<html><body><div style="color:#000; background-color:#fff; font-family:times new roman, new york, times, serif;font-size:12pt"><div style="font-family: 'times new roman', 'new york', times, serif; font-size: 12pt; "><span>Un beso </span></div><div style="font-family: 'times new roman', 'new york', times, serif; font-size: 12pt; "><span>Chon</span></div><div style="font-family: 'times new roman', 'new york', times, serif; font-size: 12pt; "><span style="font-size: 12pt; "> </span><br></div><div style="font-family: 'times new roman', 'new york', times, serif; "><div style="font-family: 'times new roman', 'new york', times, serif; "><div id="yiv900762748" style="font-family: 'times new roman', 'new york', times, serif; font-size: 12pt; "><div><div dir="ltr">
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> > Subject: RV: No sé si funcionaría<br>> <br>> <br>>> ________________________________________<br>> <br>> <br>> Abogados en Acción: QUE RULE!!<br>> Asunto: Una ayuda contra los desahucios de los Bancos<br>> Parece demasiado fácil, pero a veces las soluciones más sencillas son<br>> las más eficientes. Hacedlo circular.<br>> <br>> Medidas legales contra los desahucios:<br>> El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que<br>> dicho banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que<br>> el banco "cree oportuno" y de por vida. Cuando las subastas quedan<br>> vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con<br>> la propiedad a menos del 50% de su valor. Continuando con el reclamo<br>> del 100% al embargado y pudiendo revender esa propiedad por el precio<br>> que ellos estimen oportuno con un 50% de margen... Una gran
estafa,<br>> vaya.<br>> <br>> Hoy os vamos a explicar un "modelo legal", que un banco no te va a<br>> contar, pero nosotros sí que lo vamos a hacer.<br>> Método por el cual, se pierde de igual manera la "propiedad", pero, no<br>> te pueden echar de tu casa.<br>> <br>> En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa,<br>> automáticamente le hace un contrato de alquiler a su<br>> mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o<br>> 10€, con una duración "indefinida"/50 años,<br>> 100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a<br>> nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar<br>> pasado por el registro de la propiedad.<br>> <br>> En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre<br>> del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.<br>> <br>> Resultado del embargo, la
"titularidad de la propiedad" cambia, a<br>> nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta<br>> maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la<br>> hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo "casero" por<br>> nuestro expiso 10€ al mes y de por vida..<br>> <br>> Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las buscamos.<br>> Aquí teneis un gran arma, cuando "legalmente" no pueda seguir<br>> usándose, buscaremos más.<br>> <br>> Medidas de guerra para un tiempo de guerra.<br>> <br>> Abogados en Acción<br></div> </div></div>
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