Re: [Care2x-general] más sobre HC

JR jrbiolinux en yahoo.com.ar
Mar Nov 9 18:13:35 CET 2004


OK. Me lo llevo para analizar en el viaje a Tucuman,
asi luego lo charlamos. Excelente trabajo. Ahora
entendi el mail anterior...
Gracias.
JR

 --- "Dr. Jose Manuel PEREZ JAMEIRO"
<perezjameiro en aoniken.net> escribió: 
> JR
> 
> Va adjunta la resolución  Nº410 EXPEDIENTE
> 1-2002-4416/02-5, donde plantea
> el contenido que debería tener una HC, con miras a
> unificar las HCs de todo
> el país. 
> 
> Es de mi mayor interés que propongamos a las
> autoridades sanitarias de mi
> provincia, la unificación de la base de datos de HCs
> de los habitantes de la
> misma, en un servidor web, mediante SL, que bien
> puede ser el producto o uno
> de los productos de nuestro trabajo conjunto.
> 
> PJ
> PD: ya "desatrancaste" el mail anterior con la
> descripción de la misma tabla HC, que el servidor de
> outproject la dejó en suspenso?
---------------------------------
LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE SALUD
Buenos Aires,19 de julio de 2002.

VISTO el Expediente Nº 1-2002-4416-02-5 del Registro
del Ministerio de Salud 


CONSIDERANDO Que las políticas tienen por objeto
primero y prioritario asegurar el acceso de todos los
habitantes de la Nación a los Servicios de Salud,
entendiendo por tales al conjunto de los recursos y
acciones de carácter promocional, preventivo,
asistencial y de rehabilitación, sean estos de
carácter público estatal, no estatal o privados; con
fuerte énfasis en el primer nivel de atención. Que en
el marco de las políticas del Ministerio de Salud de
la Nación se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE
GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, en el cual
se agrupan un conjunto de acciones destinadas a
asegurar la calidad de las prestaciones en dichos
servicios. Que entre dichas acciones se encuentran la
elaboración de guias de diagnóstico, tratamiento y
procedimientos de patologías y normas de organización
y funcionamiento de los Servicios de Salud. Que las
citadas guías y normas se elaboran con la
participación Entidades Académicas Universidades
Científicas de profesionales asegurando de esa forma
la participación de todas las áreas involucradas en el
Sector Salud. Que la DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS
DE SALUD ha coordinado el proceso de elaboración de
las GUIAS PARA EL REGISTRO DE UN CONJUNTO MÍNIMO DE
DATOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS PACIENTES EN LOS
ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN DE
LA SALUD de acuerdo con la normativa vigente contando
con la participación de la ASOCIACION DE FACULTADES DE
CIENCIAS MEDICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(AFACIMERA); ACADEMIANACIONALDE MEDICINA (ANM);
ASOCIACION MEDICA ARGENTINA (AMA); ASOCIACION
ARGENTINA DE INFORMATICA EN ENFERMERÍA, GRUPO DE
INFORMATICA BIOMEDICA DE BUENOS AIRES, NUCLEO DE
INFORMATICA MEDICA, FACULTAD DE MEDICINA DE LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, UNIVERSIDAD DEL SALVADOR,
UNIVERSIDAD DE CUYO, FUNDACION PARA LA MEDICINA
(FUNDAMED), CAMARA ARGENTINA DEL SOFTWARE, CEMIC,
HOSPITAL NACIONAL A. POSADAS Que la SUBSECRETARÍA DE
POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION, COORDINADORA
GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD
DE LA ATENCIÓN MÉDICA, YLA SECRETARÍA DE POLÍTICAS,
REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS han tomado la
intervención de su competencia y avalan su
incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE
CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA Que la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su
competencia. 

Por ello´EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE 


ARTICULO 1º.- Apruébanse las GUIAS PARA EL REGISTRO DE
UN CONJUNTO MÍNIMO DE DATOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE
LOS PACIENTES EN LOS ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS Y
SERVICIOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD, que como Anexo 1
forman parte integrante de la presente Resolución. 


ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse las GUIAS PARA EL REGISTRO
DE UN CONJUNTO MÍNIMO DE DATOS PARA LA IDENTIFICACIÓN
DE LOS PACIENTES EN LOS ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS Y
SERVICIOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD, que se aprueban en
el artículo precedente al PROGRAMA NACIONAL DE
GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

ARTÍCULO 3º.- Difúndase a través de la Coordinación
General del Programa la citadas guías, a fin de
asegurar el máximo conocimiento y aplicación de la
misma en el marco de dicho Programa Nacional referido
en el artículo 2º precedente

ARTÍCULO 4º.- Las guías que se aprueban por la
presente Resolución podrán ser objeto de observación
por las Autoridades Sanitarias Jurisdiccionales y por 
las Entidades Académicas, Universitarias, Científicas
de Profesionales dentro del plazo de sesenta (60) días
a partir de la fecha de su publicación en el Boletín
Oficial y en caso de no ser observadas entrarán en
vigencia a los noventa (90) días de dicha publicación

ARTICULO 5º.-  En el caso que la autoridad
jurisdiccional realizara alguna adecuación a la
presentes normas para su aplicación a nivel de la
jurisdicción deberá comunicar a la COORDINACION
GENERAL DEL PROGRAMA dicha adecuación, la que recién
entrará en vigencia a los sesenta (60) días de su
registro a nivel nacional a través del acto
administrativo correspondiente

ARTÍCULO 6º.- Agradécese a ASOCIACION DE FACULTADES DE
CIENCIAS MEDICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(AFACIMERA); ACADEMIA  NACIONAL  DE  MEDICINA (ANM);
ASOCIACION MEDICA ARGENTINA (AMA); ASOCIACION
ARGENTINA DE INFORMATICA EN  ENFERMERÍA, GRUPO DE
INFORMATICA BIOMEDICA DE BUENOS AIRES, NUCLEO DE
INFORMATICA MEDICA, FACULTAD DE MEDICINA DE LA
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, UNIVERSIDAD DEL SALVADOR,
UNIVERSIDAD DE CUYO, FUNDACION PARA LA MEDICINA 
(FUNDAMED), CAMARA ARGENTINA DEL SOFTWARE, CEMIC,
HOSPITAL NACIONAL A. POSADAS, por la importante
colaboración brindada a este Ministerio. 

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y  archívese. 

RESOLUCIÓN Nº410 EXPEDIENTE 1-2002-4416/02-5 Guía para
el registro de un conjunto mínimo de datos para la
identificación de los pacientes en los
establecimientos sanitarios y servicios de atención de
la salud Objetivo Identificar y describir los datos
demográficos mínimos requeridos para el registro de
pacientes asistidos por un establecimiento sanitario
mediante una aplicación informática a fin de: Permitir
la identificación unívoca del individuo destinatario
de la atención médica (necesidad básica si se pretende
que los datos clínicos registrados por la aplicación
informática sean confiables a nivel individuo
Facilitar la integración de la información obtenida en
diversos servicios asistenciales con aplicaciones
informáticas heterogéneas Proveer un conjunto común de
datos demográficos recolectados con criterios
uniformes que facilite la comparabilidad y análisis
conjunto de los mismos con fines epidemiológicos y de
gestión de políticas sanitarias. Este documento
pretende servir de referencia para futuras guías sobre
la definición de conjuntos mínimos de datos para el
registro de la atención médica ambulatoria y
hospitalaria, sobre aspectos relevantes a la
protección de la confidencialidad y privacidad de la
información médica, y sobre la adopción de estándares
internacionales de intercambio de datos entre
aplicaciones informáticas heterogéneas. Definiciones:
Guía: Compilación en un documento de datos y
alternativas disponibles con relación a un tópico,
incluyendo un conjunto sugerido de instrucciones para
la concreción de un objetivo determinado. Conjunto
mínimo de datos para el registro de datos demográficos
de un paciente: Datos demográficos elementales
necesarios para la identificación unívoca de una
persona objeto de atención médica. Identificación
unívoca: Posibilidad de establecer que un registro en
una aplicación informática o un conjunto de datos
demográficos pertenezcan a uno y solo un individuo, y
que ese individuo sea la persona correcta
Registración: Registro de los datos demográficos  de
una persona en una aplicación informática, en general
en oportunidad del primer contacto del paciente con la
Institución, al efecto de servir de referencia para la
identificación unívoca de la persona en oportunidad de
contactos ulteriores. Criterios de conformidad a esta 
Guía Se considerará que una aplicación informática
satisface esta Guía si es capaz de proveer a un
usuario autorizado todos los datos definidos como
obligatorios para el registro de un paciente. Los
datos definidos como opcionales no son obligatorios
para dar conformidad a esta Guía, pero en el caso de
ser provistos por la aplicación, deberán ajustarse a
las características especificadas en este documento.
Aspectos expresamente no considerados en esta Guía:
Este documento no especifica mecanismos de
autenticación de las partes involucradas, controles de
acceso, o mecanismos de protección de la
confidencialidad y privacidad de los datos almacenados
por la aplicación informáticaLos conjuntos mínimos de
datos a registrar en oportunidad de la provisión de
atención médica a un paciente son considerados en las
siguientes Guías: Guía para el registro de un conjunto
mínimo de datos relacionados con la atención médica
ambulatoria Elementos que constituyen los datos
mínimos que deberían ser registrados en oportunidad de
cualquier consulta ambulatoria Guía para el registro
de un conjunto mínimo de datos relacionados con la
hospitalización de un paciente en una institución
proveedora de servicios de atención de la salud.
Elementos que constituyen los datos mínimos que
deberían ser registrados en oportunidad de cualquier
admisión al servicio de internación de un paciente a
un establecimiento sanitario. La presente Guía no
especifica los mecanismos mediante los cuales los
datos de registro recomendado son intercambiados entre
diferentes aplicaciones o actores del sistema de
salud. Este tema es tratado en el documento: Guía para
la comunicación de datos relacionados con la atención
de la salud entre aplicaciones informáticas
heterogéneas Especificación de estándares para el
intercambio de datos entre aplicaciones informáticas
pertenecientes a distintas organizaciones y sistemas
asistenciales, en conformidad con normas
internacionales. Introducción En la última década se
ha identificado la necesidad de desarrollo de
estándares para la gestión de la información clínica
como una de las barreras más importantes para la
implementación de sistemas de información que permitan
una atención médica mejor y más eficiente Para que la
información proveniente de diferentes prestadores y
regiones geográficas pueda compararse y analizarse en
forma uniforme, deben existir criterios comunes para
la recolección y validación de los datos. Para lograr
esto es fundamental la creación o adopción de
estándares que permitan unificar criterios, como por
ejemplo el manejo de la terminología medica,  la forma
y el tipo de datos a recolectar para identificar un
paciente, los datos mínimos a registrar durante una
consulta médica o una hospitalización, etc.
Descripción de un sistema de registro e identificación
de pacientes En un sistema integrado de información
médica, el módulo de Registro e Identificación de
pacientes  es fundamental para posibilitar la
comunicación entre los diversos sectores de la
Institución. El registro de los datos demográficos de
un paciente suele efectuarse en ocasión del primer
contacto del paciente con la Institución, y ser
almacenado en un archivo maestro de pacientes. En
contactos subsiguientes con la Institución o sistema
de salud, este registro será referenciado en
oportunidad de almacenar datos vinculados con el
proceso de atención médica brindado al paciente. Esto
facilitará el mantenimiento de la continuidad de la
atención médica al disponerse de información confiable
respecto a un paciente determinado, independientemente
de que la misma haya sido recolectada en una consulta
ambulatoria, durante una hospitalización o como
resultado de estudios diagnósticos. Un sistema de
registro e identificación de pacientes debería proveer
la siguiente funcionalidad: Posibilidad de búsqueda en
los registros de pacientes existentes sobre la base de
múltiples identificadores, y como mínimo por apellido,
primer nombre, fecha de nacimiento y documento de
identidad. Es recomendable que como resultado de la
búsqueda ofrezca un listado de registros candidatos en
orden decreciente de coincidencia con los criterios de
búsqueda ingresados. Control de registros duplicados y
posibilidad de unificar los datos de un paciente en
caso de detectarse una duplicación en su registro
Detección de conflictos entre identificadores de
personas en oportunidad de proceder al alta de un
paciente. Registro histórico de los cambios realizados
en el archivo maestro de personas Registro de
auditoría de los cambios. Controles para restringir el
acceso solo a usuarios autorizados Especificación del
Conjunto Mínimo de Datos de Datos Demográficos (CMDD)
para Registro e Identificación de Pacientes en
sistemas de información en establecimientos de salud 
              
Código del       campo
          
Campo
          
Contenido
          
Formato sugerido       (mínimo)
          
Opcionalidad
          
Ejemplo
          
Comentarios
            
CMDD1
          
Identificador de la Institución proveedora de      
servicios de salud que registra los datos
          
Texto libre
                
Recomendable
                
Al momento de publicación de esta guía, no se      
dispone de un identificador único y uniforme para las
organizaciones y       profesionales proveedores de
servicios de salud. Provisoriamente se       sugiere
utilizar el número de CUIT de la Institución. De todas
formas,       este dato cobrará real relevancia en
oportunidad del intercambio de datos       entre
diferentes instituciones.
            
CMDD2
          
Denominación de la Institución proveedora de      
servicios de salud que registra los datos.
          
Texto libre
                
Obligatorio
                  
CMDD3
          
Identificador del evento o contacto en oportunidad    
  del cual se registra el paciente
          
Texto libre
          
Propio de cada Institución
          
Recomendable
                
Identificador interno asignado por la Institución     
 al evento, consulta ambulatoria, admisión,
prestación, etc. en oportunidad       del cual se
procede a registrar los datos del     paciente.
            
CMDD4
          
Identificador interno de        la aplicación
          
Propio y definido por la       aplicación
          
Numero entero positivo de 32       bits (1 hasta
2.700.000.000)  
          
Obligatorio
          
743254
          
Identificador utilizado internamente por el sistema   
   de información para identificar al paciente
            
CMDD5
          
Identificador  público de       la persona a los fines
de su atención en Instituciones proveedoras de      
servicios de salud.
          
Número de DNI, LC o LE. 
          
Numero entero positivo de 32     bits
          
(Obligatorio) 
          
22102198
          
Este campo será obligatorio en el caso de definirse   
   un identificador nacional de salud. 
            
CMDD6
          
Fecha de registro del paciente
          
Campo fecha
                
Obligatorio
          
05/12/2000
                  
CMDD7
          
Estado del registro
          
Tabla de códigos de estados del       registro
                
Obligatorio
          
Activo
                  
CMDD8
          
CMDD4 preferido si el estado del registro es      
inactivo
          
Entero positivo de 32 bits
                
Recomendable
                
Si el  registro esta       desactivado, este campo
puede indicar el identificador nacional preferido     
 luego de un proceso de unificación de registros
            
CMDD9
          
Tipo de documento
          
Tabla 1 de códigos de documentos de identidad (ver    
  apéndice A)
                
obligatorio
                
Preferentemente DNI. En caso de       que el paciente
no tenga DNI, es factible registrar su numero de
pasaporte       o cedula PF o provincial, o documento
extranjero  sobre la base de       los códigos
definidos en la tabla de referencia. 
            
CMDD10
          
Numero de documento
                
Numero entero positivo de 32     bits
          
Obligatorio (si tipo es distinto de NO       TIENE)
          
10011192
            
CMDD11
          
Apellido(s)
          
Texto libre
                
Obligatorio
          
Ruiz Pérez
                  
CMDD12
          
Primer nombre
          
Texto libre
                
Obligatorio
          
Juan
                  
CMDD13
          
Otros nombres
          
Texto libre
                
Obligatorio
          
José Antonio
                  
CMDD14
          
Apellido de casada
          
Texto libre
                
Recomendable
                
Si el paciente es de sexo femenino y está       casada
            
CMDD15
          
Apellidos y nombres en campo común, en mayúsculas,    
  sin acentos
          
Texto libre
                
Opcional u obligatorio
          
RUIZ PEREZ 
JUAN       JOSE
ANTONIO
          
todo en mayúscula, sin acentos ni Ñ. Obligatorio si   
   no se dispone de los nombres y apellidos por
separado, opcional si se       registran los campos
CMDD11 al 13
            
CMDD16
          
Fecha de nacimiento
                
Campo fecha
          
Obligatorio
          
21/10/1921
                  
CMDD17
          
País de nacimiento
          
Tabla de países
                
Recomendable
                        
CMDD18
          
Nacionalidad
          
Tabla de países
                
Recomendable
                
Al momento del registro de los       datos
            
CMDD19
          
Sexo
          
Tabla de sexo
                
Obligatorio
          
M
                  
CMDD20
          
Apellido de soltera de la madre
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Pérez
                  
CMDD21
          
Primer nombre de la madre
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Juana
                  
CMDD22
          
Otros nombres de la madre
          
Texto libre
                
Opcional
          
Josefa Antonia
                  
CMDD23
          
Apellido paterno
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Ruiz
                  
CMDD24
          
Primer nombre del padre
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Antonio
                  
CMDD25
          
Otros nombres del padre
          
Texto libre
                
Opcional
                        
CMDD26
          
Estado civil
          
Tabla de estado civil
                
Recomendable
                        
CMDD27
          
Entorno familiar en que vive el       paciente
          
Tabla de entorno familiar
                
Recomendable
                
El paciente puede vivir solo, solo con su cónyuge,    
  con su familia, en un geriátrico, etc.
            
CMDD28
          
Nivel de educación
          
Tabla de nivel de educación
                
Recomendable
                        
CMDD29
          
Ocupación actual o profesión
          
Texto libre
                
Opcional
                        
CMDD30
          
Observaciones
          
Texto libre
                
Opcional
                
Observaciones o aclaraciones que se consideren      
pertinentes. Por ejemplo: “El paciente no tiene
domicilio       fijo”
            
CMDD31
          
Domicilio habitual:        Calle
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Las piedras 
entre 7 y 11,     S/n
          
Nombre de la calle.  En       caso de domicilios sin
número o rurales, especificar datos suficientes      
para identificar el lugar, como Casa / Manzana / Lote
o Barrio. Este campo       puede complementarse con
CMDD30
            
CMDD32
          
Domicilio habitual: Numero
          
Entero
                
Recomendable
                        
CMDD33
          
Domicilio habitual: Piso, Departamento u otra      
indicación adicional
                      
Recomendable
                
Indicación del piso y unidad habitacional /      
departamento en caso de viviendas multifamiliares.
También puede       utilizarse este campo para proveer
otros detalles       adicionales.
            
CMDD34
          
Domicilio habitual: Localidad o       paraje
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Gral.  X
                  
CMDD35
          
Domicilio habitual: Código postal       (numérico)
          
Entero
                
Recomendable
          
1425
                  
CMDD36
          
Domicilio habitual: Código postal extendido      
(alfanumérico)
          
Texto con formato X9999XXX
                
Opcional
                        
CMDD37
          
Domicilio habitual: Departamento o       partido
          
Texto libre
                
Opcional
                        
CMDD38
          
Domicilio habitual: Provincia (en caso de      
residencia en Argentina
          
Tabla de provincias argentinas
                
Oblicatorio
                        
CMDD39
          
Domicilio habitual: País
          
Tabla de países
                
Obligatorio
          
ARG
                  
CMDD40
          
Domicilio temporario:        Calle
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Las piedras
entre 7 y 11,     S/n
          
Nombre de la calle.  En       caso de domicilios sin
número o rurales, especificar datos suficientes      
para identificar el lugar. Este campo puede
complementarse con       CMDD30
            
CMDD41
          
Domicilio temporario: Numero
          
Entero
                
Recomendable
                        
CMDD42
          
Domicilio temporario: Piso, Departamento u otra      
indicación adicional
          
Texto libre
                
Recomendable
                
Indicación del piso y unidad habitacional /      
departamento en caso de viviendas multifamiliares.
También puede       utilizarse este campo para proveer
otros detalles       adicionales.
            
CMDD43
          
Domicilio temporario: Localidad
          
Texto libre
                
Recomendable
          
Gral.  X
                  
CMDD44
          
Domicilio temporario: Código postal       (numérico)
          
Entero
                
Recomendable
          
1425
                  
CMDD45
          
Domicilio temporario: Código postal extendido      
(alfanumérico)
          
Texto con formato X9999XXX
                
Opcional
                        
CMDD46
          
Domicilio temporario: Departamento o       partido
          
Texto libre
                
Recomendable
                        
CMDD47
          
Domicilio temporario: Provincia (en caso de      
residencia en Argentina
          
Tabla de códigos de provincias       argentinas
                
Recomendable
                        
CMDD48
          
Domicilio temporario: País
          
Tabla de países
                
Recomendable
                        
CMDD49
          
Tipo de teléfono
          
Tabla  tipos     TE
                
Recomendable
                        
CMDD50
          
Teléfono
          
Texto libre
                
Recomendable
                        
CMDD51
          
Dirección de Correo electrónico
          
Texto libre
                
Opcional
                        
CMDD52
          
Edad aparente del paciente
          
Entero
                
Opcional u obligatorio
          
Obligatorio si no se dispone de fecha de      
nacimiento
            
CMDD53
          
Unidades para edad aparente
          
Tabla de unidades de edad 
          
Opcional u obligatorio
          
Obligatorio si no se dispone de fecha de      
nacimiento
                                  
Observaciones y comentarios:

Los datos de tipo texto especificados en la siguiente
tabla deberán registrarse en letras minúsculas y / o
mayúsculas según correspondiere, y con los acentos
apropiados para la representación correcta de los
mismos en español.  Las aplicaciones existentes que no
discriminaran los apellidos y nombres por separado,
podrán utilizar temporariamente el campo CMDD15 hasta
regularizar esta situación.

Se prevé el registro de un domicilio habitual y un
domicilio temporario especialmente para pacientes que
deben trasladarse y vivir temporariamente fuera de su
domicilio habitual para recibir atención médica. Los
campos de domicilio temporario son opcionales.

Los datos deben referirse al domicilio habitual y no
al que figura en el documento. Para el caso de
pacientes menores deberá anotarse preferentemente la
residencia de la madre.

En el Apéndice adjunto se detallan las tablas de
valores sugeridos para ciertos 

campos especificados en la presente guía.

Apéndice 

Tablas de referencia

Tabla 1: Códigos de Tipo de documento
        código    Descripción    Comentarios      1   
DNI            2    LC            3    LE            4
   Libreta Masculina            5    Libreta Femenina 
          6    Pasaporte extranjero            7   
Cédula de identidad       extranjera            8   
No tiene      
(Nota: Estos códigos son coincidentes con los
definidos en el marco del SINTYS)

Tabla 2: Códigos para registro de sexo
        Código           
Descripción
          
Comentarios
            
1
          
Femenino
                  
2
          
Masculino
                  
3
          
Indeterminado
                  
9
          
Dato no       registrado
      
Tabla 3: Códigos de Provincias Argentinas

Deberá utilizarse el código de provincias elaborado
por el Instituto Nacional de Estadística y Censos

Tabla 4: Códigos de países

Deberá utilizarse el código de países elaborado por el
Instituto Nacional de Estadística y Censos

Tabla 5: Códigos de tipo de teléfono
              
Código
          
Descripción
          
Comentarios
            
1 
          
Particular       (fijo)
                  
2
          
Celular
                  
3
          
Laboral
                  
4
          
Establecimiento de       salud
                  
5
          
Pariente o       allegado
      
Tabla 6: Códigos de unidad para el registro de edad
aparente
        Código           
Descripción
          
Comentarios
            
1
          
Año
                  
2
          
Mes
                  
3
          
Día
                  
4
          
Hora
                  
9
          
Dato no       registrado
      
Tabla 7: Código de entorno familiar
              
Código
          
Descripción
          
Comentarios
            
1
          
Vive       solo
                  
2
          
Vive con       familiar
                  
3
          
Vive en establecimiento       de salud
                  
9
          
Dato no       registrado
      
Tabla 8: Códigos de estado civil
              
Código
          
Descripción
          
Comentarios
            
1
          
Soltero     
          
Nunca       casado
            
2
          
Casado
          
Legalmente
            
3
          
Separado
          
Legalente
            
4
          
Divorciado
          
Legalmente
            
5
          
Viudo
                  
9
          
Dato no       registrado
      
Tabla 9: Códigos para el máximo nivel de educación
        Código           
Descripción
          
Comentarios
            
01
          
Nunca       asistió
          
Analfabeto
            
02
          
Primario       incompleto
                  
03
          
Primario       completo
                  
04
          
EGB       incompleto
                  
05
          
EGB       completo
                  
06
          
Secundario       incompleto
                  
07
          
Secundario       completo
                  
08
          
Polimodal       incompleto
                  
09
          
Polimodal       completo
                  
10
          
Superior o universitario       incompleto
                  
11
          
Superior o universitario       completo
      
Tabla 10: Códigos de estados del registro
        Código          
Descripción
          
Comentarios
                  
Temporario
          
Registro con datos       obligatorios incompletos
                  
Activo
          
Registro con datos       obligatorios completos
                  
Verificado
          
Registro activo cuyo para       el cual el documento
del paciente ha sido confirmado personalmente por el  
    personal registrante. 
      
En caso de definirse un       identificador nacional
de salud, la condición de verificado la dará el      
hecho de haber constatado la tarjeta con dicho  
número.
                  
Inactivo
          
Registro dado de       baja
                  
Dato no       registrado
          
No hay registro de       estado


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