[Bah-smv-rivas] [Bah-smv-general] [FT] o [OT] Ley de transparencia - Fecha limite: Martes 10
diego
diego en trem.e.telefonica.net
Mar Abr 10 15:08:41 CEST 2012
----- Original Message -----
From: "Asamblea Aluche 15M" <asamblea.aluche en gmail.com>
To: <lista-provisional-asamblea-de-aluche en googlegroups.com>
Sent: Monday, April 09, 2012 11:19 PM
Subject: [AA] Fwd: [apm-com] Ley de transparencia - Fecha limite: Martes 10
---------- Mensaje reenviado ----------
De: Austrias Comunicación <comunicacion.austrias en gmail.com>
Fecha: 9 de abril de 2012 23:10
Asunto: [apm-com] Ley de transparencia - Fecha limite: Martes 10
Para: Lista de la TriCom <apm-comunicacion en listas.tomalosbarrios.net>
---- Links para difundir: http://menea.me/xu2b o
http://mijodido.tumblr.com/post/20732922501
¿Para que sirve una ley de transparencia?
Una ley de transparencia sirve básicamente para que los ciudadanos
sepan que demonios hacen con su dinero y, si es que es posible, para
que a los políticos se les caiga la cara de vergüenza.
Este video te puede ayudar a comprender su importancia y alcance.
¿España tiene una ley de transparencia?
No, y de hecho es el único país europeo de mas de un millón de
habitantes en esta situación, lo cual supone un gran retraso.
Para que te hagas una idea, la primera ley de transparencia fue en
1766 en Suecia.
¿Esto puede cambiar?
Si y no.
El pasado lunes 26 salio un anteproyecto de la ley en esta materia
pero tan plagado de carencias que supone mas un acto simbólico que
otra cosa.
Sin embargo este anteproyecto de ley si es pionero en una cosa, es el
primero en España que esta sometido a consulta popular.
Esto significa que tienes hasta el próximo martes 10 para hacer tus
enmiendas y exigir una ley mucho mas amplia y digna.
¿Qué mas necesito saber?
Puedes leer el anteproyecto en
www.leydetransparencia.gob.es/anteproyecto. Es un texto corto y
accesible, de hecho si lo prefieres puedes descargar este pdf que
impreso en formato folleto te ocupara solo 3 folios.
En la misma web, en la sección consulta publica podrás dejar tus
apreciaciones y demandas con un máximo de 1024 caracteres por cada uno
de los 4 capítulos.
Si necesitas documentarte para juzgar este anteproyecto te recomiendo
la consulta de los siguientes links
acces-info: Analisis
cesarcalderon: Analisis
governobert: Analisis
gutierrez-rubi: Opinión
proacceso: 9 puntos básicos que debe cumplir la ley
juanlusanchez: ¿Como hemos llegado hasta aquí?
¿Puedo sumarme a alguna acción colectiva de respuesta?
Si, tienes varias posibilidades:
1- Puedes firmar esta petición de avaaz.org para que rehagan el
anteproyecto por completo
2- Puedes responder a la consulta publica usando la propuesta
desarrollada por la organización acces-info.org
3- Puedes contestar a la consulta publica copiando y pegando (o
modificando) las respuestas que he preparado para este artículo y que
encontraras mas abajo.
Recuerda que cada capitulo le corresponde una respuesta de máximo 1024
caracteres, por eso son tan sintéticas.
=== Respuestas ===
Transparencia
Falta:
1-Reconocer el derecho de acceso a la información como derecho fundamental
2-Reconocer el principio de publicidad de toda la información en manos
de las instituciones públicas. En caso de haber limitaciones el órgano
competente debe estar obligado a ponderar entre el interés protegido y
el interés público pudiendo prevalecer la revelación de la información
3-Todas las instituciones públicas deben verse afectadas por la ley,
debe incluirse la Casa Real y las funciones no administrativas de
instituciones públicas
4-Incluir a los Partidos Políticos
5-Las instituciones públicas deben también publicar:
5.1-Calendario, agendas y actas de reuniones públicas: plenos de
ayuntamientos, asambleas legislativas y congreso de diputados, consejo
de ministros...
5.2-Listado de información en su poder: bases de datos, registro y
todo documento en cualquier formato
5.3-Especificar si los miembros de los gobiernos, órganos superiores o
directivos ejercen otros cargos públicos y/o actividades privadas
retribuidas
Derecho de acceso a la información
Falta:
1-Cambiar la definición de información por simplemente: toda la
información registrada/archivada de cualquier forma, elaborada o
recibida, y en posesión de las instituciones públicas
2-Eliminar el articulo 10.1 y 13 y los límites incluidos en el
articulo 9 ya que la única limitación ha de ser el artículo 105.b de
la Constitución Española
3-En caso de conflicto establecer una prueba de daño y de interés
público y la posibilidad de acceso parcial cuando solo parte de la
información dañe el interés protegido
4-Sustituir el silencio administrativo negativo por positivo
5-Obligatoriedad de publicar la información cumpliendo open data, bajo
licencias de propiedad abiertas, en formatos accesibles que permitan
su descarga, redistribución y reutilización y que se puedan encontrar
por las aplicaciones de búsqueda comunes en Internet
6-Las Unidades de Información han de estar obligadas a publicar en su
web el registro de solicitudes de acceso a la información, las
respuestas o las denegaciones y sus causas
Buen Gobierno
El Buen Gobierno debería tratarse en otra ley especifica. Aun así falta:
1-Incluir como infracción muy grave dar estimaciones del seguimiento
de una huelga antes de publicar proactivamente el número de
bajas/altas en la seguridad social provocadas por dicha huelga
2-Las infracciones del artículo 26.2 apartado a) y c) y del articulo
26.3 apartado a) han de ser muy graves
3-El absentismo laboral sin causa justificada debe incluirse como falta
grave
4-La sanción del artículo 27.2, apartado a) no puede darse como única
sanción
5-Eliminar del artículo 28.2 el tratamiento especial que reciben los
miembros del Gobierno o de Secretariado de Estado. El órgano
competente ha de ser el mismo para estos casos y para los demás
6-Se deberá publicar proactivamente en el portal de transparencia:
6.1-Los regalos recibidos, sin importar su naturaleza
6.2-Los infractores, la infracción cometida y sus correspondientes sanciones
6.3-Estadísticas de corrupción en los entes públicos: ministerios,
ayuntamientos, empresas...
Otras disposiciones
Falta:
1-El órgano de revisión ha de ser independiente, conocer los recursos
de denegación de información, velar por la implementación de esta ley
y promocionar el derecho de acceso a la información. Su presidente se
nombrará por mayoría simple en elecciones populares cuatrienales
2-Esta ley debe ser la base de la transparencia, cualquier regulación
específica solo podrá ser más garantista, no podrá establecer mayores
limitaciones ni peores condiciones
3-Incluir en el control de retribuciones también a los miembros de
órganos de gobiernos autonómicos
4-Incluir medidas de protección para los denunciantes de corrupción en
la administración pública
5-Incluir sanciones para:
5.1-los funcionarios que no cumplan sus obligaciones de publicación o
no contesten a las solicitudes
5.2-las violaciones del derecho de acceso a la información pública y
la destrucción de documentos
5.3-las instituciones públicas, miembros de gobierno, órganos
superiores o directivos que deliberadamente oculten o manipulen
información
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