agregado de Italics)

Aunque los párrafos 3(b) y (c) permiten dos otros significados de cumplimiento con la sección, el método en el párrafo (a) es probablemente el más comun. Su efecto es simple: Si el programa original es liberado bajo la GPL, Ud. puede copiar y distribir a este, o a una versión modificada, sin infringir el derecho de copia de la obra, siempre que Ud también distribuya el código fuente. La provisión de su código fuente es integral con su habilidad para manejarse con el código fuente original. Si Ud deja de distribuir su código fuente, Ud salió de los términos de su permiso original para trabajar con la obra protegida, y (en la ausencia de cualquier defensa aplicable, o otros permisos para acceder a esa obra) Ud resulta litigable por infringir el derecho de copia que la proteje.

A alguna gente, le parece que eso es un uso muy novedoso de la ley de derecho de copia. Esto realmente no es así: Reemplace 'acompañe el trabajo con el código fuente' con 'páguele al dueño del derecho de copia $x por copia', y tendrá Ud. algo muy cercano a un contrato estándar de licencia de uso. De cualquier forma, la elegante simplicidad esconde mucho poder: Las acciones realizables contra la violación de un derecho de copia son a menudo más poderosas que las disponibles para la simple violación de un contrato. Hay muchas áreas sutiles involucradas en la ley del Software Libre y la GPL, pero el punto básico es increíblemente simple y puede ser resumido así: 'Es el derecho de copia, estúpido'.


Este artículo no pretende ni debería ser usado como un substituto de consejo u otro tipo de asesoramiento legal profesional.

Copyright © 2004 Dr. Ben Kremer

  
*** Notas de Traducción: 

-Usé la expresión "Software Libre" como abarcativa de todas las modalidades de licensiamiento que ponen a disposición de los usuarios el código fuente junto al código objeto o ejecutable.

-Preferí el uso de la palabra "privativo" antes que la traducción literal "propietario" debido a que la primera representa en forma más acertada la situación desventajosa en que se encuentra el usuario al usarlo.

-Utilicé la expresión 'Derecho de copia' en reemplazo de la palabra inglesa 'copyright'.

Gerardo Díaz
SOLAR Software Libre Argentina
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