[Solar-general] Los colegios profesionales soncontrariosallafilosofia del Software Libre

Manuel Fernando Aller manolo en riesgonet.com
Jue Nov 27 13:59:06 CET 2003


On Thu, 2003-11-27 at 13:29, Ernesto Benestante wrote:
> > > La ley penaliza actividades de SoLAr.
> > >
> 
> Perdón. En mi mail anterior me salteé el renglón al contestar.
> Admito ignorancia: ¿Porque penaliza las actividades de SoLAr?
> 
> E.B.
> 
Copio y pego del estatuto (comentarios entre paréntesis):

Artículo 2º.- La ASOCIACION tiene por objeto: 
1. Generar un espacio orgánico de representación y mecanismos de
visibilidad publica de los individuos y comunidades que usan software
libre 
(hasta acá, vamos bien..)
2. Promover las ventajas tecnológicas, sociales y políticas del software
libre. 
(seguimos siendo legales...)
3. Crear un espacio de expresión, reflexión, intercambio y
participación, trabajando en y con la comunidad en dirección a generar
un mayor conocimiento y utilización del software libre. 
(bien, función de panfletarios, aceptable)
4. Promover valores tales como: igualdad de oportunidades, cooperación,
solidaridad, libertad y responsabilidad de toda la comunidad. 
(BINGO!!: la igualdad ante un representativo obligatorio, se descarta de
plano. la cooperación implica a veces meter mano en algo, algo
reglamentado por la ley, ergo: ilegal)
5. Favorecer el desarrollo pleno de cada persona en el uso y desarrollo
del software libre. 
(Nuevamente, si queremos que cada persona PUEDA EN POTENCIA usar y
DESARROLLAR soft libre, estamos diciendo que TODOS PUEDEN SER
DESARROLLADORES, que se contradice con la ley, que opina que solo los
matriculados pueden desarrollar)
6. Promover toda actividad que tienda al desarrollo de la creatividad,
estimulando la producción de software libre. 
(idem 5)
7. Brindar ayuda al individuo, grupos, instituciones gubernamentales y
no gubernamentales y a toda la comunidad que procure tomar decisiones
respecto de la utilización y/o reemplazo de software. 
(deberá el SoLAr matricularse, o realizará estas actividades de manera
ilegal?)
8. Brindar asistencia técnica y capacitación a la comunidad. 
(idem 7)
9. Efectuar diagnósticos, estudios e investigaciones. 
(idem 7 y 8)
10. Evaluar, elaborar, e implantar proyectos 
(idem 7, 8 y 9)

(como ejercicio al lector de esta lista, copio debajo más del estatuto,
esta vez sin comentarios. Saquen sus conclusiones)

Para lograr estos objetivos a Asociación podrá: 
1. Organizar talleres, cursos, seminarios y todo tipo de eventos para la
comunidad en general 
2. Cooperar y coordinar acciones con toda persona física y jurídica,
cualquiera sea su carácter, de acuerdo con los objetivos de la entidad
3. Promover y establecer el intercambio cultural en todas las áreas 
4. Publicar y difundir material bibliográfico, revistas, folletos y toda
clase de impresos, videos, que reflejen los fundamentos y el accionar de
la entidad como así también las conclusiones de trabajos científicos.
Los mismos se distribuirán a través de los diversos medios existentes
tanto de soporte como de distribución. 
5. Crear y otorgar becas de Estudio para personas que realicen
investigaciones sobre software libre, los cuales serán aprobados en las
reuniones de comisión. 6. Procurar la mayor difusión de todas las
actividades de la Asociación a través de publicaciones propias o de
terceros. 
7. Importar y exportar bienes tangibles e intangibles relacionados con
el objetivo de la Asociación. 
8. Facilitar la formación y el perfeccionamiento a través de la
formación de equipos interdisciplinarios y trabajo mancomunado. 
9. Desarrollar toda actividad lícita que conduzca al mejor cumplimiento
de los objetivos propuestos. 

-- 
Manuel Fernando Aller
En la vida, lo más triste, no es ser del todo desgraciado, es que nos falte muy
poco para ser felices y no podamos conseguirlo.
		-- Jacinto Benavente. (1866-1954) Dramaturgo español.